¿Qué es? ¿Para qué? | Ayudas destinadas a impulsar la producción artística de las formaciones musicales locales mediante la subvención parcial de los costes de grabación y/o edición producidos en el ejercicio en curso. |
¿Quién lo puede solicitar? | Formaciones musicales locales integradas por personas con residencia en el municipio de Legazpi, en un porcentaje igual o superior al 75% respecto del total de componentes del grupo musical. |
Dónde se solicita | Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía
Euskal Herria plaza, 1 20230
Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.
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Documentación a aportar |
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Impreso de solicitud de subención.
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Presupuesto de grabación y/o edición.
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Listado y letra o borrador de cada una de canciones. En el caso de que no sea euskara o castellano, la traducción.
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Texto del CD que incluya la mención de la subvención del Ayuntamiento de Legazpi y el anagrama.
DOCUMENTOS IDENTIFICATIVOS:
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DNI de la persona solicitante.
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Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la interesada, documento de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia, según proceda, de la persona interesada.
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Más información |
Por email:
isanz@legazpi.eus
Por teléfono:
Dentro del municipio 010
Desde fuera del municipio 943737030 o 943737203
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¿Cuánto cuesta? |
El coste de la gestión es asumido por el Ayuntamiento
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Plazo del procedimiento | - Plazo previsto: una semana
- Plazo máximo local: 3 meses
- Efectos del silencio administrativo: negativo
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Normativa aplicable | |
Procedimiento a seguir después de la solicitud |
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Recoger, escanear, comprobar y registrar la solicitud y documentos aportados.
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Remitir al Servicio de Infancia, Adolescencia y Juventud.
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Resumen de trámites posteriores |
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Informe técnico.
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Decreto de Alcaldía.
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Notificación a la persona interesada.
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Remisión de la propuesta de abono al Servicio de Economía y Hacienda.
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Documentos auxiliares | |
Quién lo aprueba? | Alcaldía |
Servicio municipal responsable de la tramitación |
Servicio de Infancia, Adolescencia y Juventud.
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Información válida hasta | Modificación normativa |
Observaciones | - La ciudadanía, en su relación con la administración pública, tendrá derecho a no presentar los documentos que no se soliciten en las normativas aplicables en el procedimiento correspondiente o aquellos que ya están en poder de la propia administración.
- Al realizar la solicitud de subvención la persona interesada da su permiso al ayuntamiento para que obtenga de oficio la documentación solicitada en la convocatoria.
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