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GUÍA DE PROCEDIMIENTOS MUNICIPALES

Índice
1.1 OFRECER INFORMACIÓN Y ORIENTACIÓN A LA CIUDADANÍA
1.2 CITA PREVIA CON POLÍTICOS Y TÉCNICOS MUNICIPALES
1.3 ACCESO A INFORMACIÓN PUBLICA
1.4 REGISTRO DE ENTRADA DE DOCUMENTOS
1.5 COMPULSA DE DOCUMENTOS
1.6 AGRADECIMIENTOS, SUGERENCIAS Y RECLAMACIONES
1.7 DAÑOS POR RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL
1.8 CONSULTA DE DOCUMENTOS DEL ARCHIVO
1.9 CONSULTA URBANISTICA
1.10 SERVICIO DE INFORMACIÓN, VALORACIÓN, DIAGNÓSTICO Y ORIENTACIÓN
1.11 OBJETOS PERDIDOS
2.1 CERTIFICADOS DE EMPADRONAMIENTO
2.2 ALTA EN EL PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES
2.3 ALTA EN EL PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES POR NACIMIENTO
2.4 CAMBIO DE DOMICILIO EN EL PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES (DENTRO DEL MUNICIPIO)
2.5 MODIFICACIÓN DE DATOS PERSONALES EN EL PADRÓN DE HABITANTES
2.6 BAJA EN EL PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES
2.7 CERTIFICADOS PADRONALES ESPECIALES
2.8 RENOVACIÓN DE LA INSCRIPCIÓN PADRONAL PARA EXTRANJEROS NO COMUNITARIOS SIN AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA PERMANENTE (LARGA DURACIÓN)
3.1 SOLICITUD DE EXENCIONES, BONIFICACIONES Y DECLARACIONES DE NO SUJECIÓN
3.2 SOLICITUD DE APLAZAMIENTO O FRACCIONAMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS
3.3 CAMBIO DE DOMICILIO FISCAL
3.4 DOMICILIACIÓN DE IMPUESTOS
3.5 ALTA Y AUTOLIQUIDACION EN EL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS
3.6 DEVOLUCION DEL IMPUESTO DE VEHÍCULOS
3.7 DEVOLUCIÓN DE INGRESOS INDEBIDOS
3.8 CERTIFICADO DE ESTAR AL CORRIENTE EN EL PAGO DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS
3.9 CERTIFICADO DE BIENES
3.10 DUPLICADO DE DOCUMENTO COBRATORIO O DE JUSTIFICANTE DE PAGO
4.1 LICENCIA DE OBRAS MAYORES
4.2 LICENCIA DE OBRAS MENORES
4.3 ENTERADO DE OBRA
4.4 LICENCIA DE PRIMERA UTILIZACIÓN
4.5 LICENCIA DE SEGREGACIÓN DE TERRENOS O EDIFICIOS
4.6 DECLARACION DE RUINA
4.7 PLAN PARCIAL
4.8 PLAN ESPECIAL
4.9 ESTUDIO DE DETALLE
4.10 PROYECTO DE REPARCELACIÓN
4.11 PROYECTO DE URBANIZACION
4.12 LICENCIA DE ACTIVIDAD CLASIFICADA
4.13 COMUNICACIÓN PREVIA DE ACTIVIDAD
4.14 CAMBIO DE TITULARIDAD DE LA ACTIVIDAD
4.15 AUTORIZACIÓN DE VADO
4.16 INSTALACIÓN DE TERRAZAS Y VELADORES EN LA VIA PUBLICA
4.17 LICENCIA DE USO DE CAMINOS RURALES DE TITULARIDAD MUNICIPAL
4.18 CESIÓN DE MATERIAL MUNICIPAL PARA ACTIVIDADES
4.19 LICENCIA DE TENENCIA DE ARMAS DE AIRE COMPRIMIDO
4.20 LICENCIA DE TENENCIA DE ANIMALES POTENCIALMENTE PELIGROSOS
4.21 LICENCIA DE VENTA EN EL MERCADO SEMANAL
4.22 AUTORIZACION DE AMPLIACIÓN DE HORARIO DE ACTIVIDAD DE HOSTELERIA
4.23 AUTORIZACIÓN APARCAMIENTO EN ROTACIÓN EN PLAZAOLA KALEA 1 A 11
5.1 INSCRIPCIÓN EN EL SERVICIO VASCO DE VIVIENDA, ETXEBIDE
5.2 PROGRAMA DE TERMALISMO SOCIAL
5.3 PROGRAMA DE VACACIONES PARA PERSONAS MAYORES
5.4 TURISMO Y TERMALISMO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD
5.5 USO DE ESPACIOS DEL CENTRO SOCIAL
5.6 USO DE AULAS DE LA CASA DE CULTURA
5.7 USO DE LA SALA LATXARTEGI
5.8 USO DE INSTALACIONES DEPORTIVAS PARA LA PRACTICA DEL DEPORTE
5.9 USO DE INSTALACIONES DEPORTIVAS PARA ACTIVIDADES NO DEPORTIVAS
5.10 ABONO DEL POLIDEPORTIVO
5.11 INSCRIPCIÓN EN CURSOS DEL POLIDEPORTIVO
5.12 DARSE DE BAJA EN LOS CURSOS DEL POLIDEPORTIVO
5.13 INSCRIPCIÓN EN EL CURSO INFANTIL DE VERANO
5.14 USO DE LOS LOCALES DE MUSICA DE BIKUÑA O/Y DEL AULA DE GRABACIÓN
5.15 ALTA COMO PERSONA USUARIA DEL SERVICIO PARA ADOLESCENTES
5.16 UTILIZACION DEL ESPACIO “AZOKA “
5.17 USO DE LOCALES MUNICIPALES PARA LA CELEBRACIÓN DE MATRIMONIOS CIVILES
5.18 HACERSE USUARIA/O DE LA SALA DE ESTUDIO (IKASGELA)
5.19 INSCRIPCION COMO COMERCIO USUARIO DE TAQUILLAS INTELIGENTES PARA ENTREGAR ENCARGOS
6.1 AYUDAS PARA AQUELLAS ASOCIACIONES QUE TENGAN UNA SEDE Y DESARROLLEN SU ACTIVIDAD EN EL AMBITO DE LOS SERVICIOS EN LEGAZPI
6.6 AYUDAS ECONOMICAS PARA GASTOS DE DESPLAZAMIENTO A TRATAMIENTOS TERAPEUTICOS Y REHABILITADORES
6.7 AYUDAS POR NACIMIENTO O ADOPCIÓN DE HIJOS/HIJAS
6.8 AYUDAS PARA CONCILIAR TRABAJO Y FAMILIA
6.9 AYUDAS PARA CURSOS DE EUSKERA Y PARA REALIZAR OTROS CURSOS EN EUSKERA
6.11 AYUDAS PARA OFRECER EN EUSKERA LA ROTULACIÓN, IMAGEN CORPORATIVA Y PAGINA WEB
6.12 SUBVENCIONES PARA REALIZAR ACTIVIDADES DEPORTIVAS ORDINARIAS
6.13 AYUDAS A GRUPOS MUSICALES LOCALES PARA REALIZAR GRABACIONES
6.17 AYUDAS PARA LA COMPRA DE MATERIAL ESCOLAR Y DE EQUIPOS INFORMÁTICOS
6.19 AYUDAS PARA EL FOMENTO DE LA ACTIVIDAD ECONÓMICA EN EL COMERCIO, LA HOSTELERÍA Y LOS SERVICIOS LOCALES
6.20 AYUDAS PARA GASTOS DE FORMACIÓN EN EUSKERA DE ENTRENADORES/AS-MONITORES/AS DE CLUBES DEPORTIVOS
7.1 VALORACIÓN DE DEPENDENCIA Y HERRAMIENTA RAI DE ORIENTACIÓN
7.2 VALORACIÓN DE DISCAPACIDAD
7.3 INGRESO EN LA RED DE RESIDENCIAS
7.4 ESTANCIA TEMPORAL PARA PERSONAS MAYORES CON DEPENDENCIA O PERSONAS CON DISCAPACIDAD
7.5 AYUDAS TÉCNICAS O PRODUCTOS DE APOYO
7.6 PRESTACIÓN ECONÓMICA POR CUIDADO EN EL ENTORNO FAMILIAR
7.7 PRESTACIÓN ECONÓMICA DE ASISTENCIA PERSONAL
7.8 AYUDA ECONÓMICA EN LOS CASOS DE INGRESO EN CENTRO DE DÍA O RESIDENCIA DE CARÁCTER PRIVADO
7.9 PENSIONES NO CONRIBUTIVAS
7.10 PENSIÓN DEL FONDO DE BIENESTAR SOCIAL
7.12 ALOJAMIENTO DE CORTA, MEDIA Y LARGA ESTANCIA
7.13 INGRESO EN UNIDAD SOCIOSANITARIA
7.14 SENDIAN: APOYO A FAMILIAS CON MAYORES DEPENDIENTES
7.15 SOLICITUD DE INGRESO EN CENTRO DE DIA PARA PERSONAS MAYORES DEPENDIENTES
7.16 ACOGIMIENTO FAMILIAR DE PERSONAS EN SITUACION DE DEPENDENCIA
7.17 TARJETA DE ESTACIONAMIENTO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD
7.18 SERVICIO DE AYUDA DOMICILIARIA
7.19 VIVIENDAS TUTELADAS PARA PERSONAS MAYORES
7.20 APOYO PSICOLÓGICO PARA VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DOMÉSTICA Y ABUSOS SEXUALES
7.21 ATENCION SOCIO JURIDICA PARA VICTIMAS DE VIOLENCIA DOMÉSTICA O VIOLENCIA DE GÉNERO
7.22 VALORACIÓN DE LA SITUACIÓN DE MENORES DE EDAD QUE PUEDEN ESTAR EN RIESGO DE SITUACIÓN DE DESPROTECCION
7.23 INTERVENCIÓN MUNICIPAL EN FAMILIAS CON MENORES DE EDAD EN SITUACIÓN DE RIESGO
7.25 SERVICIO PUBLICO DE TELE-ASISTENCIA DE EUSKADI (BETION)
7.26 AYUDAS DE EMERGENCIA SOCIAL
7.27 AYUDAS ECONOMICAS PARA VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO
7.28 ASISTENCIA JURÍDICA GRATUITA
7.29 TÍTULO Y CARNET DE FAMILIA NUMEROSA
7.30 ABONO SOCIAL
7.31 SOLICITUD DE ALIMENTOS
7.32 PROGRAMA PARA OPTIMIZAR EL USO DE MEDICINAS ENTRE LAS PERSONAS USUARIAS DEL SERVICIO DE AYUDA DOMICILIARIA
7.33 DOCUMENTO ACREDITATIVO DE RECIBIR O NO AYUDAS SOCIALES
7.34 SOLICITUD PARA INCLUIR LA VIVIENDA EN LOS PROGRAMAS BIZIGUNE Y ASAP
7.35 SOLICITUD DE INGRESO EN EL SERVICIO DE ATENCION DIURNA DE MEAZTI
8.1 ALTA EN EL REGISTRO DE ACOGIMIENTOS CIVILES
8.2 MODIFICACIÓN EN EL REGISTRO DE ACOGIMIENTOS CIVILES
8.3 BAJA EN EL REGISTRO DE ACOGIMIENTOS CIVILES
8.4 USO DE LOCALES MUNICIPALES PARA LA CELEBRACIÓN DE DESPEDIDAS U HOMENAJES CIVILES POR FALLECIMIENTO
8.5 CEMENTERIO MUNICIPAL: SOLICITUD DE INHUMACIÓN Y, CUANDO PROCEDA, CESIÓN DE NICHO
8.6 CEMENTERIO MUNICIPAL: SOLICITUD DE EXHUMACIÓN
9.1 SERVICIO DE TRADUCCIÓN
9.2 DEVOLUCIÓN DE FIANZAS Y AVALES
9.3 LIQUIDACIÓN DE LA CUOTA DE PARTICIPACIÓN
9.4 CAMBIO DE DOMICILIO EN LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRAFICO
9.5 SUSTITUCIÓN DE PENAS DE PRISIÓN POR TRABAJOS EN BENEFICIO DE LA COMUNIDAD DE LEGAZPI
9.6 PRÁCTICAS EN LOS DIFERENTES DEPARTAMENTOS DEL AYUNTAMIENTO DE LEGAZPI
9.7 PRÁCTICAS EN EL AYUNTAMIENTO DE LEGAZPI PARA OBTENER EL TÍTULO DE MONITOR/A DE TIEMPO LIBRE

OFRECER INFORMACIÓN Y ORIENTACIÓN A LA CIUDADANÍA

1.1
CUESTIÓNRESPUESTA
¿Qué es? ¿Para qué?

Ofrecer información y orientación sobre cualquier asunto relacionado con el ayuntamiento y, en general, con el municipio. Ofrecer orientación a la ciudadanía sobre la realización de trámites fuera del municipio.

¿Quién lo puede solicitar?Toda persona interesada o su representante legal.
Dónde se solicita
Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

Euskal Herria plaza, 1 20230

Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

Dentro del municipio  010

Desde fuera del municipio 943 73 70 30

¿Cuánto cuesta?

El coste es asumido por el Ayuntamiento

Plazo del procedimiento
  • Plazo previsto: al momento
  • Plazo máximo legal: no procede.
  • Efectos del silencio administrativo: no procede
Normativa aplicable
Documentos auxiliares
Observaciones
Podrán solicitarse DOCUMENTOS DE IDENTIFICACION:
  • DNI de la persona solicitante.
  • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la persona interesada, impreso de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia.

CITA PREVIA CON POLÍTICOS Y TÉCNICOS MUNICIPALES

1.2
CUESTIÓNRESPUESTA
¿Qué es? ¿Para qué?Dar cita cuando las solicitudes de la ciudadanía requieran estar con personal técnico municipal o con miembros de la Corporación municipal.
¿Quién lo puede solicitar?Cualquier persona.
Dónde se solicita
Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

Euskal Herria plaza, 1 20230

Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

Dentro del municipio  010

Desde fuera del municipio 943 73 70 30

¿Cuánto cuesta?

El coste es asumido por el Ayuntamiento

Plazo del procedimiento
  • Plazo previsto: al momento
  • Plazo máximo legal: no procede
  • Efectos del silencio administrativo: no procede
Normativa aplicable
Procedimiento a seguir después de la solicitud
  1. Anotar la cita en la agenda correspondiente.
Servicio municipal responsable de la tramitaciónSecretaría
Información válida hastaModificación normativa

ACCESO A INFORMACIÓN PUBLICA

1.3
CUESTIÓNRESPUESTA
¿Qué es? ¿Para qué?Procedimiento para solicitar información pública del ayuntamiento de Legazpi, sus organismos autónomos o empresas que ofrecen algún servicio público.
¿Quién lo puede solicitar?Toda persona interesada o su representante legal.
Dónde se solicita
Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

Euskal Herria plaza, 1 20230

Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

En las oficinas de correos mediante correo certificado abierto.

Tramita Online

Requiere identificación electrónica

Documentación a aportar
  1. Impreso de solicitud.
DOCUMENTOS DE IDENTIFICACION:
  • DNI del solicitante.
  • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta al interesado, impreso de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia.
Más información

Por email:

haz@legazpi.eus

Por teléfono:

Dentro del municipio 010

Desde fuera del municipio 943 73 70 30

¿Cuánto cuesta?

El coste es asumido por el Ayuntamiento

Plazo del procedimiento
  • Plazo previsto: un mes.
  • Plazo máximo legal: un mes, prorrogable por otro mes.
  • Efectos del silencio administrativo: negativo.
Normativa aplicable
Procedimiento a seguir después de la solicitud
  1. Recoger, escanear, comprobar y registrar la solicitud y documentos presentados.
  2. Entregar copia sellada a la persona solicitante, como justificante.
  3. Remitir al servicio de Secretaría.
Resumen de trámites posteriores
  1. En Secretaría se analizará la solicitud y su viabilidad y se elaborará el informe jurídico.
  2. Resolución de Alcaldía.
  3. Notificación a la persona interesada y traslado de información, si procede.
Documentos auxiliares
Quién lo aprueba?Alcaldía
Servicio municipal responsable de la tramitaciónSecretaría
Información válida hastaModificación normativa.
Observaciones

El derecho de acceso podrá ser limitado cuando acceder a la información suponga un perjuicio para:

  1. La seguridad nacional.
  2. La defensa.
  3. Las relaciones exteriores.
  4. La seguridad pública.
  5. La prevención, investigación y sanción de los ilícitos penales, administrativos o disciplinarios.
  6. La igualdad de las partes en los procesos judiciales y la tutela judicial efectiva.
  7. Las funciones administrativas de vigilancia, inspección y control.
  8. Los intereses económicos y comerciales.
  9. La política económica y monetaria.
  10. El secreto profesional y la propiedad intelectual e industrial.
  11. La garantía de la confidencialidad o el secreto requerido en procesos de toma de decisión.
  12. La protección del medio ambiente 

REGISTRO DE ENTRADA DE DOCUMENTOS

1.4
CUESTIÓNRESPUESTA
¿Qué es? ¿Para qué?Recoger todos los documentos y solicitudes que la ciudadanía envía al ayuntamiento. Asimismo, y en función de los convenios firmados, se recogen también documentos y solicitudes que la ciudadanía desea hacer llegar tanto al Gobierno Vasco como a la Diputación Foral.
¿Quién lo puede solicitar?Toda persona interesada o su representante legal.
Dónde se solicita
Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

Euskal Herria plaza, 1 20230

Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

En las oficinas de correos mediante correo certificado abierto.

Tramita Online

Requiere identificación electrónica

Documentación a aportar

DOCUMENTOS DE IDENTIFICACION:

  • DNI de la persona solicitante.
  • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la persona interesada, impreso de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia.

Más información

Por email:

haz@legazpi.eus

Por teléfono:

Dentro del municipio 010

Desde fuera del municipio 943 73 70 30

¿Cuánto cuesta?

El coste es asumido por el Ayuntamiento

Plazo del procedimiento
  • Plazo previsto: al momento
  • Plazo máximo legal: no procede
  • Efectos del silencio administrativo: no procede
Normativa adicional

NORMATIVA DE LOS CONVENIOS

Convenio con el Gobierno Vasco:

Boletín Oficial de Gipuzkoa núm. 156 (19/8/2013), pág. 31 y Boletín Oficial del País Vasco (19/08/2013).

Convenio con la Diputación Foral: 

Boletín Oficial de Gipuzkoa núm. 183 (23/9/1996), pág. 11794.

Normativa aplicable
Procedimiento a seguir después de la solicitud
  1. Recoger y comprobar la solicitud junto con los documentos necesarios para realizar los trámites del procedimiento.
  2. Entregar copia sellada a la persona solicitante, como justificante, señalando el día en que se presentó.
  3. Escanear la documentación presentada.
  4. Registrar el documento, enviándolo al servicio correspondiente.
Documentos auxiliares
Servicio municipal responsable de la tramitaciónSecretaría
Información válida hastaModificación normativa

COMPULSA DE DOCUMENTOS

1.5
CUESTIÓNRESPUESTA
¿Qué es? ¿Para qué?Dar por válida una fotocopia de documento original por medio del sello correspondiente y para los efectos oportunos.
¿Quién lo puede solicitar?Toda persona interesada o su representante legal.
Dónde se solicita
Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

Euskal Herria plaza, 1 20230

Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

Documentación a aportar

  1. Documento original que se desea compulsar y su fotocopia.

DOCUMENTOS DE IDENTIFICACION:

  • DNI de la persona solicitante.
  • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la persona interesada, impreso de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia.

Más información

Por email:

haz@legazpi.eus

Por teléfono:

Dentro del municipio 010

Desde fuera del municipio 943 73 70 30

¿Cuánto cuesta?

El coste es asumido por el Ayuntamiento

Plazo del procedimiento
  • Plazo previsto: al momento. Aún así, si se trata de compulsar más de 5 hojas, el plazo será de 48 horas.
  • Plazo máximo legal: no procede.
  • Efectos del silencio administrativo: no procede.
Normativa aplicable
Procedimiento a seguir después de la solicitudTras verificar la validez de la copia, se sella y firma.
Servicio municipal responsable de la tramitaciónSecretaría
Información válida hastaModificación normativa

AGRADECIMIENTOS, SUGERENCIAS Y RECLAMACIONES

1.6
CUESTIÓNRESPUESTA
¿Qué es? ¿Para qué?Recoger y tramitar los agradecimientos, las sugerencias y las reclamaciones que realiza la ciudadanía.
¿Quién lo puede solicitar?Toda persona interesada o su representante legal.
Dónde se solicita
Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

Euskal Herria plaza, 1 20230

Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

En las oficinas de correos mediante correo certificado abierto.

Documentación a aportar

DOCUMENTOS DE IDENTIFICACION:

  • DNI de la persona solicitante.
  • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la persona interesada, impreso de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia.
Más información

Por email:

haz@legazpi.eus

Por teléfono:

Dentro del municipio 010

Desde fuera del municipio 943 73 70 30

¿Cuánto cuesta?

El coste es asumido por el Ayuntamiento

Plazo del procedimiento
  • Plazo previsto: un mes
  • Plazo máximo legal: no procede
  • Efectos del silencio administrativo: no procede
Normativa adicional
Procedimiento a seguir después de la solicitud
  1. Recoger la sugerencia, reclamación o agradecimiento, registrándola ene l programa establecido para ello.
  2. Remitir a Alcaldía y, en función del contenido de la queja, al servicio correspondiente.  
Resumen de trámites posteriores
  1. En caso de sugerencia o reclamación:
    • Remitir en el plazo de un mes a la ciudadanía información sobre la actuación llevada a cabo y, en su caso, dar cuenta de las medidas adoptadas con respecto a la solicitud.
  2. En caso de agradecimiento: comunicar a la persona correspondiente.
Documentos auxiliares
Servicio municipal responsable de la tramitación

El servicio correspondiente

Información válida hastaModificación normativa
Observaciones
  • Si corresponde, en función de la reclamación recibida por el ayuntamiento, se iniciará el correspondiente expediente de información.
  • Las quejas recibidas no se tendrán como recursos administrativos; y aunque se presenten esas quejas, no se paralizarán los plazos establecidos en la normativa vigente. Asimismo, las quejas no afectarán al resto de actos realizados por personas con algún interés en un  determinado procedimiento ni tampoco afectarán a sus intereses.

DAÑOS POR RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL

1.7
CUESTIÓNRESPUESTA
¿Qué es? ¿Para qué?Solicitud de reclamación por daños al Ayuntamiento por responsabilidad patrimonial.
¿Quién lo puede solicitar?Toda persona interesada o su representante legal.
Dónde se solicita
Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

Euskal Herria plaza, 1 20230

Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

En las oficinas de correos mediante correo certificado abierto.

Tramita Online

Requiere identificación electrónica

Documentación a aportar
  1. Impreso específico de “Reclamación por daños por responsabilidad patrimonial” debidamente cumplimentado.
  2. Si el trámite lo solicita o firma una persona distin ta a la interesada, documento de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia, según proceda, de la persona interesada. En caso de menores, fotocopia del Libro de Familia.
  3. Presupuesto de reparación/reposición de los bienes dañados y/o informe médico, documentación de altas y bajas, si lo hubiera.
Más información

Por email:

haz@legazpi.eus

Por teléfono:

Dentro del municipio 010

Desde fuera del municipio 943 73 70 30

¿Cuánto cuesta?

El coste es asumido por el Ayuntamiento

Plazo del procedimiento
  • Plazo previsto: 3 meses
  • Plazo máximo legal: 6 meses
  • Efectos del silencio administrativo: negativo
Normativa aplicable
Procedimiento a seguir después de la solicitud
  1. Recoger, escanear, comprobar la documentación aportada y registrar la solicitud.
  2. Entregar copia sellada a modo de recibo, procediendo en la forma normal de registro de documentos.
  3. Remitir la solicitud al técnico o a la técnica de Administración General.
     
Resumen de trámites posteriores
  1. Emisión de Informe técnico.
  2. Emisión del informe jurídico.
  3. Iniciar el expediente.
  4. Periodo de prueba, si procede.
  5. Audiencia de la persona interesada.
  6. Resolución.
  7. Notificación a la persona interesada.
Documentos auxiliares
Quién lo aprueba?

Alcaldía.

Servicio municipal responsable de la tramitación

Técnico o técnica de la Administración General.

Información válida hastaModificación normativa.
Observaciones
  • El derecho a reclamar prescribe al año de producido el hecho o acto que motive la indemnización o de manifestarse su efecto lesivo. En caso de daños, de carácter físico o psíquico a las personas, el plazo empezará a computarse desde la curación o la determinación del alcance de las secuelas.
  • En caso de prendas u otros objetos deteriorados no se entregarán con la solicitud. La persona interesada los guardará y a la solicitud se adjuntará la foto y el presupuesto de limpieza y/o compra.

CONSULTA DE DOCUMENTOS DEL ARCHIVO

1.8
CUESTIÓNRESPUESTA
¿Qué es? ¿Para qué?

Posibilidad de consulta de documentos en el Archivo municipal de Legazpi.

¿Quién lo puede solicitar?Cualquier ciudadano/a o su representante legal.
Dónde se solicita
Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

Euskal Herria plaza, 1 20230

Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

En las oficinas de correos mediante correo certificado abierto.

Tramita Online

Requiere identificación electrónica

Documentación a aportar
  1. Impreso de solicitud
  2. DNI o carné de investigador
  3. Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la interesada, documento de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia de la persona interesada.
Más información

Por email:

haz@legazpi.eus

Por teléfono:

Dentro del municipio 010

Desde fuera del municipio 943 73 70 30

¿Cuánto cuesta?

El coste es asumido por el Ayuntamiento.

Realizar copias: Según ordenanza en vigor.

Plazo del procedimiento
  • Plazo previsto: máximo una semana.
  • Plazo máximo legal: no procede.
  • Efectos del silencio administrativo: no procede.
Normativa aplicable
Procedimiento a seguir después de la solicitud
  1. Recoger, escanear, comprobar la documentación aportada y registrar la solicitud.
  2. Entregar copia sellada a modo de recibo, procediendo en la forma normal de registro de documentos.
  3. Remitir la solicitud a la persona responsable del archivo.
Resumen de trámites posteriores
  1. Analizar la solicitud.
  2. Comunicar a la persona interesada.
Documentos auxiliares
Quién lo aprueba?

El archivero

Servicio municipal responsable de la tramitaciónArchivo municipal
Información válida hastaModificación normativa

CONSULTA URBANISTICA

1.9
CUESTIÓNRESPUESTA
¿Qué es? ¿Para qué?Información escrita sobre el régimen y las condiciones urbanísticas aplicables a una finca o inmueble concreto y, en general sobre el planeamiento general.
¿Quién lo puede solicitar?Toda persona interesada o su representante legal.
Dónde se solicita
Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

Euskal Herria plaza, 1 20230

Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

En las oficinas de correos mediante correo certificado abierto.

Tramita Online

Requiere identificación electrónica

Documentación a aportar
  1. Impreso de solicitud.
  2. DOCUMENTOS DE IDENTIFICACION:

    • DNI de la persona solicitante.
    • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la persona interesada, impreso de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia.
  3. Según el caso, la siguiente documentación:
    • Identificación inequívoca de la finca o inmueble para la que se solicita la información: referencia catastral, registral, plano de identificación,….
    • Memoria sobre la obra o actividad que se desee realizar o instalar; incluirá los siguientes documentos:
    • Plano de situación.
    • Plano de distribución interior acotado.
    • Maquinaria a instalar.
Más información

Por email:

haz@legazpi.eus

Por teléfono:

Dentro del municipio 010

Desde fuera del municipio 943 73 70 30

¿Cuánto cuesta?

17,00 €

Plazo del procedimiento
  • Plazo previsto: un mes.
  • Plazo máximo legal: 3 meses.
  • Efectos del silencio administrativo: no procede.
Normativa aplicable
Procedimiento a seguir después de la solicitud
  1. Recoger, escanear, comprobar y registrar la solicitud y documentos presentados.
  2. Entregar copia sellada a la persona solicitante, como justificante.
  3. Remitir al servicio de Urbanismo.
Resumen de trámites posteriores
  1. Informe técnico y jurídico.
  2. Resolución por el órgano competente.
  3. Remisión al departamento de Economía para su liquidación.
  4. Notificación a la persona interesada.
Documentos auxiliares
Servicio municipal responsable de la tramitaciónUrbanismo
Información válida hastaModificación normativa

SERVICIO DE INFORMACIÓN, VALORACIÓN, DIAGNÓSTICO Y ORIENTACIÓN

1.10
CUESTIÓNRESPUESTA
¿Qué es? ¿Para qué?

El objetivo principal del Servicio es facilitar la posibilidad de disponer del Sistema Vasco de los Servicios Sociales con información y, si procede, remitir a otros sistemas de atención.

El Servicio lo ofrecen los servicios sociales de base del Ayuntamiento y consta de las siguientes funciones:

  • Informar a las personas sobre el Sistema Vasco de los Servicios Sociales y sus prestaciones: las necesidades y situaciones a las cuales responden, a quien están dirigidos, procedimientos y requisitos para obtenerlos y, si procede, el precio público aplicado, derechos y obligaciones y cualquier otra información útil.
  • Valorar las necesidades mediante una primera evaluación general y, en su caso, solicitar al servicio una valoración experta para valorar y diagnosticar la adicción, la discapacidad, la exclusión y la indefensión. 
  • En los casos que se valore que una intervención es necesaria, realizar el diagnóstico con respecto a sus necesidades sociales. Conviene, en la medida de lo posible, que tomen parte las personas interesadas y sus redes de apoyo.
  • Orientar a la/s persona/s a la prestación económica o al servicio más adecuado para responder a las necesidades de esas personas dentro de los Servicios Sociales del Sistema Vasco y, en su caso, para orientar a otros sistemas de atención. 
  • Teniendo en cuenta el diagnóstico, en su caso, desarrollar un plan para la atención personalizada, para la aplicación del Sistema Vasco de Servicios Sociales, con la participación del usuario.
  • Asumir la gestión del plan para la atención personalizada y, en ese sentido, convertirse en el/la profesional de referencia del caso, coordinarse con otros sistemas y agentes implicados y realizar un seguimiento y una evaluación periódica.
  • Realizar todos los trámites, las gestiones y las coordinaciones funcionales destinados a disponer de la posibilidad de obtener los Servicios Sociales del Sistema Vasco y las prestaciones económicas.

¿Quién lo puede solicitar?Toda persona empadronada en Legazpi o su representante legal.
Dónde se solicita
Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

Euskal Herria plaza, 1 20230

Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

Más información

Por email:

haz@legazpi.eus

Por teléfono:

Dentro del municipio 010

Desde fuera del municipio 943 73 71 81 o 943 73 70 30

¿Cuánto cuesta?

El coste es asumido por el Ayuntamiento

Plazo del procedimientoInmediato
Normativa aplicable
Procedimiento a seguir después de la solicitud
  1. Dar la primera cita con los/las trabajadores/as sociales del departamento de Servicios Sociales.

OBJETOS PERDIDOS

1.11
CUESTIÓNRESPUESTA
¿Qué es? ¿Para qué?Servicio para depositar y recoger objetos que se hayan perdido.
¿Quién lo puede solicitar?Toda persona interesada o su representante legal.
Dónde se solicita
Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

Euskal Herria plaza, 1 20230

Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

Documentación a aportar
DOCUMENTOS DE IDENTIFICACION:
  • DNI del solicitante.
  • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta al interesado, impreso de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia. 
Más información

Por email:

haz@legazpi.eus

Por teléfono:

Dentro del municipio 010

Desde fuera del municipio 943 73 70 30

¿Cuánto cuesta?

El coste de la gestión es asumido por el Ayuntamiento

Plazo del procedimiento

En el caso de los objetos de valor:

  • Plazo previsto: 10 días
  • Plazo máximo legal:  en caso de ser un "objeto de valor" y/o reclamable por el hallador, 2 años, para que el objeto  sea devuelto a la persona que lo depositó.
  • Efectos del silencio administrativo: no procede.
Normativa aplicable
Procedimiento a seguir después de la solicitud
  1. Clasificar los objetos depositados en el ayuntamiento por la ciudadanía por meses y por tipo de objeto.
  2. Si el objeto depositado es de valor, se rellena el impreso UD-700 y se guarda en el  correspondiente registro.
Resumen de trámites posteriores

Cuando la ciudadanía pregunta por algún objeto perdido se consulta, y una vez identificado, entregar dicho objeto a la persona propietaria.

Servicio municipal responsable de la tramitaciónPolicía municipal
Información válida hastaModificación normativa

CERTIFICADOS DE EMPADRONAMIENTO

2.1
CUESTIÓNRESPUESTA
¿Qué es? ¿Para qué?Documento que acredita el empadronamiento de una persona en un domicilio, con los datos que constan en ese momento en el padrón municipal de habitantes.
¿Quién lo puede solicitar?Toda persona interesada o su representante legal.
Dónde se solicita
Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

Euskal Herria plaza, 1 20230

Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

Tramita Online

Requiere identificación electrónica

Documentación a aportar
  1. DNI o pasaporte o documento de identidad que lo sustituya, o en su caso permiso de residencia o NIE. 
  2. Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta al interesado, impreso de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia, según proceda, de la persona interesada. En caso de menores, Libro de Familia. 
  3. Caso de solicitud telefónica, los datos a aportar y comprobar son: DNI, dirección y nombre y dos apellidos (se remitirá el certificado exclusivamente al domicilio que conste en el padrón).
Más información

Por email:

haz@legazpi.eus

Por teléfono:

Dentro del municipio 010

Desde fuera del municipio 943 73 70 30

¿Cuánto cuesta?

El coste es asumido por el Ayuntamiento

Plazo del procedimiento
  • Plazo previsto: Momento en el que se presenta la solicitud. Si se realiza por correo o teléfono, 48 horas de plazo.
  • Plazo máximo legal: 3 meses.
  • Efectos del silencio administrativo: no procede.
Normativa aplicable
Procedimiento a seguir después de la solicitud
  1. Recoger y comprobar la documentación a aportar.
Resumen de trámites posteriores
  1. Emitir el certificado
  2. Remitir el certificado de empadronamiento a la persona interesada
Quién lo aprueba?Alcaldía
Servicio municipal responsable de la tramitaciónSecretaría
Información válida hastaModificación normativa
ObservacionesLos datos municipales de empadronamiento podrán ser cedidos a las demás Administraciones Publicas sin el consentimiento previo de la persona interesada, únicamente para llevar a cabo actividades necesarias de su competencia y para temas en los cuales el lugar de residencia o el domicilio sean datos importantes.

ALTA EN EL PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES

2.2
CUESTIÓNRESPUESTA
¿Qué es? ¿Para qué?

Altas en el padrón municipal de habitantes de Legazpi derivadas de cambios residenciales procedentes de algún otro municipio del estado español o del extranjero.

Y facilitar información básica a las personas que vienen a vivir a Legazpi.

El objetivo es hacer sentir a los nuevos ciudadanos más cómodos y seguros y también que se habitúen cuanto antes a los distintos aspectos cotidianos del municipio.

¿Quién lo puede solicitar?Toda persona interesada o su representante legal.
Dónde se solicita
Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

Euskal Herria plaza, 1 20230

Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

En las oficinas de correos mediante correo certificado abierto.

Tramita Online

Requiere identificación electrónica

Documentación a aportar
  1. Solicitud de inscripción en el Padrón municipal.
  2. DOCUMENTACIÓN DE IDENTIFICACIÓN:

    • DNI de todas las personas que se empadronen (obligatorio a partir de los 16 años).
    • En caso de empadronamiento de menores Libro de Familia y, si se empadrona con uno sólo de los progenitores se deberá acreditar la autorización del otro progenitor o tener la tutela del menor. 
    • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la interesada, documento de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia, según proceda, de la persona interesada. En caso de ser menor de edad, fotocopia del libro de familia.

    DOCUMENTACIÓN DE IDENTIFICACIÓN DE PERSONAS EXTRANJERAS: 

    • Las personas ciudadanas de la Unión Europea y de Noruega, Islandia, Liechestein y Suiza deberán aportar pasaporte o documento de identidad de su país de nacionalidad en vigor y, si lo tuvieran, certificado de estar inscrita en el Registro Central de Extranjeros en el cual constará el NIE. La inscripción se realizará preferentemente con el NIE. 
    • Los personas ciudadanas nacionales de otros Estados deberán aportar tarjeta de residencia, expedida por las autoridades españolas en vigor. En su defecto, podrán aportar pasaporte en vigor de su país de nacionalidad. (La tarjeta de residencia de terceros países no será válida). La inscripción se realizará preferentemente con el NIE. 

    DOCUMENTACIÓN DE LA VIVIENDA   

    • Contrato de arrendamiento del piso o habitación; si no es reciente, además, habrá que aportar el último recibo de alquiler. 
    • Otros títulos sobre el derecho de uso (sentencia judicial en caso de divorcio, testamentos, donaciones, etc.) 
    • Autorización de todas las personas propietarias y su DNI. (En su caso, escritura de compra-venta del piso). 
  3. Si las personas interesadas desean empadronarse en viviendas colectivas (residencias, pensiones, …), deberán presentar el documento de consentimiento del director responsable del centro. 
  4. A modo de excepción, se podrá solicitar el alta en el padrón, aun no teniendo un documento o título jurídico que certifique una vivienda habitual. En estos casos, no se dará el alta inmediatamente. El Ayuntamiento certificará que la vivienda de la persona interesada se encuentra en la dirección indicada, mediante informes correspondientes, antes de la aprobación del alta. 
    • La persona interesada deberá aportar el municipio o el país de procedencia.
Más información

Por email:

haz@legazpi.eus

Por teléfono:

Dentro del municipio 010

Desde fuera del municipio 943 73 70 30

¿Cuánto cuesta?

El coste es asumido por el Ayuntamiento

Plazo del procedimiento
  •  Plazo previsto: En el momento de la inscripción, el alta ya es definitiva.
  • Plazo máximo legal: tres meses.
  • Efectos del silencio administrativo: positivo.
Normativa aplicable
Procedimiento a seguir después de la solicitud
  1. Recoger, comprobar la solicitud de alta junto con el resto de documentación referenciada. 
  2. Comprobar en la base de datos el estado de la vivienda (si está o no vacía,...) 
  3. En el supuesto de cumplirse todos los requisitos, introducir los datos en la aplicación informática del padrón de habitantes y registrar la solicitud. 
  4. Remitir a Secretaría.
  5. En casos especiales no se dará el alta y se remitirá a Secretaría después del registro de la solicitud.

Hacer la recepción a las personas que vienen a vivir a Legazpi

Se les facilitará el siguiente material:

  • Plano callejero de Legazpi.
  • Información teléfonica básica.
  • Información Servicio Atención a la Ciudadanía.
  • Calendario fiscal.
  • Información y material del servicio de recogida de basuras:

            -Hoja de información básica

            -Publicaciones que ofrecen información más concreta:

                    "Reciclar es fácil"
                    "Qué se puede depositar en el amarillo?"

             -Cubo ventilado marrón para recoger la basura órganica de casa.

             -Rollo de bolsas de basura compostable.

             -Llave para abrir el contenedor marrón (órganico)

             -Solicitar a Sasieta la tarjeta para abrir el contenedor gris (resto) y para obtener las bolsas de basura compostables.

Resumen de trámites posteriores
  1. En caso de incumplimiento de alguno de los requisitos, resolución motivada de denegación de alta y notificación a la persona solicitante.
  2. Archivar.
Documentos auxiliares
Quién lo aprueba?Alcaldía
Servicio municipal responsable de la tramitaciónSecretaría
Información válida hastaModificación normativa
Observaciones
  • La baja en el municipio de procedencia la tramita el Ayuntamiento de Legazpi.
  • Los datos municipales de empadronamiento podrán ser cedidos a las demás Administraciones Publicas sin el consentimiento previo de la persona interesada, únicamente para llevar a cabo actividades necesarias de su competencia y para temas en los cuales el lugar de residencia o el domicilio sean datos importantes.
  • La vivienda habitual indicada en este empadronamiento será considerado domicilio fiscal de la persona interesada para su uso por el Ayuntamiento.
  • Se utilizará el mismo procedimiento en casos de acogida de menores empadronados en otro municipio.

ALTA EN EL PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES POR NACIMIENTO

2.3
CUESTIÓNRESPUESTA
¿Qué es? ¿Para qué?Alta en el padrón municipal de habitantes de Legazpi de un/a recién nacido/a.
¿Quién lo puede solicitar?Padre o madre del/la recién nacido/a, o su representante legal.
Dónde se solicita
Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

Euskal Herria plaza, 1 20230

Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

En las oficinas de correos mediante correo certificado abierto.

Tramita Online

Requiere identificación electrónica

Documentación a aportar
  1. DNI, pasaporte o permiso de residencia de la persona solicitante.
  2. Libro de familia donde conste el/la recién nacido/a. Y, si se empadrona con uno sólo de los progenitores se deberá acreditar la autorización del otro progenitor o tener la tutela del menor. 
  3. Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la interesada, documento de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia, según proceda, de la persona interesada.
Más información

Por email:

haz@legazpi.eus

Por teléfono:

Dentro del municipio 010

Desde fuera del municipio 943 73 70 30

¿Cuánto cuesta?

El coste es asumido por el Ayuntamiento

Plazo del procedimiento

  • Plazo previsto: En el momento de la inscripción, el alta ya es definitiva.
  • Plazo máximo legal: no procede.
  • Efectos del silencio administrativo: no procede.


Normativa aplicable
Procedimiento a seguir después de la solicitud
  1. Recoger, comprobar y escanear la documentación presentada.
  2. Introducir los datos, si son correctos, en la aplicación del padrón de habitantes.
Resumen de trámites posteriores
  1. En caso de incumplimiento de alguno de los requisitos, resolución motivada de denegación de alta y notificación a la persona solicitante.
  2. Archivar
Documentos auxiliares
Quién lo aprueba?Alcaldía
Servicio municipal responsable de la tramitaciónSecretaría
Información válida hastaModificación normativa
Observaciones
  • Por defecto, el alta en el Padrón Municipal de habitantes por nacimiento la hace automáticamente el Ayuntamiento con la información y en el domicilio que comunica el Registro civil* que, en general, es el de la madre. Dicha comunicación se recibe en un plazo no inferior a 2 meses desde la inscripción; por ello se puede solicitar el alta por parte de la madre o del padre. 
  • Artículo 63 redactado por el Real Decreto 2612/1996, de 20 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales aprobado por el Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio.
  • Los datos municipales de empadronamiento podrán ser cedidos a las demás Administraciones Publicas sin el consentimiento previo de la persona interesada, únicamente para llevar a cabo actividades necesarias de su competencia y para temas en los cuales el lugar de residencia o el domicilio sean datos importantes.
  • Se utilizará este mismo procedimiento en casos de adopción o acogida de personas que no estén empadronadas previamente en otro municipio del estado.

CAMBIO DE DOMICILIO EN EL PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES (DENTRO DEL MUNICIPIO)

2.4
CUESTIÓNRESPUESTA
¿Qué es? ¿Para qué?Corresponde a una modificación padronal por cambio de domicilio dentro del municipio de Legazpi.
¿Quién lo puede solicitar?Toda persona interesada o su representante legal.
Dónde se solicita
Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

Euskal Herria plaza, 1 20230

Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

En las oficinas de correos mediante correo certificado abierto.

Tramita Online

Requiere identificación electrónica

Documentación a aportar
  1. Solicitud de inscripción en el Padrón municipal. 
  2. DOCUMENTACIÓN DE IDENTIFICACIÓN: 

    • DNI de todas las personas que se empadronen (obligatorio a partir de los 16 años). 
    • En caso de empadronamiento de menores Libro de Familia y, si se empadrona con uno sólo de los progenitores se deberá acreditar la autorización del otro progenitor o tener la tutela del menor.  
    • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la interesada, documento de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia, según proceda, de la persona interesada. En caso de ser menor de edad, fotocopia del libro de familia. 

    DOCUMENTACIÓN DE IDENTIFICACIÓN DE PERSONAS EXTRANJERAS:  

    • Las personas ciudadanas de la Unión Europea y de Noruega, Islandia, Liechestein y Suiza deberán aportar pasaporte o documento de identidad de su país de nacionalidad en vigor y, si lo tuvieran, certificado de estar inscrita en el Registro Central de Extranjeros en el cual constará el NIE. La inscripción se realizará preferentemente con el NIE.  
    • Los personas ciudadanas nacionales de otros Estados deberán aportar tarjeta de residencia, expedida por las autoridades españolas en vigor. En su defecto, podrán aportar pasaporte en vigor de su país de nacionalidad. (La tarjeta de residencia de terceros países no será válida). La inscripción se realizará preferentemente con el NIE.  

    DOCUMENTACIÓN DE LA VIVIENDA    

    • Contrato de arrendamiento del piso o habitación; si no es reciente, además, habrá que aportar el último recibo de alquiler.  
    • Otros títulos sobre el derecho de uso (sentencia judicial en caso de divorcio, testamentos, donaciones, etc.)  
    • Autorización de todas las personas propietarias y su DNI. (En su caso, escritura de compra-venta del piso)
Más información

Por email:

haz@legazpi.eus

Por teléfono:

Dentro del municipio 010

Desde fuera del municipio 943 73 70 30

¿Cuánto cuesta?

El coste es asumido por el Ayuntamiento

Plazo del procedimiento
  • Plazo previsto: En el momento de la inscripción, el alta ya es definitiva. 
  • Plazo máximo legal: tres meses.
  • Efectos del silencio administrativo: positivo.
Normativa aplicable
Procedimiento a seguir después de la solicitud
  1. Recoger, comprobar y escanear la solicitud junto con la documentación referenciada.
  2. Comprobar los datos a través de la aplicación del padrón.
  3. Introducir, en el caso de ser correctos, los datos en la aplicación del padrón de habitantes.
  4. Remitir la documentación a Secretaría.
Resumen de trámites posterioresArchivar
Documentos auxiliares
Quién lo aprueba?Alcaldía
Servicio municipal responsable de la tramitaciónSecretaría
Información válida hastaModificación normativa
Observaciones
  • Si las personas interesadas tienen diferentes direcciones, se solicitará que cambien todas las direcciones (podría hacerse a través de la representación).
  • Los datos municipales de empadronamiento podrán ser cedidos a las demás Administraciones Públicas sin el consentimiento previo de la persona interesada, únicamente, para llevar a cabo actividades necesarias de su competencia y para temas en los cuales el lugar de residencia o el domicilio sean datos importantes.
  • La vivienda habitual indicada en este empadronamiento será considerado domicilio fiscal de la persona interesada para su uso por el Ayuntamiento.

MODIFICACIÓN DE DATOS PERSONALES EN EL PADRÓN DE HABITANTES

2.5
CUESTIÓNRESPUESTA
¿Qué es? ¿Para qué?Variación en alguno de los siguientes datos del padrón de habitantes: apellidos, nombre, estado civil, nacionalidad, lugar o fecha de nacimiento, sexo, estudios, DNI, municipio o provincia de nacimiento…
¿Quién lo puede solicitar?Toda persona interesada o su representante legal.
Dónde se solicita
Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

Euskal Herria plaza, 1 20230

Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

En las oficinas de correos mediante correo certificado abierto.

Tramita Online

Requiere identificación electrónica

Documentación a aportar
  1. DNI o pasaporte o documento de identidad que lo sustituya, o en su caso permiso de residencia.
  2. Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la interesada, documento de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia, según proceda, de la persona interesada. En caso de menores, fotocopia del Libro de Familia.
  3. Certificado del dato a modificar.
Más información

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Por teléfono:

Dentro del municipio 010

Desde fuera del municipio 943 73 70 30

¿Cuánto cuesta?

El coste es asumido por el Ayuntamiento

Plazo del procedimiento
  • Plazo previsto: al momento 
  • Plazo máximo legal: no procede
  • Efectos del silencio administrativo: no procede
Normativa aplicable
Procedimiento a seguir después de la solicitud
  1. Recoger, comprobar y escanear la documentación pertinente.
  2. Modificar los datos en la aplicación del padrón de habitantes.
Resumen de trámites posterioresArchivar
Documentos auxiliares
Quién lo aprueba?Alcaldía
Servicio municipal responsable de la tramitaciónSecretaría
Información válida hastaModificación normativa.
ObservacionesLos datos municipales de empadronamiento podrán ser cedidos a las demás Administraciones Públicas sin el consentimiento previo de la persona interesada, únicamente, para llevar a cabo actividades necesarias de su competencia y para temas en los cuales el lugar de residencia o el domicilio sean datos importantes.

BAJA EN EL PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES

2.6
CUESTIÓNRESPUESTA
¿Qué es? ¿Para qué?Solicitud de la baja de oficio para el resto de habitantes que residen en una vivienda por parte de la persona que posea el título que legitime la ocupación de dicha vivienda.
¿Quién lo puede solicitar?Toda persona interesada, o su representante legal.
Dónde se solicita
Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

Euskal Herria plaza, 1 20230

Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

En las oficinas de correos mediante correo certificado abierto.

Tramita Online

Requiere identificación electrónica

Documentación a aportar

  1. Solicitud de baja (firmado por el o la solicitante).

DOCUMENTACIÓN DE IDENTIFICACIÓN:

  • DNI del o la solicitante
  • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la interesada, documento de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia, según proceda, de la persona interesada. 

DOCUMENTACIÓN DE IDENTIFICACIÓN DE PERSONAS EXTRANJERAS: 

  • Las personas ciudadanas de la Unión Europea y de Noruega, Islandia, Liechestein y Suiza deberán aportar pasaporte o documento de identidad de su país de nacionalidad en vigor y, si lo tuvieran, certificado de estar inscrita en el Registro Central de Extranjeros en el cual constará el NIE. La inscripción se realizará preferentemente con el NIE. 
  • Los personas ciudadanas nacionales de otros Estados deberán aportar tarjeta de residencia, expedida por las autoridades españolas en vigor. En su defecto, podrán aportar pasaporte en vigor de su país de nacionalidad. (La tarjeta de residencia de terceros países no será válida). La inscripción se realizará preferentemente con el NIE.  
  • Título legal para la ocupación de la vivienda.
  • En el caso de que la solicitud de baja de oficio que se menciona en el párrafo anterior se deba a una separación conyugal de las personas empadronadas en la misma, se deberá aportar copia de la sentencia de separación en la que se especifique la adjudicación, en exclusiva, del disfrute de la vivienda al cónyuge solicitante.
Más información

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¿Cuánto cuesta?

El coste es asumido por el Ayuntamiento

Plazo del procedimiento
  • Plazo previsto:
  • Plazo máximo legal: 3 meses.
  • Efectos del silencio administrativo: no procede
Normativa aplicable
Procedimiento a seguir después de la solicitud
  1. Recibir, comprobar, escanear los datos de la persona solicitante y registrar la solicitud. 
  2. Remitir la documentación a Secretaría. 
  3. El servicio de Secretaría iniciará expediente de baja de oficio para lo cual contactará con las personas a las que se pretenda dar de baja en el domicilio, realizará las preceptivas notificaciones y anuncios en el Boletín oficial de Gipuzkoa y, en su caso, previo informe favorable del Consejo de Empadronamiento, tramitará la baja de oficio de dichas personas en el domicilio de referencia. 
  4. Introducir los datos en la aplicación del padrón de habitantes.
Resumen de trámites posterioresArchivar
Documentos auxiliares
Quién lo aprueba?Alcaldía
Servicio municipal responsable de la tramitaciónSecretaría
Información válida hastaModificación normativa.
Observaciones
  • Si una persona desea causar baja en el municipio de Legazpi por trasladar su residencia a otro municipio ESPAÑOL , no es necesario que solicite la baja en Legazpi, únicamente, debe tramitar el alta en el municipio en que desea causar alta (éste o INE remite la baja al Ayuntamiento de Legazpi quien la gestiona de oficio).
  • Si una persona española se traslada al EXTRANJERO deberá inscribirse en el Consulado de España en el país al que se traslade y recibirá información a través de INE y el Ayuntamiento de Legazpi gestionará la baja (éste remite la baja al Ayuntamiento de Legazpi quien la gestiona de oficio).
  • Los datos municipales de empadronamiento podrán ser cedidos a las demás Administraciones Públicas sin el consentimiento previo de la persona interesada, únicamente, para llevar a cabo actividades necesarias de su competencia y para temas en los cuales el lugar de residencia o el domicilio sean datos importantes.

CERTIFICADOS PADRONALES ESPECIALES

2.7
CUESTIÓNRESPUESTA
¿Qué es? ¿Para qué?

Solicitud de certificado a efectos de acreditación de padrones anteriores al año 1987.

¿Quién lo puede solicitar?Toda persona interesada o su representante legal.
Dónde se solicita
Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

Euskal Herria plaza, 1 20230

Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

En las oficinas de correos mediante correo certificado abierto.

Documentación a aportar
  1. DNI o pasaporte o documento de identidad que lo sustituya, o en su caso permiso de residencia o NIE. 
  2. Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la interesada, documento de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia, según proceda, de la persona interesada. En caso de menores, fotocopia Libro de Familia.
  3. Certificado de Defunción.
  4. En el caso de solicit ar el certificado de residencia de hijos/as menores cuando no se convive en el mismo domicilio, se deberá aportar documento acreditativo de la Patria Potestad o autorización del progenitor con el cual convivan.
Más información

Por email:

haz@legazpi.eus

Por teléfono:

Dentro del municipio 010

Desde fuera del municipio 943 73 70 30

¿Cuánto cuesta?

El coste es asumido por el Ayuntamiento

Plazo del procedimiento
  • Plazo previsto: 3 días.
  • Plazo máximo legal: 3 meses.
  • Efectos del silencio administrativo: no procede.
Normativa aplicable
Procedimiento a seguir después de la solicitud
  1. Recibir y comprobar los datos de la persona solicitante. 
Resumen de trámites posteriores
  1. Realizar el certificado
  2. Entregar o remitir el certificado a la persona interesada.
Documentos auxiliares
Quién lo aprueba?Alcaldía
Servicio municipal responsable de la tramitaciónSecretaría
Información válida hastaModificación normativa.
ObservacionesLos datos municipales de empadronamiento podrán ser cedidos a las demás Administraciones Públicas sin el consentimiento previo de la persona interesada, únicamente, para llevar a cabo actividades necesarias de su competencia y para temas en los cuales el lugar de residencia o el domicilio sean datos importantes.

RENOVACIÓN DE LA INSCRIPCIÓN PADRONAL PARA EXTRANJEROS NO COMUNITARIOS SIN AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA PERMANENTE (LARGA DURACIÓN)

2.8
CUESTIÓNRESPUESTA
¿Qué es? ¿Para qué?Renovación periódica cada dos años de las inscripciones en el Padrón de personas ciudadanas extranjeras no comunitarias que carezcan de autorización de residencia permanente (denominada de Larga Duración" a partir de 2011)."
¿Quién lo puede solicitar?Personas ciudadanas no comunitarias residentes en España que carezcan de autorización de residencia permanente (denominada de “Larga duración” desde 2011).
Dónde se solicita
Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

Euskal Herria plaza, 1 20230

Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

En las oficinas de correos mediante correo certificado abierto.

Tramita Online

Requiere identificación electrónica

Documentación a aportar
  1. Solicitud de Renovación de la inscripción padronal para personas extranjeras no comunitarias sin autorización de residencia permanente
    • Tarjeta de residencia expedida por las autoridades españolas en vigor o pasaporte en vigor de su país de nacionalidad (si se halla caducado, además, resguardo de su renovación). La renovación se realizará preferentemente con el NIE. (La tarjeta de residencia de terceros países no será válida). 
    • En el caso de menores de edad: La solicitud de renovación deberá firmarse por el progenitor o la progenitora o representante legal responsable del menor, del cual se adjuntará fotocopia del documento de identidad. 
    • Si se posee Autorización de Residencia Permanente (denominada de "Larga Duración" a partir de 2011) o Documento Nacional de Identidad español, se deberán presentar aquéllos igualmente, con el fin de excluir al solicitante del listado de bajas a tramitar.
Más información

Por email:

haz@legazpi.eus

Por teléfono:

Dentro del municipio 010

Desde fuera del municipio 943 73 70 30

¿Cuánto cuesta?

El coste es asumido por el Ayuntamiento

Plazo del procedimiento
  • Plazo previsto: al momento
  • Plazo máximo legal: no procede
  • Efectos del silencio administrativo: no procede
Normativa aplicable
Procedimiento a seguir después de la solicitud
  1. Recibir, comprobar y registrar los datos de la persona solicitante.
  2. Introducir los datos en la aplicación del padrón de habitantes.
  3. Remitir la documentación a Secretaría.
Resumen de trámites posterioresArchivar
Documentos auxiliares
Quién lo aprueba?Alcaldía
Servicio municipal responsable de la tramitaciónSecretaría
Información válida hastaModificación normativa.
Observaciones

La inscripción en el Padrón Municipal de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente (denominada de Larga Duración" a partir de 2011) deberá ser objeto de renovación periódica cada dos años. Si la renovación no se realizase en el plazo señalado será causa para acordar la caducidad de la inscripción y la baja en el Padrón de Habitantes. 

Los datos municipales de empadronamiento podrán ser cedidos a las demás Administraciones Públicas sin el consentimiento previo de la persona interesada, únicamente, para llevar a cabo actividades necesarias de su competencia y para temas en los cuales el lugar de residencia o el domicilio sean datos importantes. 

La vivienda habitual indicada en este empadronamiento será considerado domicilio fiscal de la persona interesada para su uso por el Ayuntamiento. 


SOLICITUD DE EXENCIONES, BONIFICACIONES Y DECLARACIONES DE NO SUJECIÓN

3.1
CUESTIÓNRESPUESTA
¿Qué es? ¿Para qué?Solicitud de las exenciones, bonificaciones o declaraciones de no sujeciónprevistas en la normativa específica de cada tributo: vehículos, bienes inmuebles y obras.
¿Quién lo puede solicitar?Toda persona interesada o su representante legal
Dónde se solicita
Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

Euskal Herria plaza, 1 20230

Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

En las oficinas de correos mediante correo certificado abierto.

Tramita Online

Requiere identificación electrónica

Documentación a aportar
  1. Impreso de solicitud.
  2. DOCUMENTOS DE IDENTIFICACION:

    • DNI de la persona solicitante. 
    • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la persona interesada, impreso de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia. 
  3. El Ayuntamiento verificará directamente los datos necesarios en cualquier entidad de la administración pública para acreditar los requisitos exigidos.

  4. En todo caso, es necesario presentar los siguientes documentos, dado que el Ayuntamiento no tiene acceso a ellos:

    IMPUESTO SOBRE VEHICULOS: 

    • Minusvalía: póliza del seguro donde aparezca el conductor habitual,  Declaración jurada  sobre el uso exclusivo del vehículo por parte del interesado.

    IMPUESTO SOBRE OBRAS: 

    • Producción de energía solar: certificado de homologación de la administración correspondiente.

    Recuerde que, si lo desea, el solicitante podrá oponerse expresamente a dicha acreditación en el momento de presentar la solicitud, debiendo aportar en este caso los certificados y otros datos requeridos.

Más información

Por email:

haz@legazpi.eus

Por teléfono:

Dentro del municipio 010

Desde fuera del municipio 943 73 70 30

¿Cuánto cuesta?

El coste es asumido por el Ayuntamiento

Plazo del procedimiento
  • Plazo previsto: una semana.
  • Plazo máximo legal: 6 meses.
  • Efectos del silencio administrativo: negativo.
Normativa adicional
Normativa aplicable
Procedimiento a seguir después de la solicitud
  1. Recoger, escanear, comprobar y registrar la solicitud y documentos presentados.
  2. Entregar copia sellada a la persona solicitante, como justificante.
  3. Remitir al Servicio de Economía, Hacienda e Innovación.
Resumen de trámites posteriores
  1. Informe correspondiente de Intervención.
  2. Resolución por el órgano competente.
  3. Notificación a la persona interesada.
Documentos auxiliares
Quién lo aprueba?Alcaldía
Servicio municipal responsable de la tramitación

Economía, Hacienda e Innovación

Información válida hastaModificación normativa
Observaciones

Las bonificaciones de vehículos agrícolas e históricos, así como la bonificación IBI por cesión al programa Bizigune se aplicarán de oficio. Para resolver el resto de exenciones y bonificaciones, la solicitud del contribuyente es obligatoria.

La exención/bonificación surtirá efectos a partir del año siguiente de su aprobación.

SOLICITUD DE APLAZAMIENTO O FRACCIONAMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS

3.2
CUESTIÓNRESPUESTA
¿Qué es? ¿Para qué?Solicitud de aplazamiento o fraccionamiento de deudas cuando la situación económico-financiera impida, de forma transitoria, efectuar el pago.
¿Quién lo puede solicitar?Toda persona interesada o su representante legal.
Dónde se solicita
Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

Euskal Herria plaza, 1 20230

Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

En las oficinas de correos mediante correo certificado abierto.

Tramita Online

Requiere identificación electrónica

Documentación a aportar
  1. 1. Impreso de solicitud.
  2. DOCUMENTOS DE IDENTIFICACION:

    • DNI de la persona solicitante. 
    • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la persona interesada, impreso de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia.  
  3. Documentos que pongan de manifiesto o acrediten la situación económico-financiera que impide de forma transitoria el pago de la deuda.
Más información

Por email:

haz@legazpi.eus

Por teléfono:

Dentro del municipio 010

Desde fuera del municipio 943 73 70 30

¿Cuánto cuesta?
  • Deudas inferiores a 600,00 €: gratis.
  • En caso de realizar el pago en el ejercicio que ha devengado el impuesto: gratis.
  • En el resto de los casos: intereses de demora (% 8,25).
Plazo del procedimiento
  • Plazo previsto: una semana.
  • Plazo máximo legal: 6 meses.
  • Efectos del silencio administrativo: negativo.
Normativa aplicable
Procedimiento a seguir después de la solicitud
  1. Recoger, escanear, comprobar y registrar la solicitud y documentos presentados.
  2. Entregar copia sellada a la persona solicitante, como justificante.
  3. Remitir al Area de Organización.
Resumen de trámites posteriores
  1. Informe correspondiente de Intervención.
  2. Resolución por el órgano competente.
  3. Notificación a la persona interesada.
Documentos auxiliares
Quién lo aprueba?Alcaldía
Servicio municipal responsable de la tramitación

Economía, Hacienda e Innovación

Información válida hastaModificación normativa
Observaciones

Fraccionamiento o aplazamiento:

  1. Entre 150 y 1.500 €        6 meses
  2. Entre 1.501 y 6.000 €        12 meses
  3. De 6.001 € en adelante        18 meses

CAMBIO DE DOMICILIO FISCAL

3.3
CUESTIÓNRESPUESTA
¿Qué es? ¿Para qué?Cambio de domicilio fiscal a efectos de notificación en impuestos y tasas municipales.
¿Quién lo puede solicitar?Toda persona interesada o su representante legal.
Dónde se solicita
Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

Euskal Herria plaza, 1 20230

Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

En las oficinas de correos mediante correo certificado abierto.

Tramita Online

Requiere identificación electrónica

Documentación a aportar

  1. Impreso de solicitud.

DOCUMENTOS DE IDENTIFICACION:

  • DNI de la persona solicitante. 
  • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la persona interesada, impreso de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia.
Más información

Por email:

haz@legazpi.eus

Por teléfono:

Dentro del municipio 010

Desde fuera del municipio 943 73 70 30

¿Cuánto cuesta?

El coste es asumido por el Ayuntamiento

Plazo del procedimiento
  • Plazo previsto: al momento.
  • Plazo máximo legal: no procede.
  • Efectos del silencio administrativo: no procede.
Normativa aplicable
Procedimiento a seguir después de la solicitud
  1. Recoger, escanear, comprobar y registrar la solicitud y documentos presentados.
  2. Entregar copia sellada a la persona solicitante, como justificante.
  3. Remitir al servicio de Economía, Hacienda e Innovación.
Documentos auxiliares
Servicio municipal responsable de la tramitaciónEconomía, Hacienda e Innovación
Información válida hastaModificación normativa
ObservacionesEste trámite se realizará de manera simultánea con el trámite de solicitud de cambio de domicilio en el Padrón municipal de habitantes.

DOMICILIACIÓN DE IMPUESTOS

3.4
CUESTIÓNRESPUESTA
¿Qué es? ¿Para qué?Domiciliación del pago de impuestos en cualquier entidad financiera.
¿Quién lo puede solicitar?Toda persona interesada o su representante legal.
Dónde se solicita
Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

Euskal Herria plaza, 1 20230

Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

En las oficinas de correos mediante correo certificado abierto.

Documentación a aportar

DOCUMENTOS DE IDENTIFICACION:

  • DNI de la persona solicitante. 
  • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la persona interesada, impreso de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia.
Más información

Por email:

haz@legazpi.eus

Por teléfono:

Dentro del municipio 010

Desde fuera del municipio 943 73 70 30

¿Cuánto cuesta?

El coste es asumido por el Ayuntamiento

Plazo del procedimiento
  • Plazo previsto: al momento.
  • Plazo máximo legal: no procede.
  • Efectos del silencio administrativo: no procede.
Normativa aplicable
Procedimiento a seguir después de la solicitud
  1.   Crear órden de domiciliación.
  2.   Entregar el justificante a la persona interesada con su nº de referencia.
Documentos auxiliares
Servicio municipal responsable de la tramitaciónEconomía, Hacienda e Innovación
ObservacionesEl ayuntamiento podrá anular la domiciliación si le son devueltos los recibos o si no hay saldo suficiente.

ALTA Y AUTOLIQUIDACION EN EL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS

3.5
CUESTIÓNRESPUESTA
¿Qué es? ¿Para qué?Alta y autoliquidación del Impuesto sobre el vehículo que se adquiere por primera vez. Debe abonarse antes de matricular el mismo en la Jefatura de Tráfico. Asimismo, debe realizarse en el caso de dar de alta vehículos que se han encontrado en situación de baja temporal.
¿Quién lo puede solicitar?Toda persona interesada o su representante legal.
Dónde se solicita
Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

Euskal Herria plaza, 1 20230

Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

En las oficinas de correos mediante correo certificado abierto.

Documentación a aportar

  1. Impreso de solicitud de autoliquidación del impuesto de vehículos.
  2. Ficha técnica del vehículo.

DOCUMENTOS DE IDENTIFICACION:

  • DNI de la persona solicitante. 
  • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la persona interesada, impreso de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia.
Más información

Por email:

haz@legazpi.eus

Por teléfono:

Dentro del municipio 010

Desde fuera del municipio 943 73 70 30

¿Cuánto cuesta?

El importe de la cuota se prorrateará por meses naturales, incluido el mes al que corresponde el día en que se produzca la primera adquisición.

POTENCIA Y CLASE DE VEHÍCULO AÑO 2018
A) Turismos
De menos de 8 caballos fiscales 42,00
De 8 hasta 11,99 caballos fiscales 84,00
De 12 hasta 13,99 caballos fiscales 140,00
De 14 hasta 15,99 caballos fiscales 204,00
De 16 hasta 19,99 caballos fiscales 275,00
De 20 caballos fiscales en adelante 352,00
B) Autobuses
De menos de 21 plazas 183,00
De 21 a 50 plazas 261,00
De más de 50 plazas 326,00 
C) Camiones
De menos de 1.000 kg de carga útil 93,00
De 1.000 a 2.999 kg de carga útil 183,00
De 2.999 a 9.999 kg de carga útil 261,00
De más de 9.999 kg de carga útil 326,00
D) Tractores
De menos de 16 caballos fiscales 39,00
De 16 hasta 24,99 caballos fiscales 61,00
De más de 25 caballos fiscales 183,00
E) Remolques y semi-remolques arrastrados por vehículos de tracción mecánica
De menos de 1.000 kg de carga útil 39,00
De 1.000 a 2.999 kg de carga útil 61,00
De más de 2.999 kg de carga útil 183,00
F) Otros vehículos
Ciclomotores 12,00
Motocicletas hasta 125 cm³ 12,00
Motocicletas de más de 125 cm³ hasta 250 cm³ 19,00
Motocicletas de más de 250 cm³ hasta 500 cm³ 39,00
Motocicletas de más de 500 cm³ hasta 1.000 cm³ 80,00
Motocicletas de más de 1000 cm³ 166,00
Plazo del procedimiento
  • Plazo previsto: al momento.
  • Plazo máximo legal: (a partir del devengo, 4 años de prescripción del ejercicio de la potestad de liquidación).
  • Efectos del silencio administrativo: no procede.
Normativa aplicable
Procedimiento a seguir después de la solicitud
  1. Realizar la autoliquidación del Impuesto de vehículos de tracción mecánica.
  2. Cobro.
  3. Remitir al servicio de Economía, Hacienda e Innovación.
Resumen de trámites posteriores

El servicio de Economía, Hacienda e Innovación revisará posteriormente la autoliquidación.

Documentos auxiliares
Quién lo aprueba?La Ley ordena abonar el impuesto en el municipio del titular del vehículo.
Servicio municipal responsable de la tramitaciónEconomía, Hacienda e Innovación.
Información válida hastaModificación normativa.
Observaciones
  1. Se puede domiciliar el impuesto del vehículo para años posteriores, cumplimentando el modelo de domiciliaciones (ver el procedimiento “Domiciliación de impuestos”).
  2. Conviene verificar si el vehículo está exento de pagar el impuesto o tiene alguna bonificación; si es así, se realizará el correspondiente procedimiento.
  3. La revisión realizada por el departamento de Economía, Hacienda e Innovación puede generar una nueva liquidación.
  4. Es una alta en el impuesto municipal; el alta del vehículo se hace en Tráfico.
  5. La Ley dice que el impuesto debe abonarse en el municipio del titular del vehículo.

DEVOLUCION DEL IMPUESTO DE VEHÍCULOS

3.6
CUESTIÓNRESPUESTA
¿Qué es? ¿Para qué?Solicitud de devolución del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica por baja definitiva o destrucción, o baja temporal por robo en la Jefatura de Tráfico.
¿Quién lo puede solicitar?Toda persona interesada o su representante legal.
Dónde se solicita
Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

Euskal Herria plaza, 1 20230

Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

Tramita Online

Requiere identificación electrónica

Documentación a aportar

  1. Impreso de solicitud de devolución del impuesto sobre vehículos.
  2. Certificado de baja de la delegación de Tráfico.

DOCUMENTOS DE IDENTIFICACION:

  • DNI de la persona solicitante. 
  • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la persona interesada, impreso de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia.


Más información

Por email:

haz@legazpi.eus

Por teléfono:

Dentro del municipio 010

Desde fuera del municipio 943 73 70 30

¿Cuánto cuesta?Gratuito
Plazo del procedimiento
  • Plazo previsto: una semana.
  • Plazo máximo legal: 6 meses.
  • Efectos del silencio administrativo: negativo.
Normativa aplicable
Procedimiento a seguir después de la solicitud
  1. Recoger, escanear, comprobar y registrar la solicitud y documentos presentados.
  2. Entregar copia sellada a la persona solicitante, como justificante.
  3. Remitir al servicio de Economía, Hacienda e Innovación.
Resumen de trámites posteriores
  1. Análisis de la documentación por parte del departamento de Economia, Hacienda e Innovación.
  2. Realizar el pago en la cuenta corriente indicada en el impreso de solicitud.
Documentos auxiliares
Servicio municipal responsable de la tramitaciónEconomía, Hacienda e Innovación.
Información válida hastaModificación normativa.

DEVOLUCIÓN DE INGRESOS INDEBIDOS

3.7
CUESTIÓNRESPUESTA
¿Qué es? ¿Para qué?Solicitud de devolución de ingresos indebidos, en cualquiera de los supuestos legales.
¿Quién lo puede solicitar?Toda persona interesada o su representante legal.
Dónde se solicita
Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

Euskal Herria plaza, 1 20230

Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

Tramita Online

Requiere identificación electrónica

Documentación a aportar

  1. Impreso de solicitud de devolución de ingresos indebidos.
  2. Documentos que acrediten el derecho a devolución.


DOCUMENTOS DE IDENTIFICACION:

  • DNI de la persona solicitante. 
  • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la persona interesada, impreso de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia.
Más información

Por email:

haz@legazpi.eus

Por teléfono:

Dentro del municipio 010

Desde fuera del municipio 943 73 70 30

¿Cuánto cuesta?

El coste es asumido por el Ayuntamiento

Plazo del procedimiento
  • Plazo previsto: un mes.
  • Plazo máximo legal: 6 meses.
  • Efectos del silencio administrativo: negativo.
Normativa aplicable
Procedimiento a seguir después de la solicitud
  1. Recoger, escanear, comprobar y registrar la solicitud y documentos presentados.
  2. Entregar copia sellada a la persona solicitante, como justificante.
  3. Remitir al servicio de Economía, Hacienda e Innovación.
Resumen de trámites posteriores
  1. Informe técnico.
  2. Resolución de Alcaldía.
  3. Notificación a la persona interesada.
  4. Proceder al pago.
Documentos auxiliares
Quién lo aprueba?El alcalde.
Servicio municipal responsable de la tramitaciónEconomía, Hacienda e Innovación.
Información válida hastaModificación normativa.
ObservacionesEl pago se realizará en el plazo máximo de dos meses.

CERTIFICADO DE ESTAR AL CORRIENTE EN EL PAGO DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS

3.8
CUESTIÓNRESPUESTA
¿Qué es? ¿Para qué?Documento que certifica estar al corriente en el pago de las obligaciones tributarias.
¿Quién lo puede solicitar?Toda persona interesada o su representante legal.
Dónde se solicita
Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

Euskal Herria plaza, 1 20230

Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

En las oficinas de correos mediante correo certificado abierto.

Documentación a aportar
  • DNI de la persona solicitante. 
  • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la persona interesada, impreso de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia.
Más información

Por email:

haz@legazpi.eus

Por teléfono:

Dentro del municipio 010

Desde fuera del municipio 943 73 70 30

¿Cuánto cuesta?

El coste es asumido por el Ayuntamiento

Plazo del procedimiento
  • Plazo previsto: al momento. Si la solicitud se realiza por teléfono o telemáticamente, 48 horas. Si se realiza por teléfono, por razones de seguridad, la persona interesada deberá identificarse con el número de su DNI, dirección y nombre y apellidos. El certificado se enviará a la dirección recogida en el padrón municipal.
  • Plazo máximo legal: no procede.
  • Efectos del silencio administrativo: no procede.
Procedimiento a seguir después de la solicitud
  1. Verificación de los datos necesarios y expedición del certificado.
  2. Firma del certificado por parte de la  persona técnico competente.
  3. Entrega del certificado a la persona interesada. Si no se ha solicitado presencialmente, el certificado se remitirá por correo siguiendo el procedimiento establecido en el ayuntamiento.
Documentos auxiliares
Servicio municipal responsable de la tramitaciónEconomía, Hacienda e Innovación.
Información válida hasta3 meses
Observaciones
  1. Para certificados que no correspondan a impuestos de recaudación municipal, la persona interesada deberá acudir a la administración correspondiente, a excepción de que se recoja otra cosa en la normativa propia sobre certificados tributarios.
  2. La validez de los certificados tributarios será de 12 meses, contados a partir de su expedición, para  aquellas obligaciones que sean periódicas y siempre que no cambien las situaciones que se especifiquen en su contenido. En el caso de certificados relativos a obligaciones no periódicas el periodo de validez será de 3 meses.

CERTIFICADO DE BIENES

3.9
CUESTIÓNRESPUESTA
¿Qué es? ¿Para qué?Es un documento administrativo que certifica la propiedad de los bienes muebles o inmuebles por parte de la persona interesada.En general, este certificado se expide para ser presentado en los juzgados para la tramitación del procedimiento de petición de Justicia Gratuita, y en ayuntamientos, para la solicitud y concesión de ayudas de algún tipo.
¿Quién lo puede solicitar?Toda persona interesada o su representante legal.
Dónde se solicita
Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

Euskal Herria plaza, 1 20230

Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

En las oficinas de correos mediante correo certificado abierto.

Documentación a aportar
  • DNI de  la persona solicitante. 
  • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la persona interesada, impreso de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia.
Más información

Por email:

haz@legazpi.eus

Por teléfono:

Dentro del municipio 010

Desde fuera del municipio 943 73 70 30

¿Cuánto cuesta?

El coste es asumido por el Ayuntamiento

Plazo del procedimiento
  • Plazo previsto: al momento. Si la solicitud se realiza por teléfono o telemáticamente, 48 horas. Si se realiza por teléfono, por razones de seguridad, la persona interesada deberá identificarse con el número de su DNI, dirección y nombre y apellidos. El certificado se enviará a la dirección recogida en el padrón municipal.
  • Plazo máximo legal: no procede.
  • Efectos del silencio administrativo: no procede.
Procedimiento a seguir después de la solicitud
  1. Verificar los datos necesarios y expedir el certificado.
  2. Firma del certificado por parte de la  persona técnico competente.
  3. Entrega del cer tificado a la persona interesada. Si no se ha solicitado presencialmente, el certificado se remitirá por correo siguiendo el procedimiento establecido en el ayuntamiento.
Documentos auxiliares
Servicio municipal responsable de la tramitaciónEconomía, Hacienda e Innovación.

DUPLICADO DE DOCUMENTO COBRATORIO O DE JUSTIFICANTE DE PAGO

3.10
CUESTIÓNRESPUESTA
¿Qué es? ¿Para qué?

Documento cobratorio: documento que sirve para realizar los pagos de tributos cuando se extravía el original.

Justificante de pago: duplicado de recibo abonado cuando se ha perdido el original.

¿Quién lo puede solicitar?Toda persona interesada o su representante legal.
Dónde se solicita
Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

Euskal Herria plaza, 1 20230

Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

Dentro del municipio  010

Desde fuera del municipio 943 73 70 30

Tramita Online

Requiere identificación electrónica

Documentación a aportar
  • DNI de la persona solicitante. 
  • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la persona interesada, impreso de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia.
Más información

Por email:

haz@legazpi.eus

Por teléfono:

Dentro del municipio 010

Desde fuera del municipio 943 73 70 30

¿Cuánto cuesta?

El coste es asumido por el Ayuntamiento

Plazo del procedimiento
  • Plazo previsto: al momento si se realiza presencial o telemáticamente. Si la solicitud se realiza por teléfono, por razones de seguridad, la persona interesada deberá identificarse con el número de su DNI, dirección y nombre y apellidos. El documento se enviará a la dirección recogida en el padrón municipal.
  • Plazo máximo legal: no procede.
  • Efectos del silencio administrativo: no procede.
Procedimiento a seguir después de la solicitud

Documento cobratorio:

Emisión del recibo en el momento.

Se podrá abonar:

  1. En el SAC, mediante tarjeta o en efectivo.
  2. En los terminales ciudadanos del Ayuntamiento y Laubide.
  3. Mediante el portal Mi Pago del Gobierno Vasco o desde su app Mi Pago Wallet.
  4. Mediante recibo, en cualquier entidad financiera del municipio.
Documentos auxiliares
Servicio municipal responsable de la tramitaciónEconomía, Hacienda e Innovación.
Observaciones

Si el trámite es presencial, en el momento de emitir el duplicado, se informará a la persona interesada de las deudas pendientes que pudiera tener, así como de las facilidades de pago de las mismas.

LICENCIA DE OBRAS MAYORES

4.1
CUESTIÓNRESPUESTA
¿Qué es? ¿Para qué?Son obras mayores las obras de construcción de nueva planta y las obras para ampliar, reformar o consolidar edificios ya existentes. Serán también obras mayores los cerramientos de balcones y terrazas y los trabajos de construcción de chabolas y refugios.
¿Quién lo puede solicitar?Toda persona interesada o su representante legal.
Dónde se solicita
Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

Euskal Herria plaza, 1 20230

Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

En las oficinas de correos mediante correo certificado abierto.

Tramita Online

Requiere identificación electrónica

Documentación a aportar
  1. Impreso de solicitud.
  2. DOCUMENTOS DE IDENTIFICACION:

    • DNI de la persona solicitante. 
    • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la persona interesada, impreso de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia.  
  3. Proyecto redactado por personal técnico competente. Un ejemplar en papel y otro en formato digital.
    1. Para conceder la licencia habrá que presentar un proyecto básico, firmado por personal técnico competente. 
    2. Antes de iniciar la obra, se deberá aportar el proyecto de ejecución visado por el correspondiente colegio profesional.  
  4. Autorizaciones exigidas por la legislación que en cada caso fuera aplicable.
Más información

Por email:

haz@legazpi.eus

Por teléfono:

Dentro del municipio 010

Desde fuera del municipio 943 73 70 30

¿Cuánto cuesta?

Una vez notificada la liquidación por el Ayuntamiento deberá abonarse el impuesto sobre Construcciones, instalaciones y obras, además de la tasa establecida en las Ordenanzas fiscales.

Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras (% sobre presupuesto sin incluir IVA).

IMPUESTO:
Obra nueva   % 5,0
Construcciones industriales, comerciales o de servicios        % 5,0
Resto   % 0,0
TASA:
1.- Licencias de obra
1.1.- Obras entre 8.000 y 48.000 €    264,00 €
1.2.- Obras entre 48.000 y 300.000 €    528,00 €
1.3.- Obras de más de 300.000 € 1.056,00 €
Plazo del procedimiento
  • Plazo máximo legal: 3 meses.
  • Efectos del silencio administrativo: positivo, siempre que sea conforme con la ordenación urbanística o territorial.
Normativa aplicable
Procedimiento a seguir después de la solicitud
  1. Recoger, escanear, comprobar y registrar la solicitud y documentos presentados.
  2. Entregar copia sellada a la persona solicitante, como justificante.
  3. Remitir al departamento de Urbanismo.
Resumen de trámites posteriores
  1. Estudio y análisis de la solicitud, comprobando su adecuación a la normativa urbanística. En caso de ser preceptiva la emisión de informe por parte de otras administraciones públicas, comunicación de solicitud a éstas.
  2. Informe técnico y jurídico.
  3. Resolución por el órgano competente.
  4. Remisión al departamento de Economía para la liquidación de tasas.
  5. Notificación a la persona interesada.
Documentos auxiliares
Quién lo aprueba?Alcaldía
Servicio municipal responsable de la tramitaciónUrbanismo
Información válida hastaModificación normativa.

LICENCIA DE OBRAS MENORES

4.2
CUESTIÓNRESPUESTA
¿Qué es? ¿Para qué?

Pequeñas obras a realizar tanto en interior como en exterior. 

Son obras menores,

  • aquellas obras que no afectan a los cimientos, estructura, seguridad o elementos fundamentales de un bien inmueble.
  • y aquellas que no supongan alteración del volumen, del uso objetivo, del número de viviendas, de las instalaciones y servicios comunes, del diseño exterior o de las condiciones de habitabilidad y seguridad de edificios e instalaciones de cualquier clase.
¿Quién lo puede solicitar?Toda persona interesada o su representante legal.
Dónde se solicita
Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

Euskal Herria plaza, 1 20230

Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

En las oficinas de correos mediante correo certificado abierto.

Tramita Online

Requiere identificación electrónica

Documentación a aportar
  1. Impreso de solicitud.
  2. DOCUMENTOS DE IDENTIFICACION:

    • DNI de la persona solicitante. 
    • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la persona interesada, impreso de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia. 
  3. Presupuesto detallado de la obra.
  4. En función de la obra:
    1. Memoria adecuada y detallada de las obras proyectadas y uso o actividad que tendrán las fincas, locales y demás elementos afectados. Asimismo, se presentará una tabla descriptiva de la superficie construida y disponible en los mismos.
    2. Croquis de la planta, alzado y secciones de las obras a realizar, con sus correspondientes cotas y situación actual del edificio total o parte donde se realizarán las obras.
    3. En función del tamaño de la obra,  si conviene y después de visto el informe de los servicios técnicos municipales sobre la obra, se podrá solicitar el nombramiento de una dirección competente. La dirección presentara los planos de la obra realizados a escala y llevará a cabo las obras de ejecución. Asimismo, en caso necesario, también se le solicitará realizar un proyecto técnico general.
Más información

Por email:

haz@legazpi.eus

Por teléfono:

Dentro del municipio 010

Desde fuera del municipio 943 73 70 30

¿Cuánto cuesta?

Una vez notificada la liquidación por el Ayuntamiento deberá abonarse el impuesto sobre Construcciones, instalaciones y obras, además de la tasa establecida en las Ordenanzas fiscales.

Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras (% sobre presupuesto, si incluir IVA)

IMPUESTO:
Obra nueva % 5,0
Construcciones industriales, comerciales o de servicios      % 5,0
Resto % 0,0
TASA:
1.- Licencias de obra
1.1.- Obras entre 8.000 y 48.000 € 264,00 €
1.2.- Obras entre 48.000 y 300.000 € 528,00 €
1.3.- Obras de más de 300.000 € 1.056,00 €
Plazo del procedimiento
  • Plazo máximo legal: tres meses.
  • Efectos del silencio administrativo: positivo,  siempre que sea conforme con la ordenación urbanística o territorial.
Normativa aplicable
Procedimiento a seguir después de la solicitud
  1. Recoger, escanear, comprobar y registrar la solicitud y documentos presentados.
  2. Entregar copia sellada a la persona solicitante, como justificante.
  3. Remitir al departamento de Urbanismo.
Resumen de trámites posteriores
  1. Estudio y análisis de la solicitud, comprobando su adecuación a la normativa urbanística. En caso de ser preceptiva la emisión de informe por parte de otras administraciones públicas, comunicación de solicitud a éstas.
  2. Informe técnico y jurídico.
  3. Resolución por el órgano competente.
  4. Remisión al departamento de Economía para la liquidación de tasas.
  5. Notificación a la persona interesada.
Documentos auxiliares
Quién lo aprueba?Alcaldía
Servicio municipal responsable de la tramitaciónUrbanismo
Información válida hastaModificación normativa.

ENTERADO DE OBRA

4.3
CUESTIÓNRESPUESTA
¿Qué es? ¿Para qué?

Trámite para poder realizar obras menores. Podrán hacerse las siguientes obras:

  • Reformar el interior de las viviendas, siempre que no se alteren elementos estructurales y no se cambie la distribución interior.
  • Sustitución de ventanas, manteniendo el color, dimensiones y forma de las mismas.
  • Sustitución de tejas, cuando ese cambio no suponga cambiar más del 50% del tejado. 
  • Pintado de fachadas, manteniendo siempre el color anterior.
  • Cambio de canalones.

A EXCEPCION de los edificios protegidos por el Plan Especial de Patrimonio, que deberán pedir licencia de obra menor.

Listado de edificios protegidos 

¿Quién lo puede solicitar?Toda persona interesada o su representante legal.
Dónde se solicita
Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

Euskal Herria plaza, 1 20230

Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

En las oficinas de correos mediante correo certificado abierto.

Documentación a aportar
  1. Impreso de solicitud general.
  2. Presupuesto de la obra.

DOCUMENTOS DE IDENTIFICACION:

    • DNI de la persona solicitante. 
    • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la persona interesada, impreso de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia.
Más información

Por email:

haz@legazpi.eus

Por teléfono:

Dentro del municipio 010

Desde fuera del municipio 943 73 70 30

¿Cuánto cuesta?

Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras (% sobre presupuesto, si incluir IVA)

IMPUESTO:
Obra nueva % 5,0
Construcciones industriales, comerciales o de servicios      % 5,0
Resto % 0,0
Plazo del procedimiento
  • Plazo previsto: al momento
  • Plazo máximo legal: no procede
  • Efectos del silencio administrativo: no procede
Normativa aplicable
Procedimiento a seguir después de la solicitud
  1. Recoger, escanear, comprobar y registrar la solicitud y documentos presentados.
  2. Entregar copia sellada a la persona solicitante, como justificante.
  3. Cobrar el correspondiente impuesto.
  4. Remitir al departamento de Urbanismo.
Documentos auxiliares
Servicio municipal responsable de la tramitaciónServicio de atención al ciudadano
Información válida hastaModificación normativa.

LICENCIA DE PRIMERA UTILIZACIÓN

4.4
CUESTIÓNRESPUESTA
¿Qué es? ¿Para qué?Comprobar si las obras realizadas se ajustan a las previstas en el proyecto que obtuvo la licencia.
¿Quién lo puede solicitar?Toda persona interesada o su representante legal.
Dónde se solicita
Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

Euskal Herria plaza, 1 20230

Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

En las oficinas de correos mediante correo certificado abierto.

Tramita Online

Requiere identificación electrónica

Documentación a aportar
  1. Impreso de solicitud.
  2. Documentación general:
    1. Certificado de la dirección de obras, con el visado correspondiente que certifique que la obra se ha finalizado conforme al proyecto de obra, las condiciones de la licencia y la normativa urbanística. 

      - En caso de haberse producido modificaciones en el proyecto, se deberá incluir el proyecto de fin de obra. Se aportará un ejemplar en papel y otro en formato digital.

    2. Liquidación de fin de obra.
    3. Certificado de control de calidad, cuando se exija por Ley.
    4. Fotografías de todas las fachadas del edificio.
    5. Informe final de la gestión de residuos. 
  3. Cuando se trate de una construcción nueva o nuevos usos, serán necesarios los siguientes documentos:
    1. Borrador de la escritura de obra nueva construida y distribución horizontal, cuando corresponda.
    2. Documentos que certifiquen que se han realizado las instalaciones correspondientes:
      1. Certificado de las instalaciones de calefacción y climatización y agua caliente.
        Certificado expedido por el departamento de Industria del Gobierno Vasco.
      2. Certificado de la instalación eléctrica de baja tensión.
        Certificado expedido por el departamento de Industria del Gobierno Vasco.
      3. Certificado de prueba de las instalaciones interiores de agua.  
        Certificado expedido por el departamento de Industria del Gobierno Vasco.
      4. Certificado de la instalación de gas.
      5. Certificado de fin de obra de las infraestructuras de telecomunica-ciones de la comunidad, expedido por el personal técnico que ha dirigido el proyecto y es competente en telecomunicaciones (cuando existan elementos activos en la red de distribución en edificios de más de 20 viviendas o infraestructuras).
      6. Certificado de puesta en servicio del ascensor.
      7. Certificado expedido por el departamento de Industria del Gobierno Vasco.
    3. Calificación definitiva de viviendas de protección oficial, cuando corresponda.
    4. Certificado de alta en la contribución urbana.
    5. Copia de la inscripción en el registro de la propiedad, una vez inscrita.

DOCUMENTOS DE IDENTIFICACION:

  • DNI de la persona solicitante
  • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la persona interesada, impreso de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia. 
Más información

Por email:

haz@legazpi.eus

Por teléfono:

Dentro del municipio 010

Desde fuera del municipio 943 73 70 30

¿Cuánto cuesta?

2.- 1. Licencias de ocupación o cambio de uso 

2.1.- Por vivienda 59,00 €
2.2.- Por plaza de garaje 17,00 €
2.3.- Por local comercial hasta 100 m² 137,00 €
2.4.- Por local comercial de más de 100 m² 286,00 €
2.5.- Por pabellón industrial hasta 500 m² 286,00 €
2.6.- Por pabellón industrial de más de 500 m² 567,00 €
Plazo del procedimiento
  • Plazo previsto: un mes
  • Plazo máximo legal: tres meses.
  • Efectos del silencio administrativo: negativo.
Normativa aplicable
Procedimiento a seguir después de la solicitud
  1. Recoger, escanear, comprobar y registrar la solicitud y documentos presentados.
  2. Entregar copia sellada a la persona solicitante, como justificante.
  3. Remitir al departamento de Urbanismo.
Resumen de trámites posteriores
  1. Inspección e informe técnico y jurídico. El informe incluirá la valoración de la obra realizada. 
  2. Resolución por el órgano competente. 
  3. Remisión al departamento de Economía para la liquidación de tasas.
  4. Notificación a la persona interesada.
Documentos auxiliares
Quién lo aprueba?Alcaldía
Servicio municipal responsable de la tramitaciónUrbanismo
Información válida hastaModificación normativa.

LICENCIA DE SEGREGACIÓN DE TERRENOS O EDIFICIOS

4.5
CUESTIÓNRESPUESTA
¿Qué es? ¿Para qué?Licencia para dividir o segregar un terreno, edificio o local.
¿Quién lo puede solicitar?Toda persona interesada o su representante legal.
Dónde se solicita
Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

Euskal Herria plaza, 1 20230

Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

En las oficinas de correos mediante correo certificado abierto.

Tramita Online

Requiere identificación electrónica

Documentación a aportar

  1. Impreso de solicitud.
  2. Memoria donde se describa la finca o fincas a dividir y los terrenos que se crean.
  3. Certificado del registro de la propiedad; en el mismo se recogerán las cuestiones referentes al dominio de las fincas afectadas, la situación de  las cargas y la descripción de los datos básicos de su inscripción.
  4. Plano de situación actual. 
  5. Plano de la división de los terrenos.

DOCUMENTOS DE IDENTIFICACION:

  • DNI de la persona solicitante. 
  • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la persona interesada, impreso de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia. 
Más información

Por email:

haz@legazpi.eus

Por teléfono:

Dentro del municipio 010

Desde fuera del municipio 943 73 70 30

¿Cuánto cuesta?

89,00 €

Plazo del procedimiento
  • Plazo previsto: un mes
  • Plazo máximo legal: 3 meses
  • Efectos del silencio administrativo: negativo
Normativa aplicable
Procedimiento a seguir después de la solicitud
  1. Recoger, escanear, comprobar y registrar la solicitud y documentos presentados.
  2. Entregar copia sellada a la persona solicitante, como justificante.
  3. Remitir al departamento de Urbanismo.
Resumen de trámites posteriores
  1. Informe técnico y jurídico.
  2. Resolución por el órgano competente.
  3. Remisión al departamento de Economía para la liquidación de tasas.
  4. Notificación a la persona interesada
Documentos auxiliares
Servicio municipal responsable de la tramitaciónUrbanismo
Información válida hastaModificación normativa.

DECLARACION DE RUINA

4.6
CUESTIÓNRESPUESTA
¿Qué es? ¿Para qué?Iniciar el procedimiento para declarar en ruina un inmueble.
¿Quién lo puede solicitar?Toda persona interesada o su representante legal.
Dónde se solicita
Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

Euskal Herria plaza, 1 20230

Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

En las oficinas de correos mediante correo certificado abierto.

Tramita Online

Requiere identificación electrónica

Documentación a aportar
  1. Impreso de solicitud.
  2. Informe de la persona técnica –arquitecto- competente donde recoja:
    1. La descripción del estado físico del inmueble. 
    2. Las razones para solicitar la declaración de ruina, conforme a lo establecido en la Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo del País Vasco, en su artículo 201. 
    3. Si a su juicio, el edificio reúne las condiciones de seguridad y habitabilidad suficientes que permitan a sus ocupantes permanecer en él, hasta que se adopte el acuerdo que proceda.
  3. Acreditación de la titularidad, en caso de que quien solicite la declaración de ruina sea la persona propietaria.

DOCUMENTOS DE IDENTIFICACION:

  • DNI de la persona solicitante. 
  • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la persona interesada, impreso de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia. 
  1. Datos identificativos del inmueble.
  2. Motivo en que se basa el estado de ruina.
  3. Lista de moradores del inmueble, cualquiera que sea el título de posesión. 
  4. Titulares de derechos reales sobre el inmueble.
Más información

Por email:

haz@legazpi.eus

Por teléfono:

Dentro del municipio 010

Desde fuera del municipio 943 73 70 30

¿Cuánto cuesta?

858,00 €

Plazo del procedimiento
  • Plazo previsto: 2 meses
  • Plazo máximo legal: 6 meses
  • Efectos del silencio administrativo: positivo, en expedientes iniciados a instancia de parte.
  • Caducidad, en expedientes iniciados de oficio.
Normativa aplicable
Procedimiento a seguir después de la solicitud
  1. Recoger y comprobar la solicitud y documentos presentados.
  2. Dar entrada en el registro y entregar copia a la persona solicitante.
  3. Remitir los documentos al departamento de Urbanismo.
Resumen de trámites posteriores
  1. Informe del arquitecto municipal.
  2. Informe de la Policía municipal, certificando que el edificio está vacío.
  3. Resolución de Alcaldía aprobando la incoación del expediente.
  4. Notificación a las personas interesadas, y apertura de un plazo de 20 días para presentar alegaciones.
  5. Informe técnico y jurídico.
  6. Resolución de Alcaldía con la declaración de ruina.
  7. Remisión al departamento de Economía, para la liquidación de tasas.
  8. Notificación a la persona interesada.
Documentos auxiliares
Quién lo aprueba?Alcaldía
Servicio municipal responsable de la tramitaciónUrbanismo
Información válida hastaModificación normativa

PLAN PARCIAL

4.7
CUESTIÓNRESPUESTA
¿Qué es? ¿Para qué?Los planes parciales establecen la ordenación pormenorizada de un sector delimitado por el plan general o por el correspondiente plan de sectorización en suelo urbanizable.
¿Quién lo puede solicitar?En principio corresponde al ayuntamiento, pero puede ser solicitado por cualquier persona física o jurídica.
Dónde se solicita
Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

Euskal Herria plaza, 1 20230

Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

En las oficinas de correos mediante correo certificado abierto.

Tramita Online

Requiere identificación electrónica

Documentación a aportar
  1. Impreso de solicitud.
  2. Se presentará un ejemplar del pan en papel y otro en formato digital. Se incluirán los siguientes documentos:
    1. Memoria informativa y justificativa, (deberá recoger lo detallado en el art. 68.a. de la Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo).
    2. Planos de información
    3. Planos de ordenación pormenorizada
    4. Estudio de las directrices de organización y gestión de la ejecución.
    5. Normas urbanísticas de desarrollo del Plan general.
    6. Estudio de viabilidad económico-financiera.
    7. Si el plan parcial pudiera tener efectos significativos sobre el medio ambiente, se deberán aportar además los documentos recogidos en el Decreto 211/2012 de 16 de octubre.

DOCUMENTOS DE IDENTIFICACION:

  • DNI de la persona solicitante. 
  • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la persona interesada, impreso de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia.  
Más información

Por email:

haz@legazpi.eus

Por teléfono:

Dentro del municipio 010

Desde fuera del municipio 943 73 70 30

¿Cuánto cuesta?

2.998,00 €

Plazo del procedimiento
  • Plazo máximo legal: la aprobación definitiva, como máximo, a los seis meses de la aprobación inicial. 
  • Efectos del silencio administrativo: negativo .
Normativa aplicable
Procedimiento a seguir después de la solicitud
  1. Recoger, escanear, comprobar y registrar la solicitud y documentos presentados.
  2. Entregar copia sellada a la persona solicitante, como justificante.
  3. Remitir al departamento de Urbanismo.
Resumen de trámites posteriores
  1. Informe técnico y jurídico.
  2. Resolución de Alcaldía, con la aprobación inicial y, en su caso, condiciones. 
  3. Notificación a las personas solicitantes y a las personas propietarias afectadas por la actuación y solicitud de informes sectoriales: a URA-Agencia Vasca del Agua, departamento de Carreteras de la Diputación,….
  4. Publicación de anuncio en el Boletín Oficial de Gipuzkoa, en el/los diario/s  de mayor difusión y en  www.legazpi.eus, dando un plazo de 20 días para presentar alegaciones.
  5. Si hubiera alegaciones, informe del equipo redactor del plan.
  6. Informes de los servicios técnicos municipales sobre las alegaciones y propuesta de acuerdo de aprobación definitiva. 
  7. Dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo y posterior acuerdo del Pleno Municipal con la aprobación definitiva del Plan. Notificación del acuerdo a la persona solicitante y demás personas interesadas.
  8. Remisión del plan a la Diputación Foral para su depósito en e l Registro. 
  9. Publicación de anuncio en el Boletín Oficial de Gipuzkoa, en el/los diario/s  de mayor difusión y en  www.legazpi.eus .
  10. Si el plan parcial pudiera tener efectos significativos sobre el medio ambiente, se deberán aportar además los documentos recogidos en el Decreto 211/2012 de 16 de octubre.
Documentos auxiliares
Quién lo aprueba?Pleno de la Corporación
Servicio municipal responsable de la tramitaciónUrbanismo
Información válida hastaModificación normativa.
ObservacionesSi a la vista de las alegaciones formuladas en el periodo de información pública, las modificaciones fuesen sustanciales, se redactará un nuevo texto refundido del plan parcial, que volverá a ser aprobado inicialmente y se abrirá un nuevo periodo de información pública.

PLAN ESPECIAL

4.8
CUESTIÓNRESPUESTA
¿Qué es? ¿Para qué?Los planes especiales establecen la ordenación, según los casos, para un término municipal completo o parte del mismo, comprendiendo una o varias clases de suelo, o para el ámbito concreto o área definida por el planeamiento general o que el propio plan delimite, en coherencia con su objeto.
¿Quién lo puede solicitar?En principio corresponde al ayuntamiento, pero puede ser solicitado por cualquier persona física o jurídica.
Dónde se solicita
Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

Euskal Herria plaza, 1 20230

Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

En las oficinas de correos mediante correo certificado abierto.

Tramita Online

Requiere identificación electrónica

Documentación a aportar
  1. Impreso de solicitud.
  2. Se presentará un ejemplar del pan en papel y otro en formato digital. Se incluirán los siguientes documentos:
    1. Memoria informativa y justificativa, (deberá recoger lo detallado en el art. 68.a. de la Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo).
    2. Planos de información
    3. Planos de ordenación pormenorizada
    4. Estudio de las directrices de organización y gestión de la ejecución.
    5. Normas urbanísticas de desarrollo del Plan general.
    6. Estudio de viabilidad económico-financiera.
    7. Si el plan parcial pudiera tener efectos significativos sobre el medio ambiente, se deberán aportar además los documentos recogidos en el Decreto 211/2012 de 16 de octubre.

DOCUMENTOS DE IDENTIFICACION:

  • DNI de la persona solicitante. 
  • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la persona interesada, impreso de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia.  
Más información

Por email:

haz@legazpi.eus

Por teléfono:

Dentro del municipio 010

Desde fuera del municipio 943 73 70 30

¿Cuánto cuesta?

2.998,00 €

Plazo del procedimiento
  • Plazo máximo legal: la aprobación definitiva, como máximo, a los seis meses de la aprobación inicial. 
  • Efectos del silencio administrativo: negativo.
Normativa aplicable
Procedimiento a seguir después de la solicitud
  1. Recoger, escanear, comprobar y registrar la solicitud y documentos presentados.
  2. Entregar copia sellada a la persona solicitante, como justificante.
  3. Remitir al departamento de Urbanismo.
Resumen de trámites posteriores
  1. Informe técnico y jurídico.
  2. Resolución de Alcaldía, con la aprobación inicial y, en su caso, condiciones. 
  3. Notificación a las personas solicitantes y a las personas propietarias afectadas por la actuación y solicitud de informes sectoriales: a URA-Agencia Vasca del Agua, departamento de Carreteras de la Diputación,….
  4. Publicación de anuncio en el Boletín Oficial de Gipuzkoa, en el/los diario/s  de mayor difusión y en  www.legazpi.eus, dando un plazo de 20 días para presentar alegaciones.
  5. Si hubiera alegaciones, informe del equipo redactor del plan.
  6. Informes de los servicios técnicos municipales sobre las alegaciones y propuesta de acuerdo de aprobación definitiva. 
  7. Dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo y posterior acuerdo del Pleno Municipal con la aprobación definitiva del Plan. Notificación del acuerdo a la persona solicitante y demás personas interesadas.
  8. Remisión del plan a la Diputación Foral para su depósito en e l Registro. 
  9. Publicación de anuncio en el Boletín Oficial de Gipuzkoa, en el/los diario/s  de mayor difusión y en  www.legazpi.eus .
  10. Si el plan parcial pudiera tener efectos significativos sobre el medio ambiente, se deberán aportar además los documentos recogidos en el Decreto 211/2012 de 16 de octubre.
Documentos auxiliares
Quién lo aprueba?Pleno de la Corporación
Servicio municipal responsable de la tramitaciónUrbanismo
Información válida hastaModificación normativa.
Observaciones
  • Los planes especiales de rehabilitación y los planes especiales de protección y conservación de conjuntos monumentales o inmuebles calificados deberán ser sometidos, una vez aprobados inicialmente, a informe del dpto. de Cultura del Gobierno Vasco, que será emitido en un plazo no superior a un mes.
  • Los planes que afecten a suelo no urbanizable se someterán a informe de la Comisión de Ordenación del Territorio del País Vasco.
  • Si a la vista de las alegaciones formuladas en el periodo de información pública, las modificaciones fuesen sustanciales, se redactará un nuevo texto refundido del plan parcial, que volverá a ser aprobado inicialmente y se abrirá un nuevo periodo de información pública.

ESTUDIO DE DETALLE

4.9
CUESTIÓNRESPUESTA
¿Qué es? ¿Para qué?

Los estudios de detalle tienen por objeto completar o adaptar las

determinaciones de la ordenación pormenorizada en cualquier clase

de suelo. Sus determinaciones se limitarán a:

  • Señalar, rectificar o complementar las alineaciones y rasantes.
  • Ordenar volúmenes.
  • Regular determinados aspectos y características estéticas y compositivas de las obras de urbanización, construcciones, instalaciones y demás obras y elementos urbanos complementarios, definidos en la ordenación pormenorizada.
¿Quién lo puede solicitar?Toda persona interesada o su representante legal.
Dónde se solicita
Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

Euskal Herria plaza, 1 20230

Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

En las oficinas de correos mediante correo certificado abierto.

Tramita Online

Requiere identificación electrónica

Documentación a aportar
  1. Impreso de solicitud.
  2. Estudio de Detalle, un ejemplar en papel y otro en formato digital. Contendrá los siguientes documentos:
    • Memoria que justifique, por un lado, el respeto de los límites legales establecidos y, por otro lado, en su caso,  la necesidad o conveniencia de completar o adaptar las determinaciones del plan general o del planeamiento de desarrollo.
    • Planos de información.
    • Planos de ordenación.

DOCUMENTOS DE IDENTIFICACION:

  • DNI de la persona solicitante. 
  • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la persona interesada, impreso de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia. 
Más información

Por email:

haz@legazpi.eus

Por teléfono:

Dentro del municipio 010

Desde fuera del municipio 943 73 70 30

¿Cuánto cuesta?

1.073,00 €

Plazo del procedimiento
  • Plazo máximo legal: 3 meses para la aprobación inicial.
  • Tres meses para la aprobación definitiva, contando desde la aprobación inicial.
  • Efectos del silencio administrativo: negativo.
Normativa aplicable
Procedimiento a seguir después de la solicitud
  1. Recoger, escanear, comprobar y registrar la solicitud y documentos presentados.
  2. Entregar copia sellada a la persona solicitante, como justificante.
  3. Remitir al departamento de Urbanismo.
Resumen de trámites posteriores
  1. Informe técnico y jurídico.
  2. Resolución de Alcaldía, con la aprobación inicial.
  3. Notificación a las personas solicitantes y a las personas propietarias afectadas por la actuación y solicitud de informes sectoriales: a URA-Agencia Vasca del Agua, departamento de Carreteras de la Diputación... 
  4. Publicación de anuncio en el Boletín Oficial de Gipuzkoa, en el/los diario/s  de mayor difusión y en  www.legazpi.eus , dando un plazo de 20 días para presentar alegaciones.
  5. Si hubiera alegaciones, informe técnico y jurídico.
  6. Dictamen de la Comisión de Urbanismo y posterior acuerdo del Pleno Municipal con la aprobación definitiva del Estudio. 
  7. Notificación del acuerdo a la persona solicitante y personas interesadas afectadas.
Documentos auxiliares
Quién lo aprueba?Pleno de la Corporación
Servicio municipal responsable de la tramitaciónUrbanismo
Información válida hastaModificación normativa.
ObservacionesSi fuera necesario, se redactará el Texto Refundido que recoja los cambios introducidos durante la tramitación del expediente.

PROYECTO DE REPARCELACIÓN

4.10
CUESTIÓNRESPUESTA
¿Qué es? ¿Para qué?

Reparcelación: es la agrupación de fincas de una unidad de ejecución para su nueva división ajustada al plan. A consecuencia de ello se adjudican las parcelas resultantes a las personas interesadas, en función de los derechos de cada uno.

El proyecto de reparcelación es de gran trascendencia ya que establece las parcelas edificables que les van a corresponder a cada una de las personas propietarias de la unidad de ejecución y las cargas de urbanización de cada una de las parcelas.
¿Quién lo puede solicitar?Puede ser formulado a iniciativa del promotor de la urbanización, persona propietaria o agente urbanizador, o directamente de oficio por el Ayto.
Dónde se solicita
Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

Euskal Herria plaza, 1 20230

Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

En las oficinas de correos mediante correo certificado abierto.

Tramita Online

Requiere identificación electrónica

Documentación a aportar
  1. Impreso de solicitud.
  2. Proyecto de reparcelación, un ejemplar en papel y otro en formato digital. Se incluirán, al menos, los siguientes documentos:
    • Informe que justifique la reparcelación.
    • Relación de las personas propietarias e interesadas con expresión de la naturaleza y cuantía de su derecho.
    • Propuesta de adjudicación de las fincas resultantes.
    • Tasación de los derechos que se extinguirán con consecuencia de la ejecución del Plan.
    • Cuenta de liquidación provisional.
    • Planos.

DOCUMENTOS DE IDENTIFICACION:

  • DNI de la persona solicitante. 
  • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la persona interesada, impreso de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia. 
Más información

Por email:

haz@legazpi.eus

Por teléfono:

Dentro del municipio 010

Desde fuera del municipio 943 73 70 30

¿Cuánto cuesta?

1.607,00 €

Plazo del procedimiento
  • Plazo máximo legal: 3 meses.
  • Efectos del silencio administrativo: positivo, siempre que sea conforme con la ordenación urbanística o territorial.
Normativa aplicable
Procedimiento a seguir después de la solicitud
  1. Recoger, escanear, comprobar y registrar la solicitud y documentos presentados.
  2. Entregar copia sellada a la persona solicitante, como justificante. 
  3. Remitir al departamento de Urbanismo.
Resumen de trámites posteriores
  1. Informe técnico y jurídico.
  2. Resolución de Alcaldía, con la aprobación inicial
  3. Notificación a las personas solicitantes y a las personas propietarias afectadas.
  4. Publicación de anuncio en el Boletín Oficial de Gipuzkoa y en  www.legazpi.eus , dando un plazo de 20 días para presentar alegaciones
  5. Si hubiera alegaciones, informes técnicos correspondientes.
  6. Si como consecuencia de alegaciones presentadas hay que modificar el proyecto, se dará cuenta de dichas modificaciones  a las personas propietarias y se ofrecerá un nuevo plazo de 15 días para presentar alegaciones.
  7. Si como consecuencia de alegaciones presentadas y de los informes técnicos, hay que modificar el proyecto porque se afecta sustancialmente a su contenido general o a la mayor parte de los afectados, nuevo trámite de audiencia a todos los interesados en el expediente en el plazo de 20 días.
  8. Informes del personal técnico municipal.
  9. Decreto de Alcaldía,  con la aprobación definitiva del proyecto.
  10. Notificación del acuerdo a las personas propietarias y demás personas interesadas. 
  11. Publicación de la aprobación definitiva ene l Boletín Ofical de Gipuzkoa y en www.legazpi.eus.
  12. Inscripción en el Registro de la Propiedad, mediante certificación administrativa.
Documentos auxiliares
Quién lo aprueba?Alcaldía.
Servicio municipal responsable de la tramitaciónUrbanismo.
Información válida hastaModificación normativa.

PROYECTO DE URBANIZACION

4.11
CUESTIÓNRESPUESTA
¿Qué es? ¿Para qué?Los proyectos de urbanización son proyectos de obras que definen los detalles técnicos de las obras de urbanización.
¿Quién lo puede solicitar?Cualquier persona física o jurídica interesada o su representante legal.
Dónde se solicita
Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

Euskal Herria plaza, 1 20230

Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

En las oficinas de correos mediante correo certificado abierto.

Tramita Online

Requiere identificación electrónica

Documentación a aportar
  1. Impreso de solicitud.
  2. Proyecto de urbanización, un ejemplar en papel y otro en formato digital. Se incluirán, al menos, los siguientes documentos:
    • memoria descriptiva de las características de las obras
    • planos de proyecto y de detalle, mediciones, presupuesto, pliego de condiciones de las obras y servicios y
    • además, estudios de seguridad y calidad, programas de seguridad-calidad y de gestión de residuos.

DOCUMENTOS DE IDENTIFICACION:

  • DNI de la persona solicitante. 
  • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la persona interesada, impreso de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia. 
Más información

Por email:

haz@legazpi.eus

Por teléfono:

Dentro del municipio 010

Desde fuera del municipio 943 73 70 30

¿Cuánto cuesta?

2.356,00 €

Plazo del procedimiento

Plazo máximo legal: 3 meses para la aprobación inicial + 20 días para la publicación + 2 meses para la aprobación definitiva. 

Efectos del silencio administrativo:

  • Negativo, en el trámite para la aprobación inicial.
  • Positivo, ene l trámite para la aprobación definitiva.
Normativa aplicable
Procedimiento a seguir después de la solicitud
  1. Recoger, escanear, comprobar y registrar la solicitud y documentos presentados.
  2. Entregar copia sellada a la persona solicitante, como justificante.
  3. Remitir al departamento de Urbanismo.
Resumen de trámites posteriores
  1. Informe técnico y jurídico.
  2. Resolución de Alcaldía, con la aprobación inicial y, en su caso, condiciones.
  3. Solicitud de informes sectoriales y notificación a las empresas suministradores de los servicios de electricidad, gas y telefonía
  4. Publicación de anuncio en el Boletín Oficial de Gipuzkoa,  y en www.legazpi.eus, dando un plazo de 20 días para presentar alegaciones.
  5. Si hubiera alegaciones, informe del equipo redactor del proyecto.
  6. Informes de los servicios técnicos municipales sobre la pertinencia de las alegaciones, resto de informes y aprobación definitiva.
  7. Decreto de Alcaldía, con la aprobación definitiva del proyecto. 
  8. Notificación del acuerdo a las personas interesadas.
  9. Publicación de anuncio en el Boletín Oficial de Gipuzkoa, en el/los diario/s  de mayor difusión y en  www.legazpi.eus
  10. Liquidación de tasas municipales.
Documentos auxiliares
Quién lo aprueba?Alcaldía
Servicio municipal responsable de la tramitaciónUrbanismo.
Información válida hastaModificación normativa.
ObservacionesEn el caso de que el proyecto esté sometido al procedimiento de evaluación de impacto ambiental la tramitación será conforme a lo establecido en la legislación vigente.

LICENCIA DE ACTIVIDAD CLASIFICADA

4.12
CUESTIÓNRESPUESTA
¿Qué es? ¿Para qué?Licencia para desarrollar alguna de las actividades previstas en el Anexo II – A de la Ley 3/1998 General de protección del medio ambiente del País Vasco ."
¿Quién lo puede solicitar?Toda persona interesada o su representante legal.
Dónde se solicita
Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

Euskal Herria plaza, 1 20230

Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

En las oficinas de correos mediante correo certificado abierto.

Tramita Online

Requiere identificación electrónica

Documentación a aportar
  1. Impreso de solicitud.
  2. Proyecto técnico, un ejemplar en papel y otro en formato digital. Se incluirán los siguientes documentos:
    • Memoria descriptiva y/o justificativa,  sobre lo recogido en el artículo 57 de la Ley 3/1998, de 27 de marzo, General de protección del medio ambiente y en el Anexo IV del Decreto 165/1999, de 9 de marzo.
    • Características del local o edificio: ubicación, superficies, descripción de los accesos, escaleras, distribución proyectada, servicios higiénicos, ventilación, sobrecargas aceptables y características del resto de la construcción y especialmente, se expresarán las medidas a adoptar para dar cumplimiento a las ordenanzas aplicables en temas de incendios, seguridad, salubridad e higiene. 
    • Lista de materias primas y productos intermedios: consumo anual y cantidad máxima almacenable prevista de cada uno de ellos, sus características físicas y químicas, expresando las consecuencias adicionales que pueden tener y las medidas de seguridad adoptadas.  
    • Proceso industrial, describiendo las fases y las transformaciones necesarias que han sufrido las materias primas hasta conseguir los productos finales. 
    • Producción: qué producto se prevé producir, cantidad máxima de producto que se prevé almacenar y características del producto terminado y residuos  expresando las medidas de seguridad a adoptar en los trabajos de almacenaje.
    • Posibles efectos en el medio ambiente: ruido, vibración, humo, niebla, olor y hedor, vertido de aguas sucias, riesgo de cambios de temperatura y de fuego en el entorno, expresando el nivel de eficacia y garantía de seguridad, los efectos adicionales que pueden tener y el cumplimento de condiciones especiales reguladas por la legislación vigente.          
    • Plano de situación, ubicación y proyecto, con las medidas y contenidos recogidas en dichas disposiciones. Especialmente, se recogerán lo siguiente: 
      • Plano de situación. En este caso,  se recogerá a escala 1/1000 un área que comprenda un círculo de al menos 100 metros en torno al edificio donde se establecerá la actividad.         
      • De existir, planos de la maquinaria del local o instalación, expresando la ubicación exacta. Plano a escala 1/100.
      • Planos de alzados y secciones de la ubicación del local dentro del edificio, así como usos y actividades de los locales o espacios anexos. 
  3. Certificado de la formación técnica y capacidad profesional de la persona redactora del proyecto; si es posible mediante certificado del colegio profesional correspondiente en caso de que el proyecto no disponga de su visado.
  4. Para poder poner en marcha la actividad:
  5. Comunicación previa por parte de la persona interesada una vez instalada y adecuada la actividad. Asimismo, documento redactado por técnico competente certificando que la actividad se ajusta al proyecto y cumple con las medidas correctoras establecidas. Se podrá presentar a partir del día de puesta en marcha de la actividad.

DOCUMENTOS DE IDENTIFICACION:

  • DNI de la persona solicitante. 
  • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la persona interesada, impreso de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia. 
Más información

Por email:

haz@legazpi.eus

Por teléfono:

Dentro del municipio 010

Desde fuera del municipio 943 73 70 30

¿Cuánto cuesta?
3.2.- Actividades que deben solicitar licencia 637,00 €
Plazo del procedimiento
  • Plazo previsto: 6 meses.
  • Plazo máximo legal: 6 meses.
  • Efectos del silencio administrativo: negativo.
Normativa aplicable
Procedimiento a seguir después de la solicitud
  1. Recoger, escanear, comprobar y registrar la solicitud y documentos presentados.
  2. Entregar copia sellada a la persona solicitante, como justificante.
  3. Remitir al departamento de Urbanismo.
Resumen de trámites posteriores
  1. Informe urbanístico. 
  2. Información pública en el Boletín Oficial de Gipuzkoa y comunicación a las personas interesadas. 
  3. Remisión a la administración sanitaria, para que realice el reglamentario informe vinculante.
  4. Remisión al órgano de medio ambiente del Gobierno Vasco, para que realice el informe estableciendo las medidas correctoras; el informe será vinculante en caso de ser desfavorable.
  5. Informes técnico y jurídico.
  6. Resolución de Alcaldía.
  7. Comunicación a la persona interesada.

Trámites para la puesta en marcha de la actividad:

  1. Análisis de la documentación presentada.
  2. Visita de verificación por parte de personal técnico competente. 
  3. Liquidación de tasa. 
  4. Registro de la actividad.
Documentos auxiliares
Quién lo aprueba?Alcaldía
Servicio municipal responsable de la tramitaciónUrbanismo
Información válida hastaModificación normativa
ObservacionesEn caso de tener que realizar obras en el local, se tramitará la licencia de actividad con anterioridad a la solicitud de la licencia de obras.

COMUNICACIÓN PREVIA DE ACTIVIDAD

4.13
CUESTIÓNRESPUESTA
¿Qué es? ¿Para qué?Requisito necesario para poner en funcionamiento, ampliar o reformar una actividad de las previstas en el art. 2 de la Ordenanza municipal del régimen de comunicación previa.
¿Quién lo puede solicitar?Toda persona interesada o su representante legal.
Dónde se solicita
Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

Euskal Herria plaza, 1 20230

Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

En las oficinas de correos mediante correo certificado abierto.

Tramita Online

Requiere identificación electrónica

Documentación a aportar
  1. Impreso de solicitud.
  2. En cada caso, documentación conforme a los Anexos I y II de la Ordenanza Municipal.
  3. Certificado del técnico responsable, que acredite que la actividad cumple la legislación vigente.
  4. Memoria que incorpore descripción de la actividad. 

DOCUMENTOS DE IDENTIFICACION:

  • DNI de la persona solicitante. 
  • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la persona interesada, impreso de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia. 
Más información

Por email:

haz@legazpi.eus

Por teléfono:

Dentro del municipio 010

Desde fuera del municipio 943 73 70 30

¿Cuánto cuesta?
Locales de hasta 50,00 m2 de superficie     56,00 €
Locales entre 50,00 m2 y 200 m2   163,00 €
Locales de más de 200 m2   430,00 €
Plazo del procedimiento
  • Plazo previsto: al momento
  • Plazo máximo legal: no procede
  • Efectos del silencio administrativo: no procede
Normativa aplicable
Procedimiento a seguir después de la solicitud
  1. Recoger, escanear, comprobar y registrar la solicitud y documentos presentados.
  2. Entregar copia sellada a la persona solicitante, como justificante.
  3. Remitir al departamento de Urbanismo.
Resumen de trámites posteriores
  1. Comprobación por parte del personal técnico de la documentación aportada, y  que la actividad comunicada es adecuada según la ordenación urbanística municipal.
  2. Visita de comprobación por parte del personal técnico del cumplimiento de lo comunicado, así como que la actividad se ajusta a lo manifestado. 
  3. Remisión al Departamento de Economía para la liquidación de tasas.
Documentos auxiliares
Servicio municipal responsable de la tramitaciónUrbanismo
Información válida hastaModificación normativa
Observaciones
  • Se deberán cumplir los requisitos establecidos en la normativa vigente para el desarrollo de la actividad indicada así como disponer de la documentación (autorizaciones, puestas en servicio, etc.) que así lo acrediten. 
  • Deberá  mantenerse  su cumplimiento durante la vigencia de la actividad, así como facilitar la inspección del local y la actividad por el servicio técnico municipal y, en su caso,  corregir en el plazo que se establezca las deficiencias advertidas por el Ayuntamiento.
  • Cualquier cambio en las condiciones del establecimiento así como cualquier variación que pretenda realizar que afecte a las circunstancias objeto de la presente comunicación, deberá ser comunicada al Ayuntamiento, así como la de la obligación de obtener las licencias que en su caso, fueran precisas.
  • El cese efectivo de la actividad durante al menos 6 meses traerá consigo la caducidad de este documento, con la consiguiente prohibición de volver a ejercerla si no presenta una nueva comunicación.

CAMBIO DE TITULARIDAD DE LA ACTIVIDAD

4.14
CUESTIÓNRESPUESTA
¿Qué es? ¿Para qué?Comunicar el cambio de titularidad de una actividad (hostelería, comercio, servicios, industria...) del anterior titular en favor de la persona solicitante.
¿Quién lo puede solicitar?Toda persona interesada o su representante legal.
Dónde se solicita
Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

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Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

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Documentación a aportar
  1. Impreso de cambio de titularidad presentado por la persona interesada.         
  2. Identificación precisa de la nueva persona titular de la actividad o instalación.

DOCUMENTOS DE IDENTIFICACION:

  • DNI de la persona solicitante. 
  • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la persona interesada, impreso de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia. 
Más información

Por email:

haz@legazpi.eus

Por teléfono:

Dentro del municipio 010

Desde fuera del municipio 943 73 70 30

¿Cuánto cuesta?

72,00 €

Plazo del procedimiento
  • Plazo previsto: una semana
  • Plazo máximo legal: no procede
  • Efectos del silencio administrativo: no procede
Normativa aplicable
Procedimiento a seguir después de la solicitud
  1. Recoger, escanear, comprobar y registrar la solicitud y documentos presentados.
  2. Entregar copia sellada a la persona solicitante, como justificante.
  3. Remitir al departamento de Urbanismo.
Resumen de trámites posteriores
  1. Comunicación a las personas interesadas.
  2. Remisión al departamento de Economía, para la liquidación de tasas.
Documentos auxiliares
Servicio municipal responsable de la tramitaciónUrbanismo
Información válida hastaModificación normativa.
ObservacionesEl cambio de titularidad de la actividad tendrá efectos en el ayuntamiento desde el día en que se presente la notificación de tal cambio junto con toda la documentación requerida. Desde ese momento, el nuevo titular quedará subrogado en todos los derechos, obligaciones y responsabilidades del anterior titular.

AUTORIZACIÓN DE VADO

4.15
CUESTIÓNRESPUESTA
¿Qué es? ¿Para qué?Obtener licencia o autorización para el aprovechamiento de la vía pública para entrada y salida de vehículos. Se trata de un uso especial del dominio público.
¿Quién lo puede solicitar?Toda persona interesada o su representante legal.
Dónde se solicita
Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

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Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

En las oficinas de correos mediante correo certificado abierto.

Tramita Online

Requiere identificación electrónica

Documentación a aportar
  1. Impreso de solicitud.
  2. Siguiente documentación:
    • Declaración de la persona solicitante, manifestando que no se llevará a cabo en el local ninguna otra actividad diferente a la declarada en la solicitud. 
    • Plano de situación del edificio, realizada a escala 1:500.
    • Planos del local, realizados a escala 1:100, donde se albergarán los vehículos, expresando claramente la superficie en m². Asimismo, se expresarán las entradas al local y las características del mismo. 
    • Cuando se trate de un local para algún negocio, además de lo anterior se presentará una descripción resumida de la actividad y la cantidad media de vehículos  que entran y salen del mismo.

DOCUMENTOS DE IDENTIFICACION:

  • DNI de la persona solicitante. 
  • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la persona interesada, impreso de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia. 
Más información

Por email:

haz@legazpi.eus

Por teléfono:

Dentro del municipio 010

Desde fuera del municipio 943 73 70 30

¿Cuánto cuesta?
Categoría por calles
1.Cat. 2.Cat. 3.Cat.
1.- Locales o garajes que alberguen hasta 5 vehículos,
al año, por metro lineal de entrada o fracción
32,40€  29,30€ 26,30€
2.- Locales o garajes que alberguen más de 5 vehículos, al año:
2.1.- Por metro lineal de entrada o fracción 32,40€ 29,30€ 26,30€
2.2- Por plaza de garaje 13,30€ 11,60€ 11,20€
3.- Por plaza a colocar: 42,07€
Plazo del procedimiento
  • Plazo previsto: un mes.
  • Plazo máximo legal: tres meses.
  • Efectos del silencio administrativo: negativo.
Normativa aplicable
Procedimiento a seguir después de la solicitud
  1. Recoger, escanear, comprobar y registrar la solicitud y documentos presentados.
  2. Entregar copia sellada a la persona solicitante, como justificante.
  3. Remitir al departamento de Urbanismo.
Resumen de trámites posteriores
  1. Informes técnico y jurídico. 
  2. Resolución por órgano competente. 
  3. Remisión al departamento de Economía, para la liquidación de tasas
  4. Comunicación a la persona interesada. 
  5. Recogida de la placa de vado en el ayuntamiento una vez realizado el pago de la tasa.
Documentos auxiliares
Quién lo aprueba?Alcaldía
Servicio municipal responsable de la tramitaciónUrbanismo
Información válida hastaModificación normativa.
ObservacionesEl Plan General de Ordenación Urbana de Legazpi recoge en su artículo 53.3.E a) lo siguiente: …requiriéndose en cualquier caso a los efectos de autorizar un nuevo vado la necesidad de que el garaje pueda acoger el aparcamiento de, al menos, tres coches.

INSTALACIÓN DE TERRAZAS Y VELADORES EN LA VIA PUBLICA

4.16
CUESTIÓNRESPUESTA
¿Qué es? ¿Para qué?

Licencia para la instalación de terrazas y veladores y demás instalaciones complementarias en la vía pública.

¿Quién lo puede solicitar?

Toda persona interesada o su representante legal.

Dónde se solicita
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Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

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Tramita Online

Requiere identificación electrónica

Documentación a aportar
  1. Impreso de solicitud.

DOCUMENTOS DE IDENTIFICACION:

  • DNI de la persona solicitante. 
  • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la persona interesada, impreso de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia. 

    2. La primera solicitud de licencia o cuando se trate de cambio sustancial de la instalada con anterioridad, deberá adjuntarse un estudio/boceto de ocupación que constará de:

     a) Emplazamiento del local con detalle de superficie a ocupar por la instalación, e indicación de longitud de fachada y del ancho de los pasos resultantes, reflejando, además la existencia de cualquier obstáculo fijo (señales, bancos, otro mobiliario urbano, etc.)

b) plano en el que se recoja el tramo de vía pública afectado por la instalación, con detalle de distribución de mesas y sillas.

c) Justificante de la póliza de seguro de responsabilidad civil por un importe mínimo de 150.000€, y que cubra los daños que se pudieran generar en el ejercicio de la actividad.

3. Para posteriores períodos que no supongan cambios sustanciales en la autorización inicial, será suficiente con presentar una comunicación previa en el Ayuntamiento, acompañada del abono de las tasas que correspondan, y en su caso, de la conformidad de los establecimientos adyacentes.

4. El cambio de titularidad del establecimiento hostelero conllevará la obligación del nuevo titular de solicitar la autorización para la ocupación del espacio con la terraza, en base a los apartados 1 y 2. 

Más información

Por email:

haz@legazpi.eus

Por teléfono:

Dentro del municipio 010

Desde fuera del municipio 943 73 70 30

¿Cuánto cuesta?
                                                                                          Categoría por calles
1.Cat. 2.Cat. 3.Cat.
1.- Mesas, veladores, sillas, parasoles o similares,por mesa instalada al año 72,90€  62,80€ 52,90€
2.- Terrazas o marquesinas instaladas en la vía públicaMediante anclajes fijos, m² o fracción, al año 12,10€ 10,10€ 8,10€
Plazo del procedimiento
  • Plazo previsto: 15 días
  • Plazo máximo legal: 3 meses
  • Efectos del silencio administrativo: negativo
Normativa aplicable
Procedimiento a seguir después de la solicitud

1. Recoger, escanear, comprobar y registrar la solicitud o “comunicación previa”.

Si es comunicación previa :

2. Entregar copia sellada a la persona solicitante, como justificante.

3. Remitir al Área de Territorio.

Documentos auxiliares
Quién lo aprueba?Alcaldía
Servicio municipal responsable de la tramitación

Territorio

Información válida hasta

Caducidad del periodo solicitado (máximo de un año natural) o Modificación normativa.

LICENCIA DE USO DE CAMINOS RURALES DE TITULARIDAD MUNICIPAL

4.17
CUESTIÓNRESPUESTA
¿Qué es? ¿Para qué?Licencia para que vehículos pesados utilicen caminos rurales públicos de titularidad municipal
¿Quién lo puede solicitar?Toda persona interesada o su representante legal.
Dónde se solicita
Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

Euskal Herria plaza, 1 20230

Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

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Requiere identificación electrónica

Documentación a aportar

  1. Impreso de solicitud.
  2. Recorrido, ubicación del terreno y referencia catastral.
  3. Duración de los trabajos.
  4. Características de los camiones, estéreos, número de ejes, …

    DOCUMENTOS DE IDENTIFICACION:

    • DNI de la persona solicitante. 
    • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la persona interesada, impreso de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia. 
    Más información

    Por email:

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    Por teléfono:

    Dentro del municipio 010

    Desde fuera del municipio 943 73 70 30

    ¿Cuánto cuesta?
    Caminos municipales Euro
    1. Uso para extraer madera, por m3 o fracción 
    1.1.- Hasta 1 kilometro     0,31€
    1.2.- Entre 1 y 2 kilómetros    0,42€
    1.3.- Más de 2 kilómetros    0,52€
    2.- Otro usos, por camión:
    2.1.- Hasta 1 kilometro   10,10€
    2.2.- Entre 1 y 2 kilómetros   14,50€
    2.3.- Más de 2 kilómetros   16,50€
    3.- Tasa mínima 147,00€
    Plazo del procedimiento
    • Plazo previsto: 15 días
    • Plazo máximo legal: 3 meses
    • Efectos del silencio administrativo: negativo
    Normativa adicional
    1. Recoger y comprobar solicitud y documentos presentados.
    2. Registro de entrada y entregar copia sellada a la persona solicitante.
    3. Remitir al departamento de Agricultura.
    Normativa aplicable
    Procedimiento a seguir después de la solicitud
    1. Informe de la persona técnica del departamento de Agricultura.
    2. Habrá que presentar un aval.
    3. Resolución de Alcaldía.
    4. Comunicación de la resolución a la persona interesada.
    5. Después del uso del camino, la persona interesada podrá solicitar la devolución del aval. Para ello, los servicios técnicos municipales realizarán un informe en el cual certificarán que no ha habido reclamaciones por parte del Ayuntamiento ni por personas particulares; a continuación se devolverá el aval.
    Documentos auxiliares
    Quién lo aprueba?Alcaldía
    Servicio municipal responsable de la tramitaciónAgricultura
    Información válida hastaModificación normativa
    ObservacionesEl ayuntamiento de Legazpi recibe escrito de la Diputación Foral de Gipuzkoa comunicando que se ha concedido el permiso para la explotación foresta. Al recibo de dicha comunicación el ayuntamiento remite escrito a la persona solicitante para que, si procede, solicite la licencia de uso de caminos de titularidad municipal.

    CESIÓN DE MATERIAL MUNICIPAL PARA ACTIVIDADES

    4.18
    CUESTIÓNRESPUESTA
    ¿Qué es? ¿Para qué?El ayuntamiento pone a disposición de la ciudadanía material de su propiedad para la organización de diferentes actos: tablado, vallas, tomas de luz,…
    ¿Quién lo puede solicitar?Toda persona interesada o su representante legal.
    Dónde se solicita
    Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

    Euskal Herria plaza, 1 20230

    Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

    En las oficinas de correos mediante correo certificado abierto.

    Tramita Online

    Requiere identificación electrónica

    Documentación a aportar

    1. Impreso de solicitud.

    DOCUMENTOS DE IDENTIFICACION:

    • DNI de la persona solicitante. 
    • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la persona interesada, impreso de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia.
    Más información

    Por email:

    haz@legazpi.eus

    Por teléfono:

    Dentro del municipio 010

    Desde fuera del municipio 943 73 70 30

    ¿Cuánto cuesta?
    Uso de algunos bienes municipales Euros
    Camión-grúa (incluido chofer), por hora o fracción 98,40€
    Otros vehículos municipales (incluido chofer), por hora o fracción 48,30€
    Vallas, por día y unidad 1,60€
    Tablado, por metro cuadrado y día 5,50€
    Mesas, por día y unidad 2,20€
    Sillas, por día y unidad 1,60€


    Plazo del procedimiento
    • Plazo previsto: una semana
    • Plazo máximo legal: no procede
    • Efectos del silencio administrativo: no procede
    Normativa aplicable
    Procedimiento a seguir después de la solicitud
    1. Recoger, escanear, comprobar y registrar la solicitud y documentos presentados.
    2. Entregar copia sellada a la persona solicitante, como justificante.
    3. Remitir al departamento de Servicios y según el lugar, se le hará saber también al responsable técnico correspondiente.
    Resumen de trámites posteriores
    1. Respuesta de los Servicios municipales, por teléfono.
    2. Remitir al departamento de Economía, para la liquidación de tasas.
    Documentos auxiliares
    Servicio municipal responsable de la tramitaciónDepartamento de Servicios
    Observaciones

    - Los responsables técnicos de los espacios son:

    1.Frontón URBELTZ e instalaciones deportivas (Técnico de deportes)

    2.Salas del Centro Social (Técnico de Servicios Sociales)

    3.Centros escolares (Técnico de Educación)

    4.AZOKA y "suelo público municipal" (Jefe de la Policía Municipal)

    -Si la persona solicitante es un particular, el transporte del material será por su cuenta .

    -Si no se devuelve el material cedido, se solicitará el valor del mismo a la persona solicitante.

    LICENCIA DE TENENCIA DE ARMAS DE AIRE COMPRIMIDO

    4.19
    CUESTIÓNRESPUESTA
    ¿Qué es? ¿Para qué?Solicitud de licencia de tenencia de armas de aire comprimido, cuarta categoría.
    ¿Quién lo puede solicitar?Personas mayores de 18 años que viven en Legazpi. Las que tienen entre 14 y 18 años, deberán contar con permiso paterno/materno o del tutor legal.
    Dónde se solicita
    Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

    Euskal Herria plaza, 1 20230

    Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

    Tramita Online

    Requiere identificación electrónica

    Documentación a aportar
    1. Impreso de solicitud
    2. Factura de la compra o documento de la transferencia de propiedad.
    3. Las personas de entre 14 y 18 años, per miso paterno/materno o del tutor legal. 
    4. La persona deberá traer el arma para poder verificar el número de serie.

    DOCUMENTOS IDENTIFICATIVOS:

    • DNI de la persona solicitante.
    Más información

    Por email:

    haz@legazpi.eus

    Por teléfono:

    Dentro del municipio 010

    Desde fuera del municipio 943 73 70 30

    ¿Cuánto cuesta?

    El coste de la gestión es asumido por el Ayuntamiento

    Plazo del procedimiento
    • Plazo previsto:  7 días
    • Plazo máximo legal: 3 meses
    • Efectos del silencio administrativo: negativo
    Normativa aplicable
    Procedimiento a seguir después de la solicitud
    1. Dar entrada a la solicitud, recoger y verificar los documentos presentados.
    2. Remitir a la Policía municipal.
    Resumen de trámites posteriores
    1. Informe de la Policía municipal y resolución de Alcaldía.
    2. Si el informe es favorable, 
      • Dar de alta en el registro municipal de armas de aire comprimido. 
      • Realizar la tarjeta y remitirla al domicilio facilitado por la persona solicitante.
      • Remitir un ejemplar de la tarjeta al cuartel de Oñati.
      • Archivar otro ejemplar de la tarjeta ene l registro municipal de armas.
    Documentos auxiliares
    Quién lo aprueba?Alcaldía
    Servicio municipal responsable de la tramitaciónPolicía Municipal
    Información válida hastaModificación normativa

    LICENCIA DE TENENCIA DE ANIMALES POTENCIALMENTE PELIGROSOS

    4.20
    CUESTIÓNRESPUESTA
    ¿Qué es? ¿Para qué?Solicitud de licencia para tener animales potencialmente peligrosos.
    ¿Quién lo puede solicitar?Persona residente en Legazpi mayor de 18 años, siempre que cumpla los requisitos contemplados en la Ley 199/50 y en el Real Decreto 278/2002.
    Dónde se solicita
    Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

    Euskal Herria plaza, 1 20230

    Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

    Documentación a aportar
    1. Impreso de solicitud.
    2. DNI de la persona solicitante.
    3. Dos (2) fotos de tamaño carné.
    4. Certificado sobre la facultad física y capacidad psicológica, expedido por un centro donde se realicen exámenes médicos para el permiso de conducción con una antigüedad de tres meses anterior a la presentación de la solicitud.
    5. Póliza de seguro de responsabilidad civil (por al menos 120.000 €) y el recibo correspondiente.
    6. Tarjeta sanitaria del animal e identificación por medio de microchip. 
    7. Declaración jurada manifestando lo siguiente: no haber sido sancionado/a por infracción grave ni muy grave con algunas de las sanciones de las previstas ene l apartado 3 del artículo 13 de la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos (según modelo oficial).
    8. Cuando corresponda, copia justificante de que el animal es estéril.
    Más información

    Por email:

    haz@legazpi.eus

    Por teléfono:

    Dentro del municipio 010

    Desde fuera del municipio 943 73 70 30

    ¿Cuánto cuesta?

    El coste de la gestión es asumido por el Ayuntamiento

    Plazo del procedimiento
    • Plazo previsto: un mes
    • Plazo máximo legal: 3 meses
    • Efectos del silencio administrativo: negativo
    Normativa aplicable
    Procedimiento a seguir después de la solicitud
    1. Recoger, comprobar y registrar la solicitud y documentos aportados.
    2. Entregar copia sellada a la persona solicitante, como justificante.
    3. Remitir a la Policía municipal para su tramitación.
    Resumen de trámites posteriores
    1. Verificar que los documentos están actualizados y son válidos.
    2. Elaborar la licencia y notificarla.
    Documentos auxiliares
    Quién lo aprueba?Alcaldía
    Servicio municipal responsable de la tramitaciónPolicía municipal
    Información válida hastaModificación normativa
    ObservacionesEl permiso deberá renovarse cada 5 años.

    LICENCIA DE VENTA EN EL MERCADO SEMANAL

    4.21
    CUESTIÓNRESPUESTA
    ¿Qué es? ¿Para qué?

    Solicitud de licencia para la venta en el Mercado Semanal.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Toda persona interesada o su representante legal

    Dónde se solicita
    Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

    Euskal Herria plaza, 1 20230

    Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

    En las oficinas de correos mediante correo certificado abierto.

    Tramita Online

    Requiere identificación electrónica

    Documentación a aportar

    1.Impreso de solicitud.

    DOCUMENTOS DE IDENTIFICACION:

    • DNI de la persona solicitante

    • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la persona interesado, impreso de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia.

    -Impuesto de actividades económicas

    -Justificante de seguro de autónomos

    -En caso de ser extranjero: Permiso de Residencia

    -Contrato de asalariados

    -Seguro de responsabilidad civil. (Copia de la póliza)

    Más información

    Por email:

    haz@legazpi.eus

    Por teléfono:

    Dentro del municipio 010

    Desde fuera del municipio 943 73 70 30

    ¿Cuánto cuesta?

    El Ayuntamiento asume el coste de la gestión. Si bien, la actividad está sujeta a la tasa correspondiente recogida en la Ordenanza fiscal:

    F.Servicios en el Mercado Semanal.

    a)Productos hortofrutícolas de baserritarras no empadronados en este municipio, por metro lineal o fracción, al trimestre ,  5,50€

    b) Resto, por metro lineal o fracción,  25,70€

    Plazo del procedimiento

    Del 1 de octubre al 31 de octubre

    Efectos del silencio administrativo: negativo

    Normativa adicional

    Ordenanza fiscal

    Ordenanza municipal reguladora sobre la venta ambulante

    Normativa aplicable
    Procedimiento a seguir después de la solicitud

    1.Recoger, escanear, comprobar y registrar la solicitud, y documentos presentados.

    2.Entregar copia sellada a la persona solicitante, como justificante.

    3.Emitir al departamento de Udaltzaingoa.

    Resumen de trámites posteriores

    1.Informe de la Policía municipal.

    2.Resolución por el órgano competente.

    3.Remisión al departamento de Economía, para la liquidación de tasas.

    4.Comuniciación a la persona interesada.

    Documentos auxiliares
    Quién lo aprueba?

    Policía Municipal

    Servicio municipal responsable de la tramitación

    Policía Municipal

    Información válida hasta

    Modificación normativa.

    AUTORIZACION DE AMPLIACIÓN DE HORARIO DE ACTIVIDAD DE HOSTELERIA

    4.22
    CUESTIÓNRESPUESTA
    ¿Qué es? ¿Para qué?

    Solicitud de autorización de ampliación del horario legalmente establecido de una actividad de hostelería.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Toda persona interesada que regente un negocio de hostelería o su representante legal, o el/la representante de alguna asociación de establecimientos de hostelería.

    Dónde se solicita
    Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

    Euskal Herria plaza, 1 20230

    Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

    En las oficinas de correos mediante correo certificado abierto.

    Tramita Online

    Requiere identificación electrónica

    Documentación a aportar
    • Impreso de solicitud
    Más información

    Por email:

    haz@legazpi.eus

    Por teléfono:

    Dentro del municipio 010

    Desde fuera del municipio 943 73 70 30

    ¿Cuánto cuesta?

    El Ayuntamiento asume el coste de la gestión.

    Plazo del procedimiento
    • La solicitud ha de presentarse como mínimo con un mes de antelación a la fecha en que se quiere ampliar el horario.
    • La resolución deberá dictarse como mínimo con 72 horas de antelación a la fechaen que se quiere ampliar el horario.
    • Efectos del silencio administrativo: positivo.
    Normativa aplicable
    Procedimiento a seguir después de la solicitud

    1.Recoger, escanear, comprobar y registrar la solicitud.

    2.Entregar copia sellada a la persona solicitante, comojustificante.

    3. Remitir a Secretaría.

    Resumen de trámites posteriores

    1.Informe jurídico.

    2.Resolución por Alcaldía.

    3.Notificación al interesado, a la Policía Municipal y a la Ertzantza.

    Documentos auxiliares
    Quién lo aprueba?

    Alcaldía

    Servicio municipal responsable de la tramitación

    Secretaría

    Información válida hasta

    Hasta cambio de normativa

    AUTORIZACIÓN APARCAMIENTO EN ROTACIÓN EN PLAZAOLA KALEA 1 A 11

    4.23
    CUESTIÓNRESPUESTA
    ¿Qué es? ¿Para qué?

    Autorización para aparcar un vehículo en Plazaola kalea (del nº1 al 11), de uso exclusivo para las personas residentes en la zona especificada en la ordenanza reguladora.

    ¿Quién lo puede solicitar?
    Toda persona interesada o su representante legal, siempre que cumpla con los siguientes requisitos:
    1. El titular del vehículo debe estar empadronado en: Kale Nagusia, Kale Nafarroa, Patrizio Etxeberria kalea 1 a 12, Plazaola kalea 1 a 11, Saturnino Tellería 6 a 7, y Santikutz kalea 1,2,3,4,6 y 8.
    2. El vehículo debe estar dado de alta en Legazpi.
    3. Debe estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Legazpi, incluyendo sanciones y multas.
    Dónde se solicita
    Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

    Euskal Herria plaza, 1 20230

    Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

    En las oficinas de correos mediante correo certificado abierto.

    Tramita Online

    Requiere identificación electrónica

    Documentación a aportar
    1. Impreso de solicitud.

    DOCUMENTOS DE IDENTIFICACION:

    • DNI de la persona solicitante. 
    • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la persona interesada, impreso de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia.
    ¿Cuánto cuesta?

    El Ayuntamiento asume el coste de la gestión. Si bien, la actividad está sujeta a la tasa correspondiente recogida en la Ordenanza: 50,00€/año.

    Plazo del procedimiento
    • Plazo previsto: 7 días.
    • Plazo máximo legal: 3 meses.
    • Efectos del silencio administrativo: negativo.
    Normativa aplicable
    Procedimiento a seguir después de la solicitud

    Altas:

    1. Recoger, escanear, comprobar y registrar la solicitud, y documentos presentados.

    2. Entregar copia sellada a la persona solicitante, como justificante.

    3. Remitir a la Policía Municipal para la entrega del distintivo.

    Bajas (hace falta devolver el distintivo):

    1. Recoger, escanear, comprobar y registrar la solicitud, y documentos presentados.

    2. Devolución del distintivo.

    3. Remitir a la Policía Municipal.

    Resumen de trámites posteriores

    1. Registro en la aplicación específica.

    2. Remisión o anulación del distintivo.

    3. Liquidación de tasas, en su caso.

    Documentos auxiliares
    Quién lo aprueba?

    Alcaldía

    Servicio municipal responsable de la tramitación

    Policía Municipal

    Información válida hasta

    Modificación normativa

    Observaciones
    • La obtención del distintivo NO garantiza el estacionamiento.
    • El período máximo de estacionamiento continuado es de 5 días.

    INSCRIPCIÓN EN EL SERVICIO VASCO DE VIVIENDA, ETXEBIDE

    5.1
    CUESTIÓNRESPUESTA
    ¿Qué es? ¿Para qué?Solicitud de inscripción en el Registro de solicitantes de vivienda del Gobierno Vasco.
    ¿Quién lo puede solicitar?
    • La persona empadronada en algún municipio de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
    • La persona de nacionalidad extranjera con Tarjeta de residencia.
    • Las personas que acrediten unos ingresos ponderados de entre 3.000,00 y 50.000,00 €
    • La unidad de convivencia que carezca de vivienda en propiedad, nuda propiedad (si se quiere comprar), derecho de superficie o usufructo. Quien ha sido propietario de una vivienda y la haya vendido, al menos, 2 años antes de realizar la solicitud.
    Dónde se solicita
    Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

    Euskal Herria plaza, 1 20230

    Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

    Tramita Online

    Requiere identificación electrónica

    Documentación a aportar

    DATOS IDENTIFICATIVOS:

    • DNI de la persona solicitante.
    • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la interesada, documento de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia, según proceda, de la persona interesada
    • En caso de incapacidad, la documentación acreditativa de la representación legal que tenga atribuida la persona que presente la solicitud 
    • En el caso de personas extranjeras, tarjeta de residente de las personas de la unidad familiar mayores de 14 años.
    • Ene l caso de personas de fuera de la Comunidad Europea, certificado de estar inscritos en el Registro Central de Extranjería donde se exprese el número de identidad de extranjero
    • En caso de tener hijos/as menores de edad, fotocopia del libro de familia. 
    • En caso de separación o divorcio, convenio regulador y, en su caso, sentencia que pruebe el cuidado de las personas menores de edad.
    • Para probar la residencia en e l extranjero de personas de la comunidad vasca: documento acreditativo de ser miembro de un colectivo vasco que reside en el extranjero.
    Más información

    Por email:

    haz@legazpi.eus

    Por teléfono:

    Dentro del municipio 010

    Desde fuera del municipio 943 73 70 30

    ¿Cuánto cuesta?

    El coste es asumido por el Ayuntamiento

    Plazo del procedimiento
    • Plazo previsto:
    • Plazo máximo legal: 6 meses
    • Efectos del silencio administrativo: negativo
    Normativa aplicable
    Procedimiento a seguir después de la solicitud
  • Recoger, verificar y registrar la documentación aportada.
  • Remitir a Etxebide.
  • Quién lo aprueba?Servicio Vasco de Vivienda
    Servicio municipal responsable de la tramitaciónServicios Sociales

    PROGRAMA DE TERMALISMO SOCIAL

    5.2
    CUESTIÓNRESPUESTA
    ¿Qué es? ¿Para qué?Es un servicio complementario a las prestaciones del sistema de la Seguridad Social, que tiene por objeto facilitar la asistencia, que en los balnearios se presta, a las personas mayores que, por prescripción facultativa, la precisen.
    ¿Quién lo puede solicitar?
    • Pensionistas del sistema de la Seguridad Social, por los conceptos de jubilación e invalidez,  en todo caso, y por el concepto de viudedad o de otras pensiones, únicamente cuando quien solicita haya cumplido los sesenta años.
    • Españoles residentes en el extranjero, siempre que hayan cumplido los 60 años y cobren una pensión del sistema público. 
    • Deben tener autonomía para las actividades de la vida diaria y no padecer alteraciones de comportamiento que impidan la convivencia en un centro residencial, ni enfermedad infecto contagiosa. 
    • La persona solicitante puede ir acompañada de su cónyuge, para quien no se exigen los requisitos de pensión y edad.  
    Dónde se solicita
    Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

    Euskal Herria plaza, 1 20230

    Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

    Tramita Online

    Requiere identificación electrónica

    Documentación a aportar
    • Impreso de solicitud
    • DNI de la persona solicitante
    Más información

    Por email:

    haz@legazpi.eus

    Por teléfono:

    Dentro del municipio 010

    Desde fuera del municipio 943 73 70 30

    ¿Cuánto cuesta?

    El coste es asumido por el Ayuntamiento

    Plazo del procedimiento
    • Plazo previsto: 3 meses
    • Plazo máximo legal: 3 meses
    • Efectos del silencio administrativo: no procede
    Normativa aplicable
    Procedimiento a seguir después de la solicitud
    1. Recoger, escanear, comprobar y registrar la solicitud.
    2. Remitir la solicitud al Área de Servicios Sociales
    Documentos auxiliares
    Quién lo aprueba?Instituto de Mayores y Servicios Sociales-IMSERSO
    Servicio municipal responsable de la tramitaciónServicios Sociales
    Información válida hastaAnual

    PROGRAMA DE VACACIONES PARA PERSONAS MAYORES

    5.3
    CUESTIÓNRESPUESTA
    ¿Qué es? ¿Para qué?

    Se trata de un servicio complementario a las prestaciones del sistema de la Seguridad Social con el objetivo de poder disfrutar de unas merecidas vacaciones. Hay varias modalidades a elegir:

    • Estancias en la costa, para descansar y relajarse.
    • Viajes culturales, para conocer la historia y arte de España.
    • Turismo de naturaleza, para disfrutar de parajes excepcionales.
    • Intercambios con otros países.
    ¿Quién lo puede solicitar?
    • La persona mayor de 65 años. 
    • Personas jubiladas que perciben una pensión del Sistema Público de Pensiones. 
    • Personas pensionistas viudas de 55 o más años.
    • Personas que perciben una pensión de invalidez  u otra pensión, o personas que se han acogido a una prejubilación, siempre que tengan más de 60 años.
    • La persona solicitante puede ir con el/la cónyuge y a aquella no se le solicitará ni la condición de pensión ni la condición de la edad.
    • La persona autónoma para realizar las tareas normales diarias, que no tenga una conducta que impida vivir en una residencia y no padezca una enfermedad infecciosa o contagiosa.
    Dónde se solicita
    Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

    Euskal Herria plaza, 1 20230

    Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

    Documentación a aportar
    1. Impreso de solicitud.

    DOCUMENTOS IDENTIFICATIVOS:

    • DNI de la persona interesada, DNI de la persona solicitante.
    • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la interesada, documento de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia, según proceda, de la persona interesada. 
    • En caso de incapacidad, la documentación acreditativa de la representación legal que tenga atribuida la persona que presente la solicitud.
    Más información

    Por email:

    haz@legazpi.eus

    Por teléfono:

    Dentro del municipio 010

    Desde fuera del municipio 943 73 70 30

    ¿Cuánto cuesta?

    El coste es asumido por el Ayuntamiento

    Plazo del procedimientoNo procede
    Normativa adicionalConvocatoria anual publicada en el Boletín Oficial del Estado
    Procedimiento a seguir después de la solicitud
    1. Recoger y verificar la solicitud.
    2. Entregar una copia a la persona interesada.
    3. Remitir al instituto de Mayores y Servicios Sociales  para su resolución.
    Documentos auxiliares
    Quién lo aprueba?Instituto de Mayores y Servicios Sociales
    Servicio municipal responsable de la tramitaciónServicios Sociales
    Información válida hastaAnual
    ObservacionesTeléfono de atención e información: 901 109 899

    TURISMO Y TERMALISMO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD

    5.4
    CUESTIÓNRESPUESTA
    ¿Qué es? ¿Para qué?Se trata de un servicio complementario a las prestaciones del sistema de la Seguridad Social con el objetivo de que personas con discapacidad puedan disfrutar del turismo y termalismo.
    ¿Quién lo puede solicitar?
    • Personas que certifiquen una discapacidad física o orgánica del 33% o más. Tendrán preferencia las personas que tengan una discapacidad superior al 50%.
    • Tener más de 16 años. En e l caso de menores se contará con el permiso paterno, materno o de la persona tutora.
    • Como excepción, pueden ir los hijos/as menores de 16 años de las personas beneficiarias siempre que justifiquen que sin la ayuda de aquellos no pueden viajar.
    • Las personas en silla de ruedas o aquellas que necesiten ayuda para las tareas básicas diarias podrán llevar una persona que les acompañe.
    Dónde se solicita
    Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

    Euskal Herria plaza, 1 20230

    Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

    Tramita Online

    Requiere identificación electrónica

    Documentación a aportar

    Impreso de solicitud

    • Fotocopia en vigor del DNI (de la persona beneficiaria y de la acompañante).
    • En caso de incapacidad legal de la persona solicitante, fotocopia del DNI de la persona representante legal o de la persona cuidadora y, si se trata de una persona menor de edad, fotocopia del libro de familia
    • Fotocopia del certificado completo de discapacidad.
    • Fotocopia del título de familia numerosa (en su caso).
    • Si la unidad familiar tiene unos ingresos anuales de 7.299,70 € o menos: fotocopia de la nómina o pensión y/o certificado de ingresos provenientes de rentas.
    Más información

    Por email:

    haz@legazpi.eus

    Por teléfono:

    Dentro del municipio 010

    Desde fuera del municipio 943 73 70 30

    ¿Cuánto cuesta?

    El coste es asumido por el Ayuntamiento

    Normativa adicionalConvocatoria anual publicada en el Boletín Oficial del Estado
    Procedimiento a seguir después de la solicitud
    1. Recoger y verificar la solicitud y documentos aportados.
    Resumen de trámites posterioresRemitir la solicitud a la Confederación estatal coordinadora de personas con minusvalía física de España para su resolución.
    Documentos auxiliares
    Quién lo aprueba?Confederación estatal coordinadora de personas con minusvalía física de España
    Servicio municipal responsable de la tramitaciónServicios Sociales
    Información válida hastaAnual

    USO DE ESPACIOS DEL CENTRO SOCIAL

    5.5
    CUESTIÓNRESPUESTA
    ¿Qué es? ¿Para qué?Solicitud de uso de espacios del Centro Social.
    ¿Quién lo puede solicitar?

    Asociaciones con sede en Legazpi y entidades públicas.

    Dónde se solicita
    Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

    Euskal Herria plaza, 1 20230

    Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

    En las oficinas de correos mediante correo certificado abierto.

    Tramita Online

    Requiere identificación electrónica

    Documentación a aportar
    1. Impreso de solicitud

    DOCUMENTOS IDENTIFICATIVOS: 

    • DNI de la persona solicitante.
    • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la interesada, documento de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia, según proceda, de la persona interesada.
    Más información

    Por email:

    haz@legazpi.eus

    Por teléfono:

    Dentro del municipio 010

    Desde fuera del municipio 943 73 70 30

    ¿Cuánto cuesta?

    El coste es asumido por el Ayuntamiento

    Plazo del procedimiento
    1. Plazo previsto: dos semanas.
    2. Plazo máximo legal: no procede
    3. Efectos del silencio administrativo: no procede. 
    Normativa aplicable
    Procedimiento a seguir después de la solicitud
    1. Recoger, verificar y registrar la solicitud. 
    2. Remitir al Servicio de Acción Social.  

    Resumen de trámites posteriores
    1. Estudio de la solicitud.
    2. Comunicar la respuesta a la persona interesada.
    Documentos auxiliares
    Quién lo aprueba?

     Servicio de Acción Social, Igualdad y Participación.

    Servicio municipal responsable de la tramitación

     Servicio de Acción Social, Igualdad y Participación.

    Información válida hastaModificación normativa
    Observaciones

    Las reuniones o actividades públicas que se lleven a cabo en los espacios del centro social no generarán beneficios económicos a la asociación o entidad solicitante.

    La Administración atenderá en la medida de lo posible la preferencia de la solicitud en cuanto a la fecha y hora, ateniéndose al orden de presentación de las solicitudes. Dicho orden podrá ser alterado en casos extraordinarios y siempre que se motive la alteración.

    A fin de garantizar la buena conservación los asistentes al acto se abstendrán de realizar cualquier acción que pueda suponer deterioro o menoscabo de las dependencias municipales.

    Espacios que pueden utilizarse:

    1. Comedor de la asociación-cocina (80 personas)
    2. Sala T.V. (12 personas)

    3. Sala terraza (20 personas)
    4. Mediateca (10 personas)
    5. Sala de terapia (20 personas)
    6. Comedor del bar ( 160 personas)

    Horario para utilizar los espacios:

    De lunes a viernes de 9:00 de la mañana a las 15:00

    USO DE AULAS DE LA CASA DE CULTURA

    5.6
    CUESTIÓNRESPUESTA
    ¿Qué es? ¿Para qué?Solicitud para poder utilizar aulas de la casa de cultura que no ofrecen un servicio concreto.
    ¿Quién lo puede solicitar?Toda persona, asociación o institución interesada o sus representantes legales.
    Dónde se solicita
    Kultur Etxea

    Latxartegi kalea, 3. 20230

    De lunes a viernes, 09:30-13:00 / 14:00-21:00

    Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

    Euskal Herria plaza, 1 20230

    Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

    Tramita Online

    Requiere identificación electrónica

    Documentación a aportar
    1. Impreso de solicitud.

    DOCUMENTOS IDENTIFICATIVOS:

    • DNI de la persona solicitante
    • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la interesada, documento de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia, según proceda, de la persona interesada.
    Más información

    Por email:

    kultura@legazpi.eus

    Por teléfono:

    943 73 72 02

    ¿Cuánto cuesta?

    El coste es asumido por el Ayuntamiento

    Plazo del procedimiento
    • Plazo previsto: 2 días
    • Plazo máximo legal: no procede
    • Efectos del silencio administrativo: no procede
    Normativa aplicable
    Procedimiento a seguir después de la solicitud
    1. Registrar solicitud 
    2. Remitir la solicitud al Departamento de Cultura.
    3. Recoger, comprobar y escanear la solicitud y remitir al Departamento de Cultura para incluir la reserva en el calendario.
    Resumen de trámites posteriores
    1. Analizar la solicitud.
    2. Comunicar a la persona interesada.
    3. Si la respuesta es positiva, incluir definitivamente dicha reserva en el calendario del Departamento de Cultura.
    Documentos auxiliares
    Servicio municipal responsable de la tramitaciónDepartamento de Cultura
    Información válida hastaModificación normativa
    Observaciones
    • Las reuniones o actividades públicas que se lleven a cabo en los espacios de la casa de cultura no generarán beneficios económicos a la persona solicitante.
    • La solicitud deberá presentarse al menos con una antelación de 7 días naturales y antes de realizar dicha solicitud se recomienda ponerse en contacto con el Departamento de Cultura para verificar la disponibilidad de las aulas.
    • La Administración atenderá en la medida de lo posible la preferencia de la solicitud en cuanto a fecha y hora, ateniéndose al orden de presentación de las solicitudes. Dicho orden podrá ser alterado en casos extraordinarios y siempre que se motive tal alteración.
    • A fin de garantizar la buena conservación, los asistentes a la ceremonia se abstendrán de realizar cualquier acto que pueda suponer deterioro o menoscabo de las dependencias municipales.  
    • Espacios que pueden utilizarse:
      1. Salón de actos: 80 plazas.
      2. Sala de reuniones: 16 plazas en torno a una mesa.
      3. Aula para cursillos: 30 plazas.

    USO DE LA SALA LATXARTEGI

    5.7
    CUESTIÓNRESPUESTA
    ¿Qué es? ¿Para qué?Solicitud de uso de la sala Latxartegi (cine, teatro, …).
    ¿Quién lo puede solicitar?Toda persona, asociación o institución interesada o sus representantes legales.
    Dónde se solicita
    Kultur Etxea

    Latxartegi kalea, 3. 20230

    De lunes a viernes, 09:30-13:00 / 14:00-21:00

    Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

    Euskal Herria plaza, 1 20230

    Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

    Tramita Online

    Requiere identificación electrónica

    Documentación a aportar
    1. Impreso de solicitud.

    DOCUMENTOS IDENTIFICATIVOS:

    • DNI de la persona solicitante
    • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la interesada, documento de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia, según proceda, de la persona interesada.
    Más información

    Por email:

    kultura@legazpi.eus

    Por teléfono:

    943 73 72 02

    ¿Cuánto cuesta?
    1. Para actos como conferencias, seminarios,….: 
        1.1. Una hora:   48,00 €
        1.2. Más de 8 horas en un mismo día: 336,00 €
    2. Para actos como musicales, teatro, conciertos, recitales, …: 
        2.1. Una hora:   89,00 €
        2.2. Más de 8 horas en un mismo día: 664,00 €
    3. Para sesiones de cine o proyecciones de video: 
       3.1. Una hora: 134,00 €
       3.2. Más de 8 horas en un mismo día: 995,00 €
    Plazo del procedimiento

    • Plazo previsto: una semana
    • Plazo máximo legal: no procede
    • Efectos del silencio administrativo: no procede


    Normativa aplicable
    Procedimiento a seguir después de la solicitud
    1. Remitir la solicitud al Departamento de Cultura.
    2. Recoger, comprobar y escanear la solicitud y remitir al Departamento de Cultura para incluir la reserva en el calendario.
    Resumen de trámites posteriores

    1. En caso de tener que abonar tasa:

    • Analizar la solicitud y realizar el informe de adjudicación.
    • Resolución del concejal delegado.
    • Comunicación a la persona interesada.
    • Si la respuesta es positiva, incluir definitivamente dicha reserva en el calendario del Departamento de Cultura.
    • Remitir la liquidación de la tasa desde el area de Economía.

    2. En caso de No tener que abonar tasa:

    • Estudiar la solicitud.
    • Comunicar la respuesta al interesado
    • Si la respuesta es positiva, incluir definitivamente dicha reserva en el calendario del Departamento de Cultura.
    Documentos auxiliares
    Quién lo aprueba?

    Alcaldía

    Servicio municipal responsable de la tramitación

     Cultura

    Información válida hastaModificación normativa
    Observaciones
    • Habrá que cumplir con lo establecido en la “Normativa de uso de la sala Latxartegi”.
    • Las asociaciones del municipio que toman parte en diferentes grupos de trabajo municipales no abonarán tasa alguna.
    • Habrá que presentar la solicitud con al menos 15 días de antelación y antes de realizar dicha solicitud se recomienda ponerse en contacto con el Departamento de Cultura para verificar la disponibilidad de la sala. 
    • La Administración atenderá en la medida de lo posible la preferencia de la solicitud en cuanto a fecha y hora, ateniéndose al orden de presentación de las solicitudes. Dicho orden podrá ser alterado en casos extraordinarios y siempre que se motive tal alteración.
    • A fin de garantizar la buena conservación, los asistentes a la ceremonia se abstendrán de realizar cualquier acto que pueda suponer deterioro o menoscabo de las dependencias municipales.
    • Capacidad máxima de la sala: 320 personas.

    USO DE INSTALACIONES DEPORTIVAS PARA LA PRACTICA DEL DEPORTE

    5.8
    CUESTIÓNRESPUESTA
    ¿Qué es? ¿Para qué?

    Solicitud para utilizar las instalaciones deportivas para la práctica del deporte.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Toda persona interesada o su representante legal.

    Dónde se solicita
    Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

    Euskal Herria plaza, 1 20230

    Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

    Polideportivo Bikuña

    Bikuña kalea, 36 20230

    De lunes a viernes, de 09:00 a 22:00.

    Sábados de 09:00 a 13:00 y 15:30 a 21:00.

    Domingos de 09:00 a 14:00.

    Agosto de 10:00 a 20:00.

    Tramita Online

    Requiere identificación electrónica

    Documentación a aportar
    1. Impreso de solicitud.

    DOCUMENTOS IDENTIFICATIVOS:

    • DNI de la persona solicitante
    • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la interesada, documento de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia, según proceda, de la persona interesada.
    Más información

    Por Email:

    harrera@legazpiko-kiroldegia.info

    Por teléfono:

    943 73 12 43

    ¿Cuánto cuesta?

    Tasas

    Plazo del procedimiento
    • Plazo previsto: un mes
    • Plazo máximo legal: no procede
    • Efectos del silencio administrativo: no procede
    Procedimiento a seguir después de la solicitud
    1. Recoger, comprobar y escanear la solicitud.
    2. Remitir la solicitud al Departamento de Deportes.
    3. Introducir en el programa de gestión.
    Resumen de trámites posteriores
    1. Completar la tabla de utilización de instalaciones deportivas.
    2. Ofrecer la correspondiente información a cada solicitante.
    Documentos auxiliares
    Servicio municipal responsable de la tramitaciónDepartamento de Deportes
    Información válida hastaModificación normativa
    ObservacionesLas solicitudes habituales se realizarán en septiembre.

    USO DE INSTALACIONES DEPORTIVAS PARA ACTIVIDADES NO DEPORTIVAS

    5.9
    CUESTIÓNRESPUESTA
    ¿Qué es? ¿Para qué?Solicitud de uso de las instalaciones deportivas para actividades no deportivas.
    ¿Quién lo puede solicitar?Toda persona física o jurídica interesada o su representante legal.
    Dónde se solicita
    Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

    Euskal Herria plaza, 1 20230

    Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

    Polideportivo Bikuña

    Bikuña kalea, 36 20230

    De lunes a viernes, de 09:00 a 22:00.

    Sábados de 09:00 a 13:00 y 15:30 a 21:00.

    Domingos de 09:00 a 14:00.

    Agosto de 10:00 a 20:00.

    Tramita Online

    Requiere identificación electrónica

    Documentación a aportar
    1. Impreso de solicitud.

    DOCUMENTOS IDENTIFICATIVOS:

    • DNI de la persona solicitante
    • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la interesada, documento de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia, según proceda, de la persona interesada.
    Más información

    Por Email:

    kiroldegia@legazpiko.kiroldegia.info

    Por teléfono:

    943 73 12 43

    ¿Cuánto cuesta?

    Tasas

    Plazo del procedimiento
    • Plazo previsto: 15 días
    • Plazo máximo legal: no procede
    • Efectos del silencio administrativo: negativo
    Normativa aplicable
    Procedimiento a seguir después de la solicitud
    1. Recoger, comprobar y escanear la solicitud. 
    2. Remitir la solicitud al Departamento de Deportes.
    3. Introducir en el programa de gestión.
    Resumen de trámites posteriores
    1. Responder la solicitud, dando cuenta de las condiciones a cumplir.
    2. Firmar el contrato.
    3. Abonar la tasa.
    Documentos auxiliares
    Servicio municipal responsable de la tramitaciónDepartamento de Deportes
    Información válida hastaFinalización de la actividad.
    ObservacionesMientras no se comunique lo contrario, deberá abonarse la tasa correspondiente.

    ABONO DEL POLIDEPORTIVO

    5.10
    CUESTIÓNRESPUESTA
    ¿Qué es? ¿Para qué?Realizar el abono para el polideportivo municipal.
    ¿Quién lo puede solicitar?Toda persona interesada o su representante legal.
    Dónde se solicita
    Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

    Euskal Herria plaza, 1 20230

    Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

    Polideportivo Bikuña

    Bikuña kalea, 36 20230

    De lunes a viernes, de 09:00 a 22:00.

    Sábados de 09:00 a 13:00 y 15:30 a 21:00.

    Domingos de 09:00 a 14:00.

    Agosto de 10:00 a 20:00.

    Documentación a aportar
    1. Impreso de solicitud.

    DOCUMENTOS IDENTIFICATIVOS:

    • DNI de la persona solicitante
    • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la interesada, documento de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia, según proceda, de la persona interesada.
    Más información

    Por Email:

    harrera@legazpiko-kiroldegia.info

    Por teléfono:

    943 73 12 43

    ¿Cuánto cuesta?

    ABONO

    ANUAL

    TRIMESTRAL

    MENSUAL

        Abono ordinario  

      148,00 €

       76,10 €

      41,00 €

        Abono joven  

       92,40 €

       46,60 €

      24,80 €

        Abono pareja   

      262,70 €

      133,90 €

      73,90 €

        Abono familia  

      285,50 €

      144,70 €   

      77,10 €    

        Abono fitness  

      109,30 €

       68,90 €

      35,10 €

    Plazo del procedimiento
    • Plazo previsto: al momento
    • Plazo máximo legal: no procede
    • Efectos del silencio administrativo: negativo
    Normativa aplicable
    Procedimiento a seguir después de la solicitud
    1. Recoger, escanear y comprobar la solicitud e introducirla en el programa.
    2. Remitir la solicitud al Departamento de Deportes.
    Documentos auxiliares
    Servicio municipal responsable de la tramitaciónDepartamento de Deportes
    Información válida hastaModificación normativa
    ObservacionesLos abonos o pagos trimestrales y mensuales, se harán el primero de mes.Los abonos domiciliados se renovarán automáticamente.

    INSCRIPCIÓN EN CURSOS DEL POLIDEPORTIVO

    5.11
    CUESTIÓNRESPUESTA
    ¿Qué es? ¿Para qué?Inscripción o matrícula en algún curso ofrecido por el polideportivo Bikuña.
    ¿Quién lo puede solicitar?Toda persona interesada o su representante legal.
    Dónde se solicita
    Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

    Euskal Herria plaza, 1 20230

    Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

    Polideportivo Bikuña

    Bikuña kalea, 36 20230

    De lunes a viernes, de 09:00 a 22:00.

    Sábados de 09:00 a 13:00 y 15:30 a 21:00.

    Domingos de 09:00 a 14:00.

    Agosto de 10:00 a 20:00.

    Documentación a aportar

    1. Impreso de solicitud de inscripción

    DOCUMENTOS IDENTIFICATIVOS:

    •  DNI de la persona solicitante.
    • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la interesada, documento de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia, según proceda, de la persona interesada.
    Más información

    Por Email:

    harrera@legazpiko-kiroldegia.info

    Por teléfono:

    943 73 12 43

    ¿Cuánto cuesta?

    NATACIÓN

    ABONADOS

    60,00

    NO ABONADOS

    95,00

    AQUA-GYM

    2 EGUN

    3 EGUN

    ABONADOS

    27,00

    ABONADOS

    31,00

    NO ABONADOS

    50,00

    NO ABONADOS

    59,00

    GIMNASIA

    ABONADOS

    24,00

    NO ABONADOS

    44,00

    K-STRETCH

    ABONADOS

    40,00

    NO ABONADOS

    63.00

    Entre. funcional

    ABONADOS

    27,00

    NO ABONADOS

    48,00

    GIMNASIA 3ª EDAD

    ABONADOS

    19,00

    NO ABONADOS

    34,00

    Cross Training

    ABONADOS

    27,00

    NO ABONADOS

    48,00

    Strong by Zumba

    ABONADOS

    18,00

    NO ABONADOS

    41,00

    PILATES

    ABONADOS

    44,00

    NO ABONADOS

    82,00

    CICLISMO INDOOR

    2 EGUN

    ABONADOS

    32,00

    NO ABONADOS

    48,00

    GIMNASIA RÍTMICA

    ABONADOS

    30,00

    NO ABONADOS

    51,00

    ZUMBA

    ABONADOS

    16,00

    NO ABONADOS

    32,00

    Plazo del procedimiento
    • Plazo previsto: al momento
    • Plazo máximo legal: no procede
    • Efectos del silencio administrativo: no procede
    Procedimiento a seguir después de la solicitud
    1. Recoger, comprobar, escanear e introducir la solicitud en el programa  de gestión.
    2. Remitir la solicitud al Departamento de Deportes. 
    Resumen de trámites posteriores
    1. Completar las listas y grupos.
    2. Remitir las listas de cada curso al monitor/a correspondiente.
    3. Exponer las listas de cada curso en las aulas donde se imparte el curso.
    Documentos auxiliares
    Servicio municipal responsable de la tramitaciónDepartamento de Deportes
    Información válida hastaModificación normativa
    Observaciones

    Normas para inscribirse en los cursos del polideportivo:

    • La matrícula abonada para los cursos de natación no será devuelta a excepción de que se realice sorteo y la persona solicitante no tenga opción de tomar parte en el mismo.
    • El precio del curso no cambiará aunque la persona solicitante asista menos días que los ofrecidos. El precio que se abona es el valor de la plaza que se ocupa.
    • En la primera semana el/la profesor/a puede cuestionar la capacidad del alumno/a y recomendarle que deje el curso.

    DARSE DE BAJA EN LOS CURSOS DEL POLIDEPORTIVO

    5.12
    CUESTIÓNRESPUESTA
    ¿Qué es? ¿Para qué?Solicitud de baja en los cursos ofrecidos por el polideportivo Bikuña.
    ¿Quién lo puede solicitar?Toda persona interesada o su representante legal que esté inscrita en algún curso.
    Dónde se solicita
    Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

    Euskal Herria plaza, 1 20230

    Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

    Polideportivo Bikuña

    Bikuña kalea, 36 20230

    De lunes a viernes, de 09:00 a 22:00.

    Sábados de 09:00 a 13:00 y 15:30 a 21:00.

    Domingos de 09:00 a 14:00.

    Agosto de 10:00 a 20:00.

    Tramita Online

    Requiere identificación electrónica

    Documentación a aportar
    1. Impreso de solicitud de baja

    DOCUMENTOS IDENTIFICATIVOS:

    • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la interesada, documento de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia, según proceda, de la persona interesada.
    Más información

    Por Email:

    kiroldegia@legazpiko.kiroldegia.info

    Por teléfono:

    943 73 12 43

    ¿Cuánto cuesta?

    El coste es asumido por el Ayuntamiento

    Plazo del procedimiento
    • Plazo previsto: al momento
    • Plazo máximo legal: no procede
    • Efectos del silencio administrativo: no procede
    Procedimiento a seguir después de la solicitud
    1. Recoger, comprobar, escanear e introducir la solicitud en el programa  de gestión.
    2. Remitir la solicitud al Departamento de Deportes.
    Resumen de trámites posteriores
    1. Completar las listas y grupos.
    2. Remitir las listas de cada curso al monitor/a correspondiente.
    Documentos auxiliares
    Servicio municipal responsable de la tramitaciónDepartamento de Deportes
    Información válida hastaDe enero a diciembre.
    Hasta volver a inscribirse en el curso.
    Observaciones
    • Normativa interna de cursos del polideportivo Bikuña
    • Normativa interna de cursos de natación

    INSCRIPCIÓN EN EL CURSO INFANTIL DE VERANO

    5.13
    CUESTIÓNRESPUESTA
    ¿Qué es? ¿Para qué?

    Inscripción en las colonias abiertas “Haurren uda ikastaroa”.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Padres/madres o representantes legales de niños/as de HH2 a LH4.

    Dónde se solicita
    Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

    Euskal Herria plaza, 1 20230

    Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

    Tramita Online

    Requiere identificación electrónica

    Documentación a aportar
    1. Impreso de solicitud
    Más información

    Por email:

    euskara@legazpi.eus

    Por teléfono:

    943 737191

    ¿Cuánto cuesta?
    Por un/una hijo/hija     70,00 €
    Por el/la segundo/a     44,80 €
    Tercero/a en adelante     gratis
    Plazo del procedimiento
    • Plazo previsto: 15 días
    • Plazo máximo: 15 días
    • Efectos del silencio administrativo: no procede
    Normativa adicional

    Bases y normas de funcionamiento del curso infantil de verano

    Procedimiento a seguir después de la solicitud
    1. Recoger la solicitud
    2. Remitir la solicitud al servicio de euskera 
    Resumen de trámites posteriores
    1. Estudiar la solicitud y realizar los grupos.
    2. Introducir los datos de la matrícula en la aplicación informática.
    3. Remitir los datos al Departamento de Economía, para el cobro de la correspondiente tasa.

    Documentos auxiliares
    Servicio municipal responsable de la tramitaciónDepartamento de Euskera
    Información válida hastaEn tanto se ofrezca el servicio
    Observaciones
    • Tienen preferencia el alumnado escolarizado en los colegios del municipio.
    • En caso de quedar plazas libres en los grupos, tendrán opción de tomar parte en el curso infantil de verano aquellos/as niños/as que viven fuera pero vienen a pasar el mes de julio a Legazpi, siempre que entiendan y hablen euskera.

    USO DE LOS LOCALES DE MUSICA DE BIKUÑA O/Y DEL AULA DE GRABACIÓN

    5.14
    CUESTIÓNRESPUESTA
    ¿Qué es? ¿Para qué?Solicitud para usar los locales de música de Bikuña o/y el aula de grabación.
    ¿Quién lo puede solicitar?Cualquier grupo musical, en el cual el 75% de los miembros sean legazpiarras.
    Dónde se solicita
    Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

    Euskal Herria plaza, 1 20230

    Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

    Tramita Online

    Requiere identificación electrónica

    Documentación a aportar

    1. Impreso de solicitud.

    DOCUMENTOS IDENTIFICATIVOS:

    • DNI de la persona solicitante.
    • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la interesada, documento de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia, según proceda, de la persona interesada.
    Más información

    Por email:

    gazteria@legazpi.eus

    Por teléfono:

    Dentro del municipio 010

    Desde fuera del municipio 943 73 70 30 o 943 73 71 85

    ¿Cuánto cuesta?

    El coste de la gestión es asumido por el Ayuntamiento

    Plazo del procedimiento
    • Plazo previsto: un mes
    • Plazo máximo legal: 3 meses
    • Efectos del silencio administrativo: negativo
    Normativa aplicable
    Procedimiento a seguir después de la solicitud

      Recoger, comprobar y registrar la solicitud y remitirla al Servicio de Juventud y Educación.

    Resumen de trámites posteriores
    1. Analizar la solicitud en colaboración con la asociación Subeltza.
    Documentos auxiliares
    Servicio municipal responsable de la tramitación

    Servicio de Juventud y Eduación

    Información válida hastaModificación normativa
    Observaciones

    ALTA COMO PERSONA USUARIA DEL SERVICIO PARA ADOLESCENTES

    5.15
    CUESTIÓNRESPUESTA
    ¿Qué es? ¿Para qué?

    Darse de alta como persona usuaria en el Servicio Para Adolescentes 

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Madres/padres o tutoras/tutores legales de las personas jóvenes legazpiarras de entre 11 y 17 años.

    Dónde se solicita
    Kultur Etxea

    Latxartegi kalea, 3. 20230

    De lunes a viernes, 09:30-13:00 / 14:00-21:00

    Tramita Online

    Requiere identificación electrónica

    Documentación a aportar
    1. Ficha de usuario o usuaria
    Más información

    Por email:

    isanz@legazpi.eus

    Por teléfono:

    943 73 71 71 edo 943 73 72 03

    ¿Cuánto cuesta?

    El coste de la gestión es asumido por el Ayuntamiento

    Plazo del procedimiento
    • Plazo previsto: al momento
    • Plazo máximo legal: no procede
    • Efectos del silencio administrativo: no procede
    Procedimiento a seguir después de la solicitud
    1. Recoger y verificar la solicitud.
    2. Incluir en el registro.
    Documentos auxiliares
    Servicio municipal responsable de la tramitación

    Infancia, adolescencia y juventud (Gazte-txoko).

    Información válida hastaModificación normativa
    Observaciones

    Cuando así lo decida el Ayuntamiento, las/los adolescentes de 11 años podrán solicitar darse de alta como persona, usuaria, después de la visita a las instalaciones del Gazte-txoko.

    UTILIZACION DEL ESPACIO “AZOKA “

    5.16
    CUESTIÓNRESPUESTA
    ¿Qué es? ¿Para qué?

    Autorización para el uso del espacio público identificado como AZOKA.

    Celebración de actos y eventos de tipo festivo, divulgativo, cultural, social… organizados por entidades o asociaciones del municipio.

    En el caso de comidas,el número de comensales deberá ser superior a 150 personas

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Todapersona interesada o su representante legal,y también,los representantes de cualquier Asociación u organización del municipio.

    Dónde se solicita
    Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

    Euskal Herria plaza, 1 20230

    Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

    Tramita Online

    Requiere identificación electrónica

    Documentación a aportar
    1. Impreso de solicitud.
    2. DNI de la persona que solicita el uso de local.
    3. CIF de la asociación u organización a la que representa
    Más información

    Por email:

    haz@legazpi.eus

    Por teléfono:

    Dentro del municipio 010

    Desde fuera del municipio 943 73 70 30

    ¿Cuánto cuesta?

    El coste es asumido por el Ayuntamiento. Si bien, se requerirá un deposito de fianza de 200€.

    Plazo del procedimiento

    Plazo previsto: un mes

    Normativa aplicable
    Procedimiento a seguir después de la solicitud
    1. Recoger, escanear, comprobar y registrar la solicitud y documentos presentados.
    2. Entregar copia sellada a la persona solicitante, como justificante.
    3. Remitir a la Policía municipal. 
    Resumen de trámites posteriores
    1. Comprobar que los documentos presentados están actualizados y son válidos.
    2. En caso de precisar ambulancia, comprobar que el solicitante ha pedido éste servicio.
    3. Realizar la licencia y comunicarla al solicitante.
    4. Deposito de fianza, cuando corresponda.
    Documentos auxiliares
    Quién lo aprueba?

    Alcaldía

    Servicio municipal responsable de la tramitación

    Policía municipal

    Información válida hasta

    Hasta cambio de normativa

    Observaciones

    Para poder recuperar la fianza:

    • Será imprescindible cumplir con el compromiso de limpiar el espacio Azoka
    • El material o instalación prestado, se devolverá en buenas condiciones, sin daños.
    • Cumplir las condiciones impuestas al conceder la Licencia. 

    USO DE LOCALES MUNICIPALES PARA LA CELEBRACIÓN DE MATRIMONIOS CIVILES

    5.17
    CUESTIÓNRESPUESTA
    ¿Qué es? ¿Para qué?

    Solicitud de autorización para la utilización de locales municipales para la celebración de matrimonios civiles.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Cualquiera de las personas contrayentes.

    Dónde se solicita
    Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

    Euskal Herria plaza, 1 20230

    Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

    Tramita Online

    Requiere identificación electrónica

    Documentación a aportar
    1. Impreso de solicitud. (se facilitará en el Juzgado de Paz)
    2. DNI de la persona que solicita el uso de local.
    Más información

    Por email:

    haz@legazpi.eus

    Por teléfono:

    Dentro del municipio 010

    Desde fuera del municipio 943 73 70 30

    ¿Cuánto cuesta?

    El coste de la gestión es asumido por el Ayuntamiento. Si bien, se requerirá un deposito de fianza de 200€.

    Plazo del procedimiento
    • Plazo previsto: una semana
    • Plazo máximo legal: 3 meses.
    Normativa aplicable
    Procedimiento a seguir después de la solicitud

    1. El Juzgado de Paz entregará el impreso de solicitud de local a la persona interesada, quien lo cumplimenta y es el Juzgado quien lo remite al Registro de entrada del Ayuntamiento.

    2. Entregar copia sellada a modo de recibo, procediendo en la forma normal de registro de documentos.

    3. Remitir la solicitud a: 

          a) Del salón de plenos a la Policía municipal

          b)De las salas de Agirre-Etxeberri, al servicio deJuventud y Educación

    Resumen de trámites posteriores

    1. Apertura de expediente administrativo

    2. En caso de que la solicitud de inscripción no tenga toda la documentación requerida, se concederá un período de 10 días para completarla.

    3. Resolución de Alcaldía

    Quién lo aprueba?

    Alcaldía

    Servicio municipal responsable de la tramitación

    1. Del salón de Plenos del Ayuntamiento de Legazpi, la Policía municipal

    2. De las salas de Agirre-Etxeberri, el servicio de Educación

    Información válida hasta

    Modificación normativa.

    Observaciones

    Estas celebraciones se podrán realizar en:

    1. El salón de Plenos del Ayuntamiento de Legazpi.

    2. En cualquiera de las dos salas habilitadas del edificio Agirre-Etxeberri

    Capacidad de las dos salas disponibles:

    - La Administración atenderá en la medida de lo posible la preferencia de la solicitud en cuanto a fecha y hora, ateniéndose al orden de presentación de las solicitudes. Dicho orden podrá ser alterado en casos extraordinarios y siempre que se motive tal alteración.

    - A fin de garantizar la buena conservación, los asistentes a la ceremonia se abstendrán de realizar cualquier acto que pueda suponer deterioro o menoscabo de las dependencias municipales.

    - Cuando las y los familiares y/o amistades deseen ornamentar los locales o acondicionarlos de forma especial, deberán hacerlo saber al responsable municipal con la antelación suficiente para que resuelva lo que proceda, respetando siempre la armonía y características del lugar y siendo a su cargo los gastos que con este motivo se produzcan. Los servicios complementarios para la celebración del acto, los aportará la persona interesada e irán a su cargo sin perjuicio de la supervisión de los mismos por parte del Ayuntamiento de Legazpi.

    -Cada una de los locales, contará con los utensilios necesarios para su limpieza.

    HACERSE USUARIA/O DE LA SALA DE ESTUDIO (IKASGELA)

    5.18
    CUESTIÓNRESPUESTA
    ¿Qué es? ¿Para qué?

    Darse de alta como persona usuaria de la sala de estudio ubicada en Saturnino Telleria Kalea, 1. El servicio dispone de varios puestos de estudio individuales con conexión a internet y se puede utilizar tanto entre semana como en fines de semana.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Personas mayores de 18 años empadronadas en el municipio y estén cursando enseñanza reglada (Ciclos formativos, estudios universitarios, etc.)

    Dónde se solicita
    Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

    Euskal Herria plaza, 1 20230

    Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

    Tramita Online

    Requiere identificación electrónica

    Documentación a aportar
    1. Impreso de solicitud
    2. Documentación que acredite estar cursando enseñanza reglada (Obligatorio si no se ha presentado el justificante del curso vigente)
    3. DOCUMENTOS IDENTIFICATIVOS:

      • DNI de la persona solicitante.
      • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la interesada, documento de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia, según proceda, de la persona interesada.
    Más información

    Por e-mail: gazteria@legazpi.eus

    Por teléfono: 943737203

    ¿Cuánto cuesta?

    El coste es asumido por el Ayuntamiento.

    Al finalizar la temporada, hay que devolver la tarjeta. 

    En caso de pérdida o no devolución de la misma, la persona usuaria abonará 5 euros.

    Plazo del procedimiento

    Plazo previsto: máximo 1 semana

    Plazo máximo legal: no procede

    Efectos del silencio administrativo: no procede

    Normativa adicional

    Instrucciones de la Ikasgela

    Procedimiento a seguir después de la solicitud
    1. Recoger, escanear, comprobar y registrar la solicitud y documentos presentados.
    2. Entregar copia sellada a la persona solicitante, como justificante.
    3. Remitir al Servicio de Educación. 
    Resumen de trámites posteriores
    1. Estudio de la solicitud
    2. Comunicación de la respuesta mediante e-mail a la persona solicitante.
    3. Entregar la tarjeta, las instrucciones de uso y/o el código de acceso a internet
    4. Registrar la devolución de la tarjeta; en el caso de pérdida o no devolución de la misma, tramitar el cobro de 5 euros
    Documentos auxiliares
    Servicio municipal responsable de la tramitación

    Servicio de Educación

    Información válida hasta

    En tanto se ofrezca el servicio

    Observaciones

    Horario de la Ikasgela: entre semana, 8:00-21:00. Sábados, domingos y festivos, 9:30-20:30

    Para cualquier problema relacionado con este servicio o la tarjeta hay que acudir a la recepción de Kultur etxea

    INSCRIPCION COMO COMERCIO USUARIO DE TAQUILLAS INTELIGENTES PARA ENTREGAR ENCARGOS

    5.19
    CUESTIÓNRESPUESTA
    ¿Qué es? ¿Para qué?

    El Ayuntamiento de Legazpi tiene, en Euskal Herria plaza, un armario con taquillas para que los comercios de Legazpi, baserritarras del mercado y grupos de consumo puedan entregar los encargos a sus clientes fuera del horario comercial.

    Estás taquillas, que funcionan por medio de un código, están accesibles durante 24 horas al día, los 365 días del año.

    ¿Quién lo puede solicitar?
    • Comercios de Legazpi
    • Baserritarras del mercado
    • Productores de grupos de consumo
    Dónde se solicita
    Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

    Euskal Herria plaza, 1 20230

    Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

    Dentro del municipio  010

    Desde fuera del municipio 943 73 70 30

    Documentación a aportar

    Impreso de solicitud general cumplimentado, incluyendo el nombre del comercio

    Más información

    Correo electrónico: ihernandez@legazpi.eus

    Tel.: 688 89 97 06

    ¿Cuánto cuesta?

    El coste es asumido por el Ayuntamiento

    Plazo del procedimiento

    No existen plazos. Se puede presentar en cualquier momento.

    Procedimiento a seguir después de la solicitud

    Remitir al Servicio de Comercio.

    Resumen de trámites posteriores

    Envío de información al comercio usuario:

    • Dirección de la aplicación web
    • Nombre de usuario y clave para acceso
    • Guía para uso de la aplicación
    Quién lo aprueba?

    Servicio de Comercio

    Servicio municipal responsable de la tramitación

    Servicio de Comercio

    Información válida hasta

    Sin límite

    AYUDAS PARA AQUELLAS ASOCIACIONES QUE TENGAN UNA SEDE Y DESARROLLEN SU ACTIVIDAD EN EL AMBITO DE LOS SERVICIOS EN LEGAZPI

    6.1
    CUESTIÓNRESPUESTA
    ¿Qué es? ¿Para qué?

    Ayudas económicas a asociaciones sin animo de lucro que tengan una sede y desarrollen su actividad en el ámbito de los servicios sociales en Legazpi.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Podrán optar a las subvenciones las asociaciones o entidades que tengan su sede en Legazpi y realicen actividades en el ámbito de los Servicios Sociales en el municipio de Legazpi.

    Dónde se solicita

    Tramita Online

    Requiere identificación electrónica

    Documentación a aportar
    • Anexo de la solicitud debidamente cumplimentado
    • Documento que acredite la titularidad de la cuenta corriente abierta por la entidad solicitante.
    • Fotocopia de los estatutos de la entidad y del NIF , si no se han presentado en anteriores convocatorias
    • Programa resumido de la actividad general que se pretende subvencionar del proyecto, actividad o programa especifico.
    • Declaración jurada del presupuesto de gastos e ingresos previsto tanto de la actividad general de la entidad o asociación, como de los proyectos, actividades o programas específicos para los que se solicita la subvención ( incluida en el modelo)
    • Las entidades que tengan integradas políticas de igualdad deberán adjuntar en un anexo lo que puedan justificar para su correcta valoración. Diagnósticos de igualdad y planes, normas de representación paritaria en los órganos directivos. Normas de uso no sexista del lenguaje y materiales que se elaboren, medidas adoptadas para corregir las desigualdades.
    Más información

    Por email:

    haz@legazpi.eus

    Por teléfono:

    Dentro del municipio 010

    Desde fuera del municipio 943 73 71 81 o 943 73 70 30

    ¿Cuánto cuesta?

    El coste es asumido por el Ayuntamiento

    Plazo del procedimiento
    • Plazo previsto: 4 meses.
    • Plazo máximo legal: 4 meses
    • Efectos del silencio administrativo: negativo
    Normativa aplicable
    Procedimiento a seguir después de la solicitud
    1. Recoger, verificar y registrar la solicitud y documentos aportados.
    2. Remitir la solicitud al Departamento de Servicios Sociales.
    Resumen de trámites posteriores
    1. Informe técnico.
    2. Resolución del órgano competente
    3. Remitir al Departamento de Economía.
    4. Comunicar a la persona interesada.
    Documentos auxiliares
    Quién lo aprueba?Alcaldía
    Servicio municipal responsable de la tramitaciónDepartamento de Servicios Sociales
    Información válida hastaAnual
    ObservacionesLa ciudadanía, en su relación con la administración pública, tendrá derecho a no presentar los documentos que no se soliciten en las normativas aplicables en el procedimiento correspondiente o aquellos que ya están en poder de la propia administración.

    AYUDAS ECONOMICAS PARA GASTOS DE DESPLAZAMIENTO A TRATAMIENTOS TERAPEUTICOS Y REHABILITADORES

    6.6
    CUESTIÓNRESPUESTA
    ¿Qué es? ¿Para qué?

    A yudas económicas que el Ayuntamiento de Legazpi podrá otorgar para subvencionar parcialmente los gastos de desplazamiento para las personas que se encuentren realizando algún programa de tratamiento en centros públicos o concertados de la CAPV por:

    • Problemas de drogodependencias.
    • Adicciones psicológicas de otro tipo (como ludopatía, dependencia a nuevas tecnologías, etc.).
    • Situaciones de riesgo de adolescentes entre 14 y 18 años que acudan al Programa Norbera de Fundación Izan, junto con su familia.
    • Tratamiento rehabilitador para personas menores con problemas de discapacidad y que requieran tratamiento rehabilitador. 
    ¿Quién lo puede solicitar?Cualquier persona empadronada en el Municipio de Legazpi y que haya iniciado en centros públicos o concertados de la CAPV con al menos 2 meses de antelación a la fecha de solicitud y continué en algún programa de tratamiento por los problemas indicados en el apartado anterior.
    Dónde se solicita
    Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

    Euskal Herria plaza, 1 20230

    Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

    En las oficinas de correos mediante correo certificado abierto.

    Tramita Online

    Requiere identificación electrónica

    Documentación a aportar
    1. Impreso de solicitud.

    DOCUMENTOS IDENTIFICATIVOS:

    • DNI de la persona solicitante.
    • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la interesada, documento de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia, según proceda, de la persona interesada. 
    • Nomina de todos los miembros de la unidad familiar.
    • Justificante del Centro, donde se informe del tipo de tratamiento, fase en la se encuentra el paciente y en la que certifique que el paciente lleva como mínimo 2 meses de tratamiento.
    • En su caso, Certificado expedido por el Centro de Tratamiento donde se indique la exigencia de acompañante que haga el seguimiento de la persona afectada.
    • En su caso, Declaración jurada que argumente la imposibilidad de acceder al programa en transporte público y no haya más remedio que acudir en vehículo particular.
    • Cualquier otro documento que pueda considerarse necesario para la resolución.
    Más información

    Por email:

    haz@legazpi.eus

    Por teléfono:

    Dentro del municipio 010

    Desde fuera del municipio 943 73 71 81 o 943 73 70 30

    ¿Cuánto cuesta?

    El coste es asumido por el Ayuntamiento

    Plazo del procedimiento
    • Plazo previsto: 4 meses
    • Plazo máximo legal: 4 meses
    • Efectos del silencio administrativo: negativo
    Normativa aplicable
    Procedimiento a seguir después de la solicitud
    1. Recoger, verificar y registrar la solicitud y documentos aportados.
    2. Remitir la solicitud al Departamento de Servicios Sociales.
    Resumen de trámites posteriores
    1. Informe técnico.
    2. Resolución del órgano competente.
    3. Remitir al Departamento de Economía.
    4. Comunicar a la persona interesada.
    Documentos auxiliares
    Quién lo aprueba?Alcaldía
    Servicio municipal responsable de la tramitaciónDepartamento de Servicios Sociales.
    Información válida hastaAnual
    ObservacionesLa documentación presentada junto con la solicitud puede presentarse en un sobre cerrado.

    AYUDAS POR NACIMIENTO O ADOPCIÓN DE HIJOS/HIJAS

    6.7
    CUESTIÓNRESPUESTA
    ¿Qué es? ¿Para qué?Son ayudas económicas para las familias para hacer frente a los gastos por nacimiento de hijos/hijas, adopción y mantenimiento.
    ¿Quién lo puede solicitar?
    • El padre o madre o uno de ellos, por nacimiento natural o adopción de hijo/hija, siempre que no esté inhabilitado o apartado de su mando como padre/madre .
    • El padre o madre con poder como tal, cuando alguno de ellos esté inhabilitado o apartado de su mando como padre/madres.
    • El padre o madre que, cumpliendo con una resolución judicial, tiene la custodia en los casos de separación judicial o divorcio.
    • Si por resolución judicial los padres/madres comparten la custodia y amparo, deberán decidir entre ellos quién será el beneficiario de la ayuda. 
    • Para conseguir las ayudas previstas en el Decreto, la persona solicitante deberá estar empadronado en algún municipio de la Comunidad Autónoma del País Vasco, por lo menos con una antigüedad superior de un año a la solicitud de renovación o ampliación.
    Dónde se solicita
    Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

    Euskal Herria plaza, 1 20230

    Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

    Documentación a aportar

    1. Impreso de solicitud.

    DOCUMENTOS IDENTIFICATIVOS:

    • DNI de los padres/madres que forman la unidad familiar o fotocopias compulsadas de los documentos que acrediten la identidad.
    • Fotocopia compulsada del libro de Familia.
    • Certificado actual de empadronamiento de la persona solicitante, lista de todas las personas que conviven en el domicilio con especificación del día en que se empadronó la persona solicitante.   
    • En los casos de adopción y familia de acogida anterior a la adopción, resolución judicial de la adopción o fotocopia de documento similar.
    • Si el matrimonio de la persona solicitante se ha anulado o está separado o divorciado por una sentencia judicial, fotocopia de la resolución judicial de la asignación de la custodia y amparo de los hijos o hijas para los que se pide la ayuda.  
    • Si por resolución judicial la custodia y amparo de los hijos/hijas para los que se pide la ayuda es compartida, se presentará el acuerdo debidamente firmado donde se especifique quién será la persona solicitante de la ayuda. 
    • Si el hijo o hija para el que se solicita la ayuda tiene alguna incapacidad, zertificado donde se acredite tal situación.
    • Fotocopia de la titularidad de la libreta de ahorro o cuenta donde se quiere cobrar la ayuda. 
    • En los casos en que debe conocerse el nivel de renta de los padres/madres que forman la unidad familiar, permiso para que la Dirección de familias pueda recabar dicha información de la Diputación Foral.
    Más información

    Por email:

    haz@legazpi.eus

    Por teléfono:

    Dentro del municipio 010

    Desde fuera del municipio 943 73 71 81 o 943 73 70 30

    ¿Cuánto cuesta?

    El coste es asumido por el Ayuntamiento

    Plazo del procedimiento
    • Plazo previsto: 6 meses
    • Plazo máximo legal: 6 meses
    • Efectos del silencio administrativo: negativo
    Normativa aplicable
    Procedimiento a seguir después de la solicitud
    1. Recoger y verificar el impreso de solicitud y documentos aportados.
    2. Remitir la solicitud al Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social del Gobierno Vasco.
    Quién lo aprueba?Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social del Gobierno Vasco
    Servicio municipal responsable de la tramitaciónServicios Sociales
    Información válida hastaModificación normativa

    AYUDAS PARA CONCILIAR TRABAJO Y FAMILIA

    6.8
    CUESTIÓNRESPUESTA
    ¿Qué es? ¿Para qué?Es una ayuda económica para aquellas personas que solicitan una reducción de jornada y/o una excedencia para hacerse cargo de familiares en situación de dependencia o con problemas de salud muy graves o dedicarse al cuidado de hijos/as menores de edad.
    ¿Quién lo puede solicitar?
    • Padre/madre que solicite excedencia para atender al cuidado de cada hijo o hija menor de tres años. 
    • Padre/madre que solicite una reducción de la jornada de trabajo de, al menos, un tercio de la misma, para cuidar a hijos o hijas menores de ocho años. si el hijo o la hija padece una discapacidad reconocida de porcentaje igual o superior al 33%, la subvención podrá disfrutarse, por reducción de jornada de trabajo, hasta que el hijo o hija cumpla 18 años de edad.
    • Quien esté empadronado y viva en cualquier municipio de la Comunidad Autónoma de Euskadi en el momento de realizar la solicitud y mientras se mantenga la actividad objeto de ayuda.
    • Quien disfrute de una situación de excedencia o reducción de jornada por un periodo continuado mínimo de 59 días naturales.
    •  Quien solicite una excedencia para el cuidado de familiares en situación de dependencia o con problemas de salud muy graves.
    • Quien solicite una reducción de jornada en, al menos, un tercio de la misma, para atender a familiares en situación de dependencia o con problemas de salud muy graves.
    Dónde se solicita
    Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

    Euskal Herria plaza, 1 20230

    Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

    Documentación a aportar
    1. Impreso de solicitud.

    DOCUMENTOS IDENTIFICATIVOS

    • Fotocopia del DNI de la persona solicitante.

    En el caso de cuidadores de familiares en situación de dependencia o problemas de salud muy graves:

    • Fotocopia del DNI de la persona en situación de dependencia o con problemas de salud muy graves.
    • Certificado acreditativo de la situación de dependencia del familiar. En dicho certificado se especificarán el grado y subgrado de dependencia.
    • En caso de familiares con problemas de salud graves, certificado médico.
    • Documentación que acredite el parentesco entre la persona solicitante y la persona en situación de dependencia o con problemas de salud muy graves. 

    En el caso de cuidadores de hijos/hijas menores de edad:

    • Copia de los datos de titularidad de la libreta de ahorro o cuenta bancaria en la que se desee cobrar la ayuda.
    • Certificado acreditativo del parentesco entre la persona solicitante y el hijo/hija. Se aportará libro de familia, certificado de nacimiento o documento similar.
    • En el supuesto de adopción, tutela o acogimiento se exigirá la copia de la resolución judicial o documento análogo de su constitución
    • Certificado de convivencia de la persona solicitante.
    • En caso de nulidad matrimonial, separación judicial o divorcio de los padres copia de la resolución judicial que atribuya al solicitante o a su cónyuge o pareja de hecho la guarda y custodia del hijo o de la hija.
    • Si se ha reconocido una minusvalía de, al menos, un 33% al hijo/hija, fotocopia del certificado. 

    En ambos casos: 

    • Certificado de empadronamiento.
    • Certificado de la empresa o institución donde presta servicios la persona solicitante donde se especifique cómo se materializará la reducción de jornada o excedencia solicitada.
    • En el caso de excedencia, certificado de haberse dado de baja en la Seguridad Social y en el caso de reducción de jornada, certificado de haberse cambiado los datos de la Seguridad Social.
    • Si se trata de un trabajador socio o socio laboral de una sociedad cooperativa que no cotiza en el régimen general de la Seguridad Social:
    • ¡
      • En caso de excedencia, certificado de haberse dado de baja en el régimen de la Seguridad Social o institución privada donde cotice
      • En caso de reducción de jornada que no produzca cambios en la cotización en la institución privada o régimen de la Seguridad Social, certificado de ser un trabajador socio de la cooperativa y clase de cotización. 
    • Copia de los datos de titularidad de la libreta de ahorro o cuenta bancaria en la que se desee cobrar la ayuda.
    Más información

    Por email:

    haz@legazpi.eus

    Por teléfono:

    Dentro del municipio 010

    Desde fuera del municipio 943 73 71 81 o 943 73 70 30

    ¿Cuánto cuesta?

    El coste es asumido por el Ayuntamiento

    Plazo del procedimiento
    • Plazo previsto: 6 meses 
    • Plazo máximo legal: 6 meses
    • Efectos del silencio administrativo: positivo
    Normativa aplicable
    Procedimiento a seguir después de la solicitud
    1. Recoger, verificar y registrar la solicitud y documentos aportados.
    2. Remitir la solicitud al Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social del Gobierno Vasco
    Quién lo aprueba?Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social del Gobierno Vasco
    Servicio municipal responsable de la tramitaciónServicios Sociales
    Información válida hastaModificación normativa
    ObservacionesAunque se agote la cantidad establecida en el presupuesto del ejercicio 2014, pueden presentarse nuevas solicitudes.

    AYUDAS PARA CURSOS DE EUSKERA Y PARA REALIZAR OTROS CURSOS EN EUSKERA

    6.9
    CUESTIÓNRESPUESTA
    ¿Qué es? ¿Para qué?

    Ayuda económica para las personas ciudadanas que estudian euskera fuera del municipio en cursos de más de 100 horas lectivas o realizan cursos de la  UEU o cursos relacionados con la normalización del euskera

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Persona física que esté empadronada en el municipio de Legazpi y esté matriculada en cursos para estudiar euskera fuera del municipio o en cursos de la  UEU o cursos relacionados con la normalización del euskera

    Dónde se solicita
    Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

    Euskal Herria plaza, 1 20230

    Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

    En las oficinas de correos mediante correo certificado abierto.

    Tramita Online

    Requiere identificación electrónica

    Documentación a aportar
    1. Impreso de solicitud de subvención
    2. Recibo de la matrícula.
    3. Declaración jurada sobre solicitudes de subvención realizadas o ayudas ya concedidas por otras instituciones o empresas.
    4. Certificado del Euskaltegi, relativo a la asistencia en % de la persona solicitante,  horas teóricas del curso y número de niveles superados.
    5. En el resto de cursos, certificado de participación y justificante del pago realizado.

    DOCUMENTOS IDENTIFICATIVOS:

    • DNI de la persona solicitante.
    • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la interesada, documento de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia, según proceda, de la persona interesada.
    Más información

    Por email:

    haz@legazpi.eus

    Por teléfono:

    Dentro del municipio 010

    Desde fuera del municipio 943 73 70 30

    ¿Cuánto cuesta?

    El coste es asumido por el Ayuntamiento

    Plazo del procedimiento
    • Plazo previsto: una semana
    • Plazo máximo legal: 3 meses
    • Efectos del silencio administrativo: negativo
    Normativa aplicable
    Procedimiento a seguir después de la solicitud
    1. Recoger, escanear, comprobar y registrar la solicitud y documentos aportados. 
    2. Remitir al Departamento de Euskera.
    Resumen de trámites posteriores
    1. Informe técnico. 
    2. Decreto de Alcaldía.
    3. Notificación a la persona interesada.
    4. Remisión de la propuesta de abono al Departamento de Economía.
    Documentos auxiliares
    Quién lo aprueba?Alcaldía
    Servicio municipal responsable de la tramitaciónDepartamento de Euskera
    Información válida hastaModificación normativa
    Observaciones
    • La ciudadanía, en su relación con la administración pública, tendrá derecho a no presentar los documentos que no se soliciten en las normativas aplicables en el procedimiento correspondiente o aquellos que ya están en poder de la propia administración.
    • Al realizar la solicitud de subvención la persona interesada da su permiso al ayuntamiento para que obtenga de oficio la documentación solicitada en la convocatoria.

    AYUDAS PARA OFRECER EN EUSKERA LA ROTULACIÓN, IMAGEN CORPORATIVA Y PAGINA WEB

    6.11
    CUESTIÓNRESPUESTA
    ¿Qué es? ¿Para qué?Ayuda económica para poner en euskera la rotulación exterior e interior fija, la imagen corporativa y la página Web de los establecimientos.
    ¿Quién lo puede solicitar?La persona física o jurídica que desarrolle su actividad económica en locales ubicados en el municipio de Legazpi.
    Dónde se solicita
    Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

    Euskal Herria plaza, 1 20230

    Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

    Tramita Online

    Requiere identificación electrónica

    Documentación a aportar
    1. Impreso de solicitud de subvención
    2. Facturas originales del gasto realizado.

    Además,

    1. En el caso de la rotulación:
      • Documento o fotografía donde se recoge el nombre del rótulo.
    2. En el caso de imagen corporativa:
      • Un ejemplar de cada elemento elaborado y publicado por la entidad (en el caso de rotulación en vehículo una fotografía).
    3. En el caso de página Web:
      • Dirección de la página Web.

    DOCUMENTOS IDENTIFICATIVOS:

    • DNI de la persona solicitante.
    • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la interesada, documento de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia, según proceda, de la persona interesada.
    Más información

    Por email:

    haz@legazpi.eus

    Por teléfono:

    Dentro del municipio 010

    Desde fuera del municipio 943 73 70 30

    ¿Cuánto cuesta?

    El coste es asumido por el Ayuntamiento

    Plazo del procedimiento
    • Plazo previsto: una semana
    • Plazo máximo legal: 3 meses
    • Efectos del silencio administrativo: negativo
    Normativa aplicable
    Procedimiento a seguir después de la solicitud
  • Recoger, escanear, comprobar y registrar la solicitud y documentos aportados. 
  • Remitir al Departamento de Euskera.
  • Resumen de trámites posteriores
    1. Informe técnico.
    2. Decreto de Alcaldía.
    3. Notificación a la persona interesada.
    4. Remisión de la propuesta de abono al Departamento de Economía.
    Documentos auxiliares
    Quién lo aprueba?Alcaldía
    Servicio municipal responsable de la tramitaciónDepartamento de Euskera
    Información válida hastaModificación normativa
    Observaciones
    • La ciudadanía, en su relación con la administración pública, tendrá derecho a no presentar los documentos que no se soliciten en las normativas aplicables en el procedimiento correspondiente o aquellos que ya están en poder de la propia administración.
    • Al realizar la solicitud de subvención la persona interesada da su permiso al ayuntamiento para que obtenga de oficio la documentación solicitada en la convocatoria.

    SUBVENCIONES PARA REALIZAR ACTIVIDADES DEPORTIVAS ORDINARIAS

    6.12
    CUESTIÓNRESPUESTA
    ¿Qué es? ¿Para qué?Ayudas económicas a Clubes, Entidades o Asociaciones deportivas sin ánimo delucro, para el desarrollo de actividades ordinarias o llevar a acto el calendario de competición de cada deporte.
    ¿Quién lo puede solicitar?

    Cualquier club federado, entidad o asociación deportiva de Legazpi o sus representantes legales.

    REQUISITOS:

    • Estar constituidas de acuerdo con la legislación vigente y estar inscritas en el Registro de Asociaciones y Entidades Deportivas del Gobierno Vasco y figurar inscrito en la Federación Deportiva correspondiente.
    • Tener la Sede Social en Legazpi.
    • Colaborar en el desarrollo y organización del Deporte Escolar.
    Dónde se solicita
    Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

    Euskal Herria plaza, 1 20230

    Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

    Polideportivo Bikuña

    Bikuña kalea, 36 20230

    De lunes a viernes, de 09:00 a 22:00.

    Sábados de 09:00 a 13:00 y 15:30 a 21:00.

    Domingos de 09:00 a 14:00.

    Agosto de 10:00 a 20:00.

    Tramita Online

    Requiere identificación electrónica

    Documentación a aportar
    1. Impreso de solicitud de subvención.
    2. Fotocopia del CIF de la entidad, en su caso por una única vez.
    3. Fotocopia del Certificado de Inscripción en el Registro de Asociaciones y Entidades Deportivas del Gobierno Vasco, por una única vez.
    4. Presupuesto Fotocopia de los Estatutos, por una única vez, del Club, Entidad o Asociación Deportiva que solicita la subvención.
    5. Memoria de la Actividad ordinaria, referente a la temporada deportiva, describiendo los siguientes puntos:
      1. Listado de los deportistas federados y las deportistas federadas, ó código de deportistas escolares, de la temporada en curso, emitido por la Federación correspondiente, especificando la fecha de nacimiento y el lugar de residencia y/o nacimiento.
      2. Listado de los Técnicos y las Técnicas con licencia en vigor y categoría de los mismos, emitido por la Federación correspondiente.
      3. Competiciones en las que se ha participado, clasificaciones y logros obtenidos.
      4. Actividades concretas dirigidas a toda la población, adjuntando documentación específica de la actividad organizada.
      5. La colaboración con los Centros Escolares, especificando:
        • Prestación de monitores, para las actividades del deporte escolar.
        • Organización de actividades, relacionadas con el deporte escolar.
        • Actividades de promoción.
      6. Traslados realizados, como consecuencia de la actividad ordinaria.
      7. Balance de ingresos y gastos.
    6. Declaración jurada en las que se haga constar, en su caso, la existencia de otros ingresos (cuotas, ventas de material, facturaciones, subvenciones de otros entes, etc.) y/o solicitudes de subvención realizadas ante otros departamentos, instituciones, etc.
    7. Liquidación real o estimada (en función de las fechas en que se haya llevado a cabo) de los gastos e ingresos correspondientes al año anterior al de la solicitud, relativa tanto a la actividad general de la entidad como al proyecto, actividad o programa específico objeto de subvención, caso de que dichas actividades hubieran sido llevadas a cabo el año pasado.
    8. Acreditar que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias frente a la Seguridad Social, el Ayuntamiento de Legazpi y sus Organismos Autónomos y la Hacienda Foral (o Estatal si procediera).

    DOCUMENTOS IDENTIFICATIVOS:

    • DNI de la persona solicitante
    • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la interesada, documento de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia, según proceda, de la persona interesada.
    Más información

    Por email:

    harrera@legazpiko-kiroldegia.info edo kiroldegia@legazpi.eus   

    Por teléfono:

    Dentro del municipio 010

    Desde fuera del municipio 943 73 12 43 o  943 73 70 30

    ¿Cuánto cuesta?

    El coste es asumido por el Ayuntamiento

    Plazo del procedimiento
    • Plazo previsto: un mes
    • Plazo máximo legal: no procede
    • Efectos del silencio administrativo: no procede
    Normativa aplicable
    Procedimiento a seguir después de la solicitud
    1. Recoger, comprobar y escanear la solicitud.
    2. Remitir la solicitud al Departamento de Deportes.
    Resumen de trámites posteriores
    1. Informe técnico y remisión de la propuesta a la Junta Directiva del Patronato municipal de Deportes para su aprobación, si procede.
    2. Comunicación a cada grupo federado, institución y asociación.
    Documentos auxiliares
    Quién lo aprueba?

    Alcaldía

    Servicio municipal responsable de la tramitaciónDepartamento de Deportes
    Información válida hastaModificación normativa

    AYUDAS A GRUPOS MUSICALES LOCALES PARA REALIZAR GRABACIONES

    6.13
    CUESTIÓNRESPUESTA
    ¿Qué es? ¿Para qué?Ayudas destinadas a impulsar la producción artística de las formaciones musicales locales mediante la subvención parcial de los costes de grabación y/o edición producidos en el ejercicio en curso.
    ¿Quién lo puede solicitar?Formaciones musicales locales integradas por personas con residencia en el municipio de Legazpi, en un porcentaje igual o superior al 75% respecto del total de componentes del grupo musical.
    Dónde se solicita
    Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

    Euskal Herria plaza, 1 20230

    Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

    Tramita Online

    Requiere identificación electrónica

    Documentación a aportar
    1. Impreso de solicitud de subención.
    2. Presupuesto de grabación y/o edición.
    3. Listado y letra o borrador de cada una de canciones. En el caso de que no sea euskara o castellano, la traducción.
    4. Texto del CD que incluya la mención de la subvención del Ayuntamiento de Legazpi y el anagrama.
    DOCUMENTOS IDENTIFICATIVOS:
    • DNI de la persona solicitante.
    • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la interesada, documento de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia, según proceda, de la persona interesada. 
    Más información

    Por email:

    isanz@legazpi.eus

    Por teléfono:

    Dentro del municipio 010

    Desde fuera del municipio 943737030 o 943737203

    ¿Cuánto cuesta?

    El coste de la gestión es asumido por el Ayuntamiento

    Plazo del procedimiento
    • Plazo previsto: una semana
    • Plazo máximo local: 3 meses 
    • Efectos del silencio administrativo: negativo
    Normativa aplicable
    Procedimiento a seguir después de la solicitud
    1. Recoger, escanear, comprobar y registrar la solicitud y documentos aportados. 
    2. Remitir al Servicio de Infancia, Adolescencia y Juventud.
    Resumen de trámites posteriores
    1. Informe técnico. 
    2. Decreto de Alcaldía.
    3. Notificación a la persona interesada.
    4. Remisión de la propuesta de abono al Servicio de Economía y Hacienda.
    Documentos auxiliares
    Quién lo aprueba?Alcaldía
    Servicio municipal responsable de la tramitación

    Servicio de Infancia, Adolescencia y Juventud.

    Información válida hastaModificación normativa
    Observaciones
    • La ciudadanía, en su relación con la administración pública, tendrá derecho a no presentar los documentos que no se soliciten en las normativas aplicables en el procedimiento correspondiente o aquellos que ya están en poder de la propia administración.
    • Al realizar la solicitud de subvención la persona interesada da su permiso al ayuntamiento para que obtenga de oficio la documentación solicitada en la convocatoria.

    AYUDAS PARA LA COMPRA DE MATERIAL ESCOLAR Y DE EQUIPOS INFORMÁTICOS

    6.17
    CUESTIÓNRESPUESTA
    ¿Qué es? ¿Para qué?

    Ayudas destinadas a la compra de material escolar y de equipos informáticos, con el fin de ayudar a las familias legazpiarras. El material escolar se puede comprar en cualquier comercio de Legazpi y los equipos informáticos en comercios de cercanía fuera de Legazpi, pero dentro del Territorio Histórico de Gipuzkoa.

    Las familias podrán optar anualmente a las ayudas para la compra del material escolar y cada dos años a las ayudas para la compra de equipos informáticos. 

    Las ayudas a la compra de material escolar serán por cada niña/o y las ayudas de compra de equipos informáticos serán por FAMILIA. Hay 4 tramos en función de los ingresos de la Unidad Familiar y también se tienen en cuenta las familias numerosas.

    Material escolar

    POR CADA NIÑA/O

    Tramo 1

    Tramo 2

    Tramo 3

    Tramo 4

    Ordinaria

    Especial

    Familia numerosa

    Ordinaria

    Familia numerosa

    Ordinaria

    Familia numerosa

    Hasta 12.100€

    Hasta 19.950€

    Hasta 29.950€

    Hasta 27.000€

    Hasta 37.000

    Hasta 40.000€

    Hasta 50.000€

    140€

    120€

    120€

    100€

    100€

    70€

    80€

    Compra de equipos informáticos

    POR CADA UNIDAD FAMILIAR

    Tramo 1

    Tramo 2

    Tramo 3

    Tramo 4

    Especial

    Ordinaria

    Familia numerosa

    Ordinaria

    Familia numerosa

    Ordinaria

    Familia numerosa

    Hasta 12.100€

    Hasta 19.950€

    Hasta 29.950€

    Hasta 27.000€

    Hasta 37.000

    Hasta 40.000€

    Hasta 50.000€

    350€

    200€

    200€

    150€

    150€

    100€

    120€

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Madre/padre o tutor/a  de las/los alumnas/os que estén matriculadas/os en cualquiera de los cursos de Enseñanza Obligatoria, Bachillerato y FP Grado Medio y que estén todos empadronadas/os en el mismo domicilio de Legazpi.

    Dónde se solicita
    Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

    Euskal Herria plaza, 1 20230

    Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

    Tramita Online

    Requiere identificación electrónica

    Documentación a aportar

    Cada familia tramitará una SOLA solicitud junto con la siguiente documentación:

    1. Impreso de solicitud de subvención

    2. Factura(s) originales expedida(s) a nombre de la persona titular de la subvención.

    3. Justificante de matrícula o certificado del centro, en el caso del alumnado de Enseñanza Secundaria Post Obligatoria (Bachiller y FP Grado Medio).

    Si la persona solicitante es tutor/a del niño/a, la documentación que así lo acredite.

    En caso de no haber realizado la Declaración de la Renta en la Comunidad Autónoma Vasca, se deberá adjuntar documentación que acredite los ingresos recibidos.

    Más información

    Por email:

    isanz@legazpi.eus

    Por teléfono:

    Dentro del municipio 010

    Desde fuera del municipio 943 73 70 30 o 943737203

    Preguntas Frecuentes - FAQs

    ¿Cuánto cuesta?

    El coste de la gestión es asumido por el Ayuntamiento.

    Plazo del procedimiento

    - Plazo previsto: 2 meses

    - Plazo máximo legal: 3 meses

    - Efectos del silencio administrativo:negativo

    Normativa aplicable
    Procedimiento a seguir después de la solicitud

    1. Recoger, escanear, comprobar y registrar la solicitud y documentos aportados.

    2. Remitir al Servicio de Educación.

    Resumen de trámites posteriores

    1. Informe técnico.

    2. Decreto de Alcaldía.

    3. Notificación a la persona interesada.

    4. Remisión de la propuesta de abono al Departamento de Economía y Hacienda.

    Documentos auxiliares
    Quién lo aprueba?

    Alcaldía

    Servicio municipal responsable de la tramitación

    Educación.

    Información válida hasta

    Modificación normativa.

    Observaciones

    - La ciudadanía, en su relación con la administración pública, tendrá derecho a no presentar los documentos que no se soliciten en las normativas aplicables en el procedimiento correspondiente o aquellos que ya están en poder de la propia administración.

    - Al realizar la solicitud de subvención la persona interesada da su permiso al ayuntamiento para que obtenga de oficio la documentación solicitada en la convocatoria.

    - Los ingresos de la Unidad Familiar no deberán superar los 40.000 euros; y 50.000 euros en el caso de las familias numerosas.

    AYUDAS PARA EL FOMENTO DE LA ACTIVIDAD ECONÓMICA EN EL COMERCIO, LA HOSTELERÍA Y LOS SERVICIOS LOCALES

    6.19
    CUESTIÓNRESPUESTA
    ¿Qué es? ¿Para qué?

    Ayuda económica dirigida al comercio, hostelería y servicios locales, para ayudar en los procesos de:

    • modernización y sostenibilidad.
    • emprendizaje de nuevos negocios.
    • relevo empresarial de negocios.
    Actividades que se subvencionan:
    a) En la primera línea de subvención destinada a hacer frente a las inversiones y gastos derivados de la reforma de locales comerciales, y para la adquisición de equipos y maquinaria, serán objeto de ayudas las siguientes acciones y gastos:
    1. Gastos las obras para la reforma o acondicionamiento de un local comercial:
      • Contratación de servicios profesionales para la elaboración y redacción del proyecto, informes técnicos, etc.
      • Contratación y ejecución de la obra.
      • Adquisición e instalación de equipos o mobiliario.
      • Tasas de las licencias municipales precisas.
    2. Equipamiento y maquinaria necesaria para la realización de la actividad comercial principal:
      • Adquisición, instalación y montaje de equipos y maquinaria vinculada directa y claramente con la actividad principal del establecimiento.
    Se exige que estos activos permanezcan en la empresa como mínimo 2 años desde la fecha de adquisición (fecha factura).
    b) En la segunda línea de subvenciones, destinada a hacer frente a los gastos iniciales de la puesta en marcha de la iniciativa empresarial o de la transmisión de un negocio ya existente. serán objeto de ayudas las siguientes acciones y gastos:
    1. Gastos de constitución de la empresa, de la puesta en marcha de la actividad y de su autorización:
      • Gastos notariales y registrales.
      • Gastos de asesoría jurídica o financiera.
      • Gastos relativos a la transmisión de la licencia de actividad o de solicitud de una nueva licencia (tanto si se solicita licencia de actividad como la comunicación previa).
    2. Gastos de comunicación relacionados con la puesta en marcha de la empresa, dirigidos a conseguir una presencia activa tanto en ámbito físico como en el digital:
      • Asesoramiento para el desarrollo de planes de comunicación, dinamización de redes sociales y gastos publicitarios.
      • Los soportes, tanto físicos como digitales para realizar esta comunicación. Estos soportes podrán ser cofinanciados a través de la subvención que ofrece el Servicio de Euskera del Ayuntamiento para fomentar el uso del euskera en el comercio y las empresas.
    3. Gastos de asesoramiento realizados durante los 12 meses siguientes al alta de la actividad en el IAE o a la fecha de acuerdo de la transmisión del negocio:
      • Contratación de asesoramiento fiscal, laboral, contable, jurídico, administrativo o de gestión del negocio relativo a la teneduría de libros y obligaciones fiscales y contables cotidianas, sobre riesgos laborales, etc.
    4. Primas de seguros (cuotas correspondientes a los 12 meses siguientes al alta de la actividad en el IAE o a la fecha de acuerdo de la transmisión del negocio).
    5. Las cuotas correspondientes al pago de la cotización como persona trabajadora por cuenta propia en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o, en su caso, de la Seguridad Social o de la mutua profesional obligatoria. (cuotas correspondientes a los 12 meses siguientes al alta de la actividad en el IAE o a la fecha de acuerdo de la transmisión del negocio).
    Las facturas correspondientes deben estar comprendidas entre el 16 de noviembre de 2023 y 31 de diciembre de 2024, ambos incluidos.
    ¿Quién lo puede solicitar?
    Personas físicas o jurídicas que cumplan los siguientes requisitos generales:
    a)Los tipos de actividades económicas a las que van dirigidas estas ayudas son:
    • actividades comerciales al por menor. 
    • actividades de hostelería.
    • servicios dirigidos a personas, excepto actividades de juegos de azar y apuestas.
    b)Que disponga de menos de 10 personas empleadas y una facturación de menos de 2.000.000 de euros.
    c)Que realice su actividad económica en un local situado en Legazpi. No será necesario que las personas o empresas solicitantes tengan su domicilio social en Legazpi. 
    d)Que el negocio esté abierto al público en horario comercial habitual.
    e)La empresa deberá estar dada de alta en el IAE en los epígrafes específicos de comercio y hostelería, así como de las actividades de servicios.
    Dónde se solicita
    Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

    Euskal Herria plaza, 1 20230

    Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

    Tramita Online

    Requiere identificación electrónica

    Las personas físicas podrán elegir entre dos modos de presentar la solicitud:

    • de forma presencial, en el Servicio de Atención Ciudadana del Ayuntamiento de Legazpi.

    • de forma telemática, a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Legazpi: https://egoitza.legazpi.eus

    Las personas jurídicas presentarán la solicitud de forma telemática a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Legazpi:https://egoitza.legazpi.eus

    Documentación a aportar

    Para optar a las presentes ayudas deberá presentarse la siguiente documentación:

    • Impreso de solicitud oficial debidamente cumplimentado y firmado. 
    • Copia del CIF o DNI de la persona física o jurídica en caso de no haberlos presentado en ejercicios anteriores. 
    • Escrituras de constitución de la empresa y posteriores modificaciones en caso de no haberlos presentado en ejercicios anteriores. 
    • Alta en el IAE.
    • En el caso de negocios procedentes de una transmisión se presentará el justificante del contrato o acuerdo de transmisión, en el caso de que ya se haya formalizado.
    • En el caso de las empresas de nueva creación o de negocios procedentes de una transmisión que en el momento de realizar la solicitud no se hayan formalizado, los documentos correspondientes se deberán presentar cuando se constituyan o cuando se formalice el traspaso.
    • Facturas y justificantes de pago de las inversiones y gastos para las que se solicite la subvención. Si todavía no se han materializado, para la realización de la solicitud se admitirá la presentación de presupuestos.
    • En el caso de que la empresa haya solicitado otras ayudas para financiar las mismas inversiones que en este Programa, deberá presentar certificación de las mismas.
    Más información

    Susana Torregaray

    e-mail: storregaray@legazpi.eus/Tel. 688 89 97 06

    Atención presencial con cita previa.

    ¿Cuánto cuesta?

    El coste es asumido por el Ayuntamiento

    Plazo del procedimiento

    Plazo previsto: Un mes desde la finalización del plazo de las solicitudes

    Efectos del silencio administrativo: negativo

    Normativa aplicable
    Procedimiento a seguir después de la solicitud
    1. Recoger, escanear, comprobar y registrar la solicitud y documentos aportados. 
    2. Remitir al Servicio de Industria, Turismo y Comercio
    3. Una vez finalizado el plazo de presentación, se realizará una valoración de las solicitudes presentadas, otorgándose la subvención a las solicitudes que obtengan mayor puntuación hasta agotar el crédito disponible. En caso de empate entre las solicitudes que hayan obtenido la menor puntuación, se otorgará la subvención a la solicitud que se haya presentado antes.
    4. El plazo máximo para dictar y notificar las resoluciones correspondientes será de 1 mes, contado a partir de la finalización del plazo para presentación de solicitudes indicado en la convocatoria correspondiente.
    Resumen de trámites posteriores

    1. Informe técnico.

    2. Decreto de Alcaldía.

    3. Notificación a la persona interesada.

    4. Remisión de la propuesta de abono al Departamento de Economía.

    Documentos auxiliares
    Quién lo aprueba?

    Alcaldía

    Servicio municipal responsable de la tramitación

    Servicio de Industria, Turismo y Comercio

    Información válida hasta

    31 de diciembre de 2024

    Observaciones
    • En el impreso de solicitud oficial únicamente se deberá marcar los criterios de valoración que SÍ se cumplen.   
    • No es necesario adjuntar ninguna documentación para justificar estos criterios, únicamente hay que marcar los que se cumplen. Una vez recibida la documentación el Ayuntamiento se pondrá en contacto con la persona o entidad que ha realizado la solicitud para pedir los documentos justificativos.
    • La ciudadanía, en su relación con la administración pública, tendrá derecho a no presentar los documentos que no se soliciten en las normativas aplicables en el procedimiento correspondiente o aquellos que ya están en poder de la propia administración.
    • Al realizar la solicitud de subvención la persona interesada da su permiso al ayuntamiento para que obtenga de oficio la documentación solicitada en la convocatoria.

    AYUDAS PARA GASTOS DE FORMACIÓN EN EUSKERA DE ENTRENADORES/AS-MONITORES/AS DE CLUBES DEPORTIVOS

    6.20
    CUESTIÓNRESPUESTA
    ¿Qué es? ¿Para qué?

    Ayuda económica para gastos de formación en euskera de entrenadores-as/ monitores-as de clubes deportivos municipales.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Asociaciones deportivas de Legazpi que ofertan formación deportiva en euskera a sus entrenadores-as/educadores-as.

    Dónde se solicita
    Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

    Euskal Herria plaza, 1 20230

    Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

    Tramita Online

    Requiere identificación electrónica

    Documentación a aportar

    1. Impreso de solicitud debidamente cumplimentado

    2. Certificado del número de cuenta bancaria

    3. Justificante del pago de la matrícula de los entrenadores/as-monitores/as del equipo que hayan recibido la formación o facturas de la contratación de la formación del club

    4. Documento de la entidad que ha impartido el curso, con descripción detallada del mismo, número de horas trabajadas, número de horas recibidas por cada participante y asistencia (en %).

    5. Documento de declaración jurada de haber solicitado otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad.

    6. Declaración jurada de no estar sancionada penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas.

    Más información

    Por email:

    haz@legazpi.eus

    Por teléfono:

    Dentro del municipio 010

    Desde fuera del municipio 943 73 70 30

    ¿Cuánto cuesta?

    El coste es asumido por el Ayuntamiento

    Plazo del procedimiento

    - Plazo previsto: una semana

    - Plazo máximo legal: 3 meses 

    - Efectos del silencio administrativo: negativo

    Normativa adicional

    Plan Estratégico de subvenciones para el periodo 2024-2027 del ayuntamiento de Legazpi

    Normativa aplicable
    Procedimiento a seguir después de la solicitud

    1. Recoger, escanear, comprobar y registrar la solicitud y documentos aportados. 

    2. Remitir al servicio de Euskera.

    Resumen de trámites posteriores

    1. Informe técnico. 

    2. Decreto de Alcaldía.

    3. Notificación a la persona interesada.

    4. Remisión de la propuesta de abono a Economía.

    Documentos auxiliares

    - Impreso de solicitud de subvención

    - Escrito de Representación

    - Declaración jurada de no estar sancionado

    Quién lo aprueba?

    Alcaldía

    Servicio municipal responsable de la tramitación

    Servicio de Euskera

    Información válida hasta

    Modificación normativa

    Observaciones

    - Al realizar la solicitud de subvención la persona interesada da su permiso al ayuntamiento para que obtenga de oficio la documentación solicitada en la convocatoria.

    VALORACIÓN DE DEPENDENCIA Y HERRAMIENTA RAI DE ORIENTACIÓN

    7.1
    CUESTIÓNRESPUESTA
    ¿Qué es? ¿Para qué?

    Valorar el nivel de dependencia de aquellas que se encuentran en un estado de dependencia por razones ligadas a la falta o pérdida de autonomía física, sensorial, psíquica o intelectual y tienen necesidad de asistencia y/o ayudas importantes a fin de realizar los actos corrientes de la vida diaria y de modo particular, los referentes al cuidado personal. 

    Valoraciones de dependencia:

    Grado I. Dependencia moderada: Cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria, al menos una vez al día. 

    Grado II. Dependencia severa: Cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria dos o tres veces al día, pero no requiere la presencia permanente de un cuidador. 

    Grado III. Gran dependencia:  Cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria varias veces al día y, por su pérdida total de autonomía mental o física, necesita la presencia indispensable y continua de otra persona. 

    Existen diferentes niveles de dependencia en cada grado, dependiendo de su autonomía y necesidad de cuidado. De acuerdo con esa valoración se le reconocerán los servicios y las prestaciones que puede recibir, según la Ley  30/2006, de 14 de diciembre, de Dependencia.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Cualquiera que esté empadronado/a en Legazpi y tenga nacionalidad española con 5 años de antigüedad, de los cuales 2 han de ser inmediatamente anteriores a la solicitud.

    Dónde se solicita
    Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

    Euskal Herria plaza, 1 20230

    Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

    Documentación a aportar

    DOCUMENTACIÓN DE IDENTIFICACIÓN:

    • Fotocopia del DNI de la persona solicitante.
    • En caso de menores, Libro de Familia.
    • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la interesada, documento de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia, según proceda, de la persona interesada..
    • En caso de incapacidad, la documentación acreditativa de la representación legal que tenga atribuida la persona que presente la solicitud en nombre de la persona incapaz. 
    • Informe médico cumplimentado por el médico de Atención Primaria de Osakidetza (según modelo oficial)
    • Tarjeta sanitaria.
    Más información

    Por email:

    haz@legazpi.eus

    Por teléfono:

    Dentro del municipio 010

    Desde fuera del municipio 943 73 71 81 o 943 73 70 30

    ¿Cuánto cuesta?

    El coste es asumido por el Ayuntamiento

    Plazo del procedimiento
    • Plazo previsto: un mes 
    • Plazo máximo legal: 6 meses.
    • Efectos del silencio administrativo: negativo.
    Normativa aplicable
    Procedimiento a seguir después de la solicitud
    1. Recoger, escanear, comprobar la documentación aportada y registrar la solicitud.
    2. Remitir la solicitud al Departamento para la Política Social de la Diputación Foral de Gipuzkoa, para su tramitación correspondiente.
    Documentos auxiliares
    Quién lo aprueba?Departamento de Política Social de la Diputación Foral de Gipuzkoa
    Servicio municipal responsable de la tramitaciónServicios Sociales
    Información válida hastaModificación normativa

    VALORACIÓN DE DISCAPACIDAD

    7.2
    CUESTIÓNRESPUESTA
    ¿Qué es? ¿Para qué?

    Valorar el grado discapacidad y el baremo para la determinación de la existencia de dificultades de movilidad para utilizar transportes colectivos. El grado de discapacidad se mide en forma de porcentaje. Para ser reconocida como persona con discapacidad es necesario que la discapacidad sea igual o superior al 33%.

    Puede solicitarse la Revisión.
    ¿Quién lo puede solicitar?

    Presentar alguna deficiencia o discapacidad permanente, con carácter general, diagnosticada y tratada como mínimo 6 meses antes a la solicitud

    Persona ciudadana de la Unión Europea con Pasaporte en vigor y personas extranjeras no comunitarias con permiso de residencia.

    Dónde se solicita
    Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

    Euskal Herria plaza, 1 20230

    Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

    Documentación a aportar

    DOCUMENTACIÓN DE IDENTIFICACIÓN:

    • Fotocopia del DNI de la persona solicitante.
    • En caso de menores, Libro de Familia.
    • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la interesada, documento de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia, según proceda, de la persona interesada.
    • En caso de incapacitación legal, fotocopia DNI de su representante legal o persona guardadora de hecho y, en el caso de menores, fotocopia del Libro de Familia. 
    • Informe médico cumplimentado por el médico de Atención Primaria de Osakidetza (según modelo oficial)
    • Informe del especialista correspondiente (si está en tratamiento con especialista). 
    • Otros informes actualizados que se consideren de interés en la valoración.
    Más información

    Por email:

    haz@legazpi.eus

    Por teléfono:

    Dentro del municipio 010

    Desde fuera del municipio 943 73 71 81 o 943 73 70 30

    ¿Cuánto cuesta?

    El coste es asumido por el Ayuntamiento

    Plazo del procedimiento
    • Plazo previsto: 3 meses
    • Plazo máximo legal: 6 meses.
    • Efectos del silencio administrativo: negativo.
    Normativa aplicable
    Procedimiento a seguir después de la solicitud
    1. Recoger, escanear y comprobar la documentación aportada
    2. Remitir la solicitud al Departamento de Política Social de la Diputación Foral de Gipuzkoa, para su valoración.
    Documentos auxiliares
    Quién lo aprueba?Departamento de Política Social de la Diputación Foral de Gipuzkoa
    Servicio municipal responsable de la tramitaciónServicios Sociales
    Información válida hastaModificación normativa
    ObservacionesDespués de recibir la solicitud, se le asignará una cita a la persona a valorar en el Centro de Valoración de la Discapacidad del Departamento, en el municipio de Legazpi.
    El resultado de la valoración puede ser definitivo o provisional.

    INGRESO EN LA RED DE RESIDENCIAS

    7.3
    CUESTIÓNRESPUESTA
    ¿Qué es? ¿Para qué?Solicitud de ingreso en la red de residencias concertadas para personas mayores dependientes y/o discapacitadas, alternativa al domicilio cuando el deterioro personal impide la permanencia en él.
    ¿Quién lo puede solicitar?
    • P ersonas mayores de 60 años.
    • Personas dependientes.
    • Personas empadronadas en cualquiera de los municipios de Gipuzkoa. 

    Podrán también ser admitidas personas menores de 60  que por su situación personal o social sean equiparables al colectivo de personas mayores.

    Dónde se solicita
    Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

    Euskal Herria plaza, 1 20230

    Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

    Documentación a aportar

    DOCUMENTACIÓN DE IDENTIFICACIÓN:

    • Fotocopia del DNI de la persona solicitante.
    • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la interesada, documento de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia, según proceda, de la persona interesada.
    • En caso de incapacidad, la documentación acreditativa de la representación legal que tenga atribuida la persona que presente la solicitud.
    • Certificado de los ingresos y el patrimonio de la persona solicitante y de la unidad familiar.
    Más información

    Por email:

    haz@legazpi.eus

    Por teléfono:

    Dentro del municipio 010

    Desde fuera del municipio 943 73 71 81 o 943 73 70 30

    ¿Cuánto cuesta?

    El coste es asumido por el Ayuntamiento

    Plazo del procedimiento
    • Plazo mínimo: 15 días
    • Plazo máximo legal: 3 meses.
    • Efectos del silencio administrativo: negativo.
    Normativa aplicable
    Procedimiento a seguir después de la solicitud
    1. Recoger, escanear y comprobar la documentación aportada.
    2. Valoración del caso.
    3. Remitir la solicitud al Departamento de Política Social de la Diputación Foral de Gipuzkoa, para su valoración.
    Documentos auxiliares
    Quién lo aprueba?Departamento de Política Social de la Diputación Foral de Gipuzkoa
    Servicio municipal responsable de la tramitaciónServicios Sociales
    Información válida hastaModificación normativa.
    ObservacionesResolución de admisión en Lista de Espera, con indicación de aportación económica: 3 meses.
    Obtención de plaza: no hay plazo.

    ESTANCIA TEMPORAL PARA PERSONAS MAYORES CON DEPENDENCIA O PERSONAS CON DISCAPACIDAD

    7.4
    CUESTIÓNRESPUESTA
    ¿Qué es? ¿Para qué?Solicitud de estancia temporal para garantizar la prestación de los cuidados que necesita una persona mayor en situación de dependencia o con discapacidad, respondiendo a necesidades de respiro familiar y de sus personas cuidadoras.
    ¿Quién lo puede solicitar?
    • Personas mayores valoradas como en situación de dependencia o como persona en situación de discapacidad según la normativa vigente.
    • Personas empadronadas en cualquiera de los municipios de Gipuzkoa.
    • Quienes no dispongan de manera temporal de la red de apoyo necesaria para mantenerse en su domicilio.
    Dónde se solicita
    Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

    Euskal Herria plaza, 1 20230

    Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

    Documentación a aportar

    DOCUMENTACIÓN DE IDENTIFICACIÓN:

    • Fotocopia del DNI de la persona solicitante.
    • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la interesada, documento de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia, según proceda, de la persona interesada.
    • En caso de incapacidad, la documentación acreditativa de la representación legal que tenga atribuida la persona que presente la solicitud en nombre de la persona incapaz. 
    • Certificado de los ingresos y el patrimonio de la persona solicitante y de la unidad familiar.
    • Informe médico actualizado.
    Más información

    Por email:

    haz@legazpi.eus

    Por teléfono:

    Dentro del municipio 010

    Desde fuera del municipio 943 73 71 81 o 943 73 70 30

    ¿Cuánto cuesta?

    El coste es asumido por el Ayuntamiento

    Plazo del procedimiento
    • Plazo previsto: 1 mes 
    • Plazo máximo legal: 2 meses.
    • Efectos del silencio administrativo: negativo.
    Normativa aplicable
    Procedimiento a seguir después de la solicitud
    1. Recoger, escanear y comprobar la documentación aportada.
    2. Valoración del caso.
    3. Remitir la solicitud al Departamento de Política Social de la Diputación Foral de Gipuzkoa, para su valoración.
    Documentos auxiliares
    Quién lo aprueba?Departamento de Política Social de la Diputación Foral de Gipuzkoa
    Servicio municipal responsable de la tramitaciónServicios Sociales
    Información válida hastaModificación normativa
    ObservacionesPlazos especiales en Navidad, Semana Santa y verano.

    AYUDAS TÉCNICAS O PRODUCTOS DE APOYO

    7.5
    CUESTIÓNRESPUESTA
    ¿Qué es? ¿Para qué?

    Ayudas económicas individuales y de los productos de apoyo destinados a favorecer la autonomía personal para la realización de las actividades de la vida diaria y para la integración social de las personas con discapacidad o en situación de dependencia reconocidos como tal por la Diputación Foral de Gipuzkoa o por otra administración competente. 

    Tipos de ayuda:

    • Movilidad: sillas de ruedas eléctricas, sillas especiales, Adaptación de vehículos 
    • Para la accesibilidad urbanística y de la edificación 
    • Para la protección y el cuidado personal 
    • Mobiliario y adaptaciones para la vivienda 
    • Para la comunicación: prótesis auditivas, aparato para la comunicación entre personas, software adaptado.
    ¿Quién lo puede solicitar?
    • Empadronamiento en el Territorio Histórico de Gipuzkoa con una antigüedad mínima de un año. 
    • Haber sido calificada como persona con discapacidad igual o superior al 33% o como persona en situación de dependencia 
    • No haber recibido una ayuda similar en los 6 años anteriores 
    • En caso de las ayudas que conllevan aportación económica de la persona usuaria, no superar el baremo de capacidad económica establecido en el Decreto foral 
    • Las ayudas para la accesibilidad urbanística y de la edificación sólo serán subvencionables si la adaptación que se solicita cumple todos los criterios de accesibilidad marcados por la normativa vigente sobre accesibilidad.
    Dónde se solicita
    Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

    Euskal Herria plaza, 1 20230

    Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

    Documentación a aportar

    DOCUMENTACIÓN DE IDENTIFICACIÓN:

    • Fotocopia del DNI de la persona solicitante.
    • En caso de menores, Libro de Familia.
    • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la interesada, documento de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia, según proceda, de la persona interesada.
    • En caso de incapacidad, la documentación acreditativa de la representación legal que tenga atribuida la persona que presente la solicitud en nombre de la persona incapaz. 
    • Presupuesto detallado de lo solicitado.
    • En el caso de ayudas no recuperables:
      • Declaración de la renta del año anterior
      • Certificados de los ingresos de todos los miembros de la unidad de convivencia.
    • Nº de Cuenta Corriente para recibir la prestación
    Más información

    Por email:

    haz@legazpi.eus

    Por teléfono:

    Dentro del municipio 010

    Desde fuera del municipio 943 73 71 81 o 943 73 70 30

    ¿Cuánto cuesta?

    El coste es asumido por el Ayuntamiento

    Plazo del procedimiento
    • Plazo previsto: 3 meses.
    • Plazo máximo legal: 6 meses.
    • Efectos del silencio administrativo: negativo.
    Normativa aplicable
    Procedimiento a seguir después de la solicitud
    1. Recoger, escanear y comprobar la documentación aportada.
    2. Valoración del caso.
    3. Remitir la solicitud al Departamento de Política Social de la Diputación Foral de Gipuzkoa, para su valoración.
    Documentos auxiliares
    Quién lo aprueba?Departamento de Política Social de la Diputación Foral de Gipuzkoa
    Servicio municipal responsable de la tramitaciónServicios Sociales
    Información válida hastaModificación normativa
    Observaciones

    Las ayudas pueden tener el carácter de recuperable o de no recuperable. 

    Recuperable: Aquellos productos de apoyo que pueden ser reutilizados por sucesivas personas y que pueden ser trasladadas de lugar sin más coste que los de transporte. 

    No recuperable:  Que por sus características son intransferibles y benefician a una única persona usuaria. 

    Existe un catálogo de productos de apoyo objeto de subvención o de cesión. No se concederán ayudas para productos adquiridos o para obras iniciadas con anterioridad a la solicitud y al informe de orientación favorable del servicio foral Etxetek.

    PRESTACIÓN ECONÓMICA POR CUIDADO EN EL ENTORNO FAMILIAR

    7.6
    CUESTIÓNRESPUESTA
    ¿Qué es? ¿Para qué?Solicitud de prestación económica destinada a contribuir a la cobertura de los gastos derivados de la atención de la persona dependiente por parte de un cuidador de su entorno familiar.
    ¿Quién lo puede solicitar?
    • Personas en situación de dependencia:
      • Grado III Nivel 2 y 1 
      • Grado II Nivel 2 y 1 
      • Grado I Nivel 2
    • Personas que cumplan con los siguientes requisitos para acceder a la prestación económica para cuidados en el entorno familiar: 
      • Que ambas personas estén empadronadas en el mismo domicilio. 
      • Que la persona cuidadora sea mayor de 18 años y familiar de la persona dependiente hasta el tercer grado de afinidad.
    Dónde se solicita
    Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

    Euskal Herria plaza, 1 20230

    Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

    Documentación a aportar

    DOCUMENTACIÓN DE IDENTIFICACIÓN:

    • Fotocopia del DNI de la persona solicitante.
    • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la interesada, documento de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia, según proceda, de la persona interesada.
    • En caso de incapacidad, la documentación acreditativa de la representación legal que tenga atribuida la persona que presente la solicitud en nombre de la persona incapaz.
    • DNI y tarjeta de salud de la persona cuidadora
    • Nº IBAN de la Cuenta Corriente dónde se quiera recibir la prestación.
    Más información

    Por email:

    haz@legazpi.eus

    Por teléfono:

    Dentro del municipio 010

    Desde fuera del municipio 943 73 71 81 o 943 73 70 30

    ¿Cuánto cuesta?

    El coste es asumido por el Ayuntamiento

    Plazo del procedimiento
    • Plazo mínimo: un mes 
    • Plazo máximo legal: 3 meses, desde la entrada de la solicitud en la Diputación.
    • Efectos del silencio administrativo: negativo.
    Normativa aplicable
    Procedimiento a seguir después de la solicitud
    1. Recoger, escanear y comprobar la documentación aportada.
    2. Valoración del caso.
    3. Remitir la solicitud al Departamento de Política Social de la Diputación Foral de Gipuzkoa, para su valoración.
    Documentos auxiliares
    Quién lo aprueba?Departamento de Política Social de la Diputación Foral de Gipuzkoa
    Servicio municipal responsable de la tramitaciónServicios Sociales
    Información válida hastaModificación normativa
    ObservacionesÚnicamente se admitirá la valoración de dependencia concedida por la Diputación Foral de Gipuzkoa.

    PRESTACIÓN ECONÓMICA DE ASISTENCIA PERSONAL

    7.7
    CUESTIÓNRESPUESTA
    ¿Qué es? ¿Para qué?Solicitud de prestación económica destinada a contribuir a la cobertura de los gastos derivados de la contratación de un o una asistente personal, que facilite el acceso a la educación y/o trabajo, y posibilite una mayor autonomía en el ejercicio de las actividades básicas de la vida diaria a las personas con gran dependencia.
    ¿Quién lo puede solicitar?
    • Personas en situación de dependencia:
      • Grado III Nivel 2 y 1 
      • Grado II Nivel 2 y 1 
      • Grado I Nivel 2
    • Para contratar a una persona mayor de 18 años sin lazos de parentesco. 
    Dónde se solicita
    Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

    Euskal Herria plaza, 1 20230

    Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

    Documentación a aportar

    DOCUMENTACIÓN DE IDENTIFICACIÓN:

    • Fotocopia del DNI de la persona solicitante.
    • DNI o NIE de la persona cuidador o cuidadora y NIF empresa en su caso.
    • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la interesada, documento de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia, según proceda, de la persona interesada.
    • En caso de incapacidad, la documentación acreditativa de la representación legal que tenga atribuida la persona que presente la solicitud en nombre de la persona incapaz.
    •  En caso de menores de edad, libro de familia.
    •  Contrato o precontrato suscrito con el cuidador o cuidadora personal o empresa que vaya a realizar la asistencia personal
    • Documento acreditativo del alta en la Seguridad Social de la persona que va a prestar la asistencia personal.
    • Certificado de cumplir con las obligaciones establecidas en materia de Seguridad Social para quienes realizan los cuidados a nivel profesional.
    Más información

    Por email:

    haz@legazpi.eus

    Por teléfono:

    Dentro del municipio 010

    Desde fuera del municipio 943 73 71 81 o 943 73 70 30

    ¿Cuánto cuesta?

    El coste es asumido por el Ayuntamiento

    Plazo del procedimiento
    • Plazo previsto: 2 meses
    • Plazo máximo legal: 3 meses.
    • Efectos del silencio administrativo: negativo.
    Normativa aplicable
    Procedimiento a seguir después de la solicitud
    1. Recoger, escanear, comprobar y registrar la documentación aportada.
    2. Valoración del caso.
    3. Remitir la solicitud al Departamento de Política Social de la Diputación Foral de Gipuzkoa.
    Documentos auxiliares
    Quién lo aprueba?Departamento de Política Social de la Diputación Foral de Gipuzkoa
    Servicio municipal responsable de la tramitaciónServicios Sociales
    Información válida hastaModificación normativa
    ObservacionesÚnicamente se admitirá la valoración de dependencia concedida por la Diputación Foral de Gipuzkoa.

    AYUDA ECONÓMICA EN LOS CASOS DE INGRESO EN CENTRO DE DÍA O RESIDENCIA DE CARÁCTER PRIVADO

    7.8
    CUESTIÓNRESPUESTA
    ¿Qué es? ¿Para qué?Lograr una prestación económica para ingresar en una residencia de carácter privado (centro de día o una residencia permanente).
    ¿Quién lo puede solicitar?La persona dependiente lleva 3 meses en lista de espera para acceder a un servicio de centro de día o una residencia permanente y no dispone de plaza pública o concertada: se le reconoce esta prestación para pagar una plaza privada.
    Dónde se solicita
    Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

    Euskal Herria plaza, 1 20230

    Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

    Documentación a aportar

    DOCUMENTACIÓN DE IDENTIFICACIÓN:

    • Fotocopia del DNI de la persona solicitante.
    • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la interesada, documento de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia, según proceda, de la persona interesada.
    • En caso de incapacidad, la documentación acreditativa de la representación legal que tenga atribuida la persona que presente la solicitud.
    •  Cuenta Corriente dónde se quiera recibir la prestación.
    • Contrato o precontrato firmado con el Centro Privado.
    • Última factura abonada por la oferta privada de servicio.
    Más información

    Por email:

    haz@legazpi.eus

    Por teléfono:

    Dentro del municipio 010

    Desde fuera del municipio 943 73 71 81 o 943 73 70 30

    ¿Cuánto cuesta?

    El coste es asumido por el Ayuntamiento

    Plazo del procedimiento
    • Plazo previsto: 3 meses
    • Plazo máximo legal: 3 meses
    • Efectos del silencio administrativo: negativo
    Normativa aplicable
    Procedimiento a seguir después de la solicitud
    1. Recoger, escanear, comprobar y registrar la documentación aportada.
    2. Valoración del caso.
    3. Remitir la solicitud al Departamento de Política Social de la Diputación Foral de Gipuzkoa.
    Documentos auxiliares
    Quién lo aprueba?Departamento de Política Social de la Diputación Foral de Gipuzkoa
    Servicio municipal responsable de la tramitaciónServicios Sociales
    Información válida hastaModificación normativa
    ObservacionesÚnicamente se admitirá la valoración de dependencia concedida por la Diputación Foral de Gipuzkoa.

    PENSIONES NO CONRIBUTIVAS

    7.9
    CUESTIÓNRESPUESTA
    ¿Qué es? ¿Para qué?

    Son prestaciones económicas periódicas dirigidas a personas en edad de jubilación o en situación de invalidez que, por no haber cotizado a la Seguridad Social o haberlo hecho durante un periodo insuficiente, no tienen derecho a una pensión contributiva.

    Existen dos modalidades: 

    • Por discapacidad o por jubilación.
    ¿Quién lo puede solicitar?

    Para la pensión por jubilación

    • Estar empadronado en el Territorio Histórico de Gipuzkoa
    • Ser mayor de 65 años.
    • Residir en territorio español, y haberlo hecho durante diez años, en el período que media entre la fecha de cumplimiento de los 16 años y la de devengo de la pensión, de los cuales dos han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
    • Carecer de recursos económicos según el baremo establecido anualmente.

    Para la pensión por discapacidad

    • Ser mayor de 18 años y menor de 65 años en el momento de la solicitud.
    • Residir en territorio español y haberlo hecho durante un período de cinco años, de los cuales dos han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
    • Estar afectado/a por una discapacidad en un grado igual o superior al 65% (PNC) 
    • Discapacidad del 45% y 8 puntos o más en el baremo de dificultad para la obtención de empleo (FBS).
    • Carecer de recursos económicos según el baremo establecido anualmente.
    Dónde se solicita
    Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

    Euskal Herria plaza, 1 20230

    Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

    Documentación a aportar
    1. DNI o pasaporte de la persona solicitante y demás personas de la Unidad familiar, mayores de 14 años. 
    2. Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la interesada, documento de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia, según proceda, de la persona interesada.
    3. En caso de incapacidad, la documentación acreditativa de la representación legal que tenga atribuida la persona que presente la solicitud en nombre de la persona incapaz.
    4. En caso de menores de 14 años fotocopia del Libro de Familia 
    5. Certificados que acrediten los ingresos o no ingresos de todos los miembros de la unidad familiar: 
      • Certificado de pensiones contributivas (INSS): Jubilación, viudedad, orfandad, incapacidad permanente, prestación económica por hijo/a a cargo, pensión en favor de familiares, pensión de vejez.
      • Certificado de pensiones no contributivas de jubilación o invalidez o pensiones del fondo de  bienestar social de ancianidad o incapacidad.
      • Trabajadores/as por cuenta propia (autónomos): Si no hay obligatoriedad de realizar la declaración de la renta, entregará la declaración jurada de ingresos mensuales medios netos de los 3 últimos meses.
      • Los trabajadores/as por cuenta ajena deberán presentar su última nómina (o 3 últimas si hubiese mucha variación en el importe)
      • Certificado emitido por el SERVICIO EMPLEO PUBLICO ESTATAL  que acredita si percibe o no la prestación por desempleo o el Subsidio.
      • Certificado emitido por LANBIDE que acredita si percibe o no la Renta de Garantía de Ingresos.
    Más información

    Por email:

    haz@legazpi.eus

    Por teléfono:

    Dentro del municipio 010

    Desde fuera del municipio 943 73 71 81 o 943 73 70 30

    ¿Cuánto cuesta?

    El coste es asumido por el Ayuntamiento

    Plazo del procedimiento
    • Plazo previsto: 3 meses
    • Plazo máximo legal: 3 meses
    • Efectos del silencio administrativo: negativo
    Normativa aplicable
    Procedimiento a seguir después de la solicitud
    1. Recoger, escanear, comprobar y registrar la documentación aportada.
    2. Valoración del caso.
    3. Remitir la solicitud al Departamento de Política Social de la Diputación Foral de Gipuzkoa.
    Documentos auxiliares
    Quién lo aprueba?Departamento de Política Social de la Diputación Foral de Gipuzkoa
    Servicio municipal responsable de la tramitaciónServicios Sociales
    Información válida hastaModificación normativa

    PENSIÓN DEL FONDO DE BIENESTAR SOCIAL

    7.10
    CUESTIÓNRESPUESTA
    ¿Qué es? ¿Para qué?Es una prestación económica de carácter periódico, para aquella persona que bien por su avanzada edad o debido a su incapacidad, no puede acceder al trabajo ni disponer de otros ingresos con que atender sus necesidades básicas.
    ¿Quién lo puede solicitar?
    • Personas empadronadas o con residencia legal en Gipuzkoa.
    • Si la persona solicitante vive sola, los ingresos anuales serán inferiores a 2.098,04 euros.
    • Si la persona solicitante está integrada en una unidad familiar, la renta per cápita de dicha unidad será inferior al importe anual de esta prestación económica.
    •  Haber cumplido 65 años de edad
    • Tener más de 16 y menos de 65 años y una discapacidad mínima de 45% o 8 puntos o más en el baremo de dificultad para la obtención de empleo.
    Dónde se solicita
    Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

    Euskal Herria plaza, 1 20230

    Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

    Documentación a aportar

    DOCUMENTACIÓN DE IDENTIFICACIÓN:

    • DNI o pasaporte de la persona solicitante y demás personas de la Unidad familiar, mayores de 14 años. 
    • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la interesada, documento de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia, según proceda, de la persona interesada.
    • En caso de incapacidad, la documentación acreditativa de la representación legal que tenga atribuida la persona que presente la solicitud en nombre de la persona incapaz.
    • Nº de Cuenta
    • Certificados que acrediten los ingresos o no ingresos de todos los miembros de la unidad familiar: 
      • Certificado de pensiones contributivas (INSS): Jubilación, viudedad, orfandad, incapacidad permanente, prestación económica por hijo/a a cargo, pensión en favor de familiares, pensión de vejez.
      • Certificado de pensiones no contributivas de jubilación o invalidez o pensiones del fondo de  bienestar social de ancianidad o incapacidad.
      • Trabajadores/as por cuenta propia (autónomos): Si no hay obligatoriedad de realizar la declaración de la renta, entregará la declaración jurada de ingresos mensuales medios netos de los 3 últimos meses.
      • Los trabajadores/as por cuenta ajena deberán presentar su última nómina (o 3 últimas si hubiese mucha variación en el importe)
      • Certificado emitido por el SERVICIO EMPLEO PUBLICO ESTATAL  que acredita si percibe o no la prestación por desempleo o el Subsidio.
      • Certificado emitido por  LANBIDE  que acredita si percibe o no la Renta de Garantía de Ingresos.
    Más información

    Por email:

    haz@legazpi.eus

    Por teléfono:

    Dentro del municipio 010

    Desde fuera del municipio 943 73 71 81 o 943 73 70 30

    ¿Cuánto cuesta?

    El coste es asumido por el Ayuntamiento

    Plazo del procedimiento
    • Plazo previsto: 1 mes
    • Plazo máximo legal: 3 meses
    • Efectos del silencio administrativo: negativo
    Procedimiento a seguir después de la solicitud
    1. Recoger, escanear, comprobar y registrar la documentación aportada.
    2. Valoración del caso.
    3. Remitir la solicitud al Departamento de Política Social de la Diputación Foral de Gipuzkoa.
    Documentos auxiliares
    Quién lo aprueba?Departamento de Política Social de la Diputación Foral de Gipuzkoa
    Servicio municipal responsable de la tramitaciónServicios Sociales
    Información válida hastaModificación normativa
    Observaciones
    • Se debe comunicar de forma efectiva cualquier modificación de las circunstancias  socio-económicas en el plazo máximo de 30 días.
    • Se deben devolver los ingresos indebidamente percibidos.

    ALOJAMIENTO DE CORTA, MEDIA Y LARGA ESTANCIA

    7.12
    CUESTIÓNRESPUESTA
    ¿Qué es? ¿Para qué?

    Alojamientos de una duración limitada que están destinados a atender a personas que carecen de domicilio y que no cuentan con apoyo familiar ni social, ofreciendo servicios de manutención y alojamiento. Dependiendo del grado de inserción pueden ser de corta, media y larga estancia. 

    La finalidad es dar respuesta: 

    • A situaciones de emergencia (corta estancia) 
    • A procesos de inserción que requieren de períodos de tiempo más amplios (media y larga estancia) con el fin de cumplir los objetivos de los itinerarios personalizados de atención
    ¿Quién lo puede solicitar?
    • Estar empadronado en cualquiera de los municipios de Gipuzkoa durante, al menos, en el último año anterior a la fecha de solicitud. Dicho requisito no será necesario para el acceso a los alojamientos de urgencia
    • Tener un estado de salud que no requiera cuidados especiales. 
    • No haber sido sancionado en base al Reglamento de Régimen Interior del propio Centro de Inserción por infracción grave en los últimos dos años, y si la sanción fuera por infracción muy grave en los tres últimos años.
    • No padecer trastornos de conducta que puedan perturbar gravemente la convivencia.
    Dónde se solicita
    Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

    Euskal Herria plaza, 1 20230

    Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

    Documentación a aportar
    • DNI de la persona solicitante.
    • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la interesada, documento de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia, según proceda, de la persona interesada.
    • En caso de incapacidad, la documentación acreditativa de la representación legal que tenga atribuida la persona que presente la solicitud en nombre de la persona incapaz.
    • Informe médico en el que se haga constar que la persona solicitante   tiene un estado de salud que no requiera cuidados especiales.
    Más información

    Por email:

    haz@legazpi.eus

    Por teléfono:

    Dentro del municipio 010

    Desde fuera del municipio 943 73 71 81 o 943 73 70 30

    ¿Cuánto cuesta?

    El coste es asumido por el Ayuntamiento

    Plazo del procedimiento
    • Plazo previsto: un mes
    • Plazo máximo legal: 3 meses
    • Efectos del silencio administrativo: negativo
    Normativa aplicable
    Procedimiento a seguir después de la solicitud
    1. Recoger, escanear, comprobar y registrar la documentación aportada.
    2. Valoración del caso.
    3. Remitir la solicitud al Departamento de Política Social de la Diputación Foral de Gipuzkoa.
    Documentos auxiliares
    Quién lo aprueba?Departamento de Política Social de la Diputación Foral de Gipuzkoa
    Servicio municipal responsable de la tramitaciónServicios Sociales
    Información válida hastaModificación normativa

    INGRESO EN UNIDAD SOCIOSANITARIA

    7.13
    CUESTIÓNRESPUESTA
    ¿Qué es? ¿Para qué?Solicitud para ingresar en la red de residencias concertadas para personas dependientes y/o discapacitadas. Ese recurso es una alternativa a la vivienda y se utiliza cuando el deterioro personal impide seguir en la casa propia.
    ¿Quién lo puede solicitar?
    • La persona empadronada en el territorio histórico de Gipuzkoa
    • La persona que dispone de tarjeta sanitaria individual
    • La persona que en función de los criterios establecidos por el departamento de Políticas Sociales y del departamento de Salud ha sido calificada como apta para optar a este recurso.
    Dónde se solicita
    Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

    Euskal Herria plaza, 1 20230

    Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

    Documentación a aportar

    DOCUMENTOS IDENTIFICATIVOS: 

    •  DNI de la persona solicitante.
    • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la interesada, documento de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia, según proceda, de la persona interesada. 
    • En caso de incapacidad, la documentación acreditativa de la representación legal que tenga atribuida la persona que presente la solicitud.
    • Informe Social
    • Informe de Salud
    • Tarjeta sanitaria
    • Fotocopia de la Declaración de la renta
    Más información

    Por email:

    haz@legazpi.eus

    Por teléfono:

    Dentro del municipio 010

    Desde fuera del municipio 943 73 71 81 o 943 73 70 30

    ¿Cuánto cuesta?

    El coste es asumido por el Ayuntamiento

    Plazo del procedimiento
    • Plazo previsto: 1 mes
    • Plazo máximo legal: 3 meses
    • Efectos del silencio administrativo: negativo
    Normativa aplicable
    Procedimiento a seguir después de la solicitud
    1. Recoger, escanear, comprobar y registrar la documentación aportada.
    2. Valoración del caso.
    3. Remitir la solicitud al Departamento de Política Social de la Diputación Foral de Gipuzkoa.
    Documentos auxiliares
  • Escrito de representación
  • Informe de salud a cumplimentar por el médico de Atención Primaria de Osakidetza
  • Quién lo aprueba?Departamento de Política Social de la Diputación Foral de Gipuzkoa
    Servicio municipal responsable de la tramitaciónServicios Sociales
    Información válida hastaModificación normativa
    ObservacionesEn caso de estar de acuerdo la persona interesada, las estancias en residencias socio-sanitarias pueden ser impulsadas por profesionales del sistema de salud o del sistema social.

    SENDIAN: APOYO A FAMILIAS CON MAYORES DEPENDIENTES

    7.14
    CUESTIÓNRESPUESTA
    ¿Qué es? ¿Para qué?

    Es un programa de ayudas para familias que convivan con personas mayores dependientes. Son ayudas que permiten evitar los desequilibrios familiares y sirven para poder llevar una vida normalizada y prestar una mejor atención a la persona mayor.

    Ayudas que se ofrecen dentro del programa SENDIAN:

    1. Cursos de formación: consisten en facilitar a las personas cuidadoras los conocimientos necesarios para prestar una mejor atención a las personas mayores dependientes. Se ofrecen contenidos de diferentes campos: medicina, enfermería, psicogeriatría y recursos sociales. El objetivo es informar, educar y ofrecer terapia.
    2. Apoyo psicológico: Las personas cuidadoras y familiares que conviven con personas mayores dependientes corren el riesgo de tener dificultades psicológicas y perder las relaciones sociales y familiares. Ante eso se les ofrece tratamiento psicológico individual (10 sesiones como máximo aunque pueden llegar a 12) que les ayude a hacer frente a esas situaciones.
    3. Grupos de autoayuda: Se forman grupos de autoayuda entre las familias que viven situaciones similares. Sirven de terapia de ayuda y propician la colaboración.
    4. Respiro fin de semana: Este servicio ofrece la posibilidad de que las personas mayores dependientes puedan pasar el fin de semana en centros de día o residencias. 
    5. Largo respiro:  Son estancias mensuales en residencias para las personas mayores (de 5 días máximo) para que las personas familiares puedan descansar de los trabajos de cuidado.  
    ¿Quién lo puede solicitar?Personas familiares cuidadoras de personas mayores dependientes.
    Dónde se solicita
    Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

    Euskal Herria plaza, 1 20230

    Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

    Documentación a aportar

    DOCUMENTOS IDENTIFICATIVOS:

    • DNI de la persona solicitante.
    • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la interesada, documento de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia, según proceda, de la persona interesada. 
    • En caso de incapacidad, fotocopia del DNI de la persona que tenga atribuida la representación legal o persona cuidadora. Si se trata de un menor de edad, fotocopia del libro de familia.
    • Si se solicita la estancia en residencia, documento de la pensión o declaración de la renta de la persona dependiente (certificado de ingresos)
    Más información

    Por email:

    haz@legazpi.eus

    Por teléfono:

    Dentro del municipio 010

    Desde fuera del municipio 943 73 71 81 o 943 73 70 30

    ¿Cuánto cuesta?

    El coste es asumido por el Ayuntamiento

    Plazo del procedimiento
    • Plazo previsto: 6 meses
    • Plazo máximo legal: 6 meses
    • Efectos del silencio administrativo: negativo
    Normativa aplicable
    Procedimiento a seguir después de la solicitud
    1. Recoger, escanear y comprobar la documentación aportada.
    2. Remitir la solicitud al departamento de Servicios Sociales.
    Resumen de trámites posteriores
    1. Realizar la solicitud a la Diputación Foral.
    2. Programar el curso y realizar la correspondiente notificación.
    Documentos auxiliares
    Quién lo aprueba?Departamento de Política Social de la Diputación Foral de Gipuzkoa
    Servicio municipal responsable de la tramitaciónServicios Sociales
    Información válida hastaModificación normativa
    ObservacionesComo excepción, y en casos debidamente justificados, no será necesario cumplir con la condición de convivencia, siempre que se certifique mediante un informe social realizado por los servicios sociales que se ofrece atención directa y cuidados a la persona mayor dependiente.

    SOLICITUD DE INGRESO EN CENTRO DE DIA PARA PERSONAS MAYORES DEPENDIENTES

    7.15
    CUESTIÓNRESPUESTA
    ¿Qué es? ¿Para qué?

    El Centro de Día es un centro de ayuda para las personas mayores que para realizar las actividades diarias necesitan de la ayuda de terceros. Especialmente va dirigido a aquellas personas mayores que viven con sus familias.

    Las personas mayores reciben diariamente atención personalizada durante algunas horas.

    En el Centro de Día de Legazpi se ofrece el servicio también los fines de semana y días de fiesta.

    ¿Quién lo puede solicitar?
    • La persona mayor de 60 años
    • La persona que tiene declarada la situación de dependencia
    • La persona empadronada en cualquier municipio de Gipuzkoa
    • La persona con nacionalidad española y que viva en el Estado al menos durante 5 años, 2 de los cuales deben ser anteriores a la presentación de la solicitud.  
    • La persona que en función de los criterios establecidos por el Departamento de Política Social  ha sido declarada apta para ingresar en la Red Social.
    Dónde se solicita
    Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

    Euskal Herria plaza, 1 20230

    Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

    Documentación a aportar

    DOCUMENTOS IDENTIFICATIVOS: 

    •  DNI de la persona solicitante.
    • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la interesada, documento de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia, según proceda, de la persona interesada.
    • En caso de incapacidad, la documentación acreditativa de la representación legal que tenga atribuida la persona que presente la solicitud.
    Más información

    Por email:

    haz@legazpi.eus

    Por teléfono:

    Dentro del municipio 010

    Desde fuera del municipio 943 73 71 81 o 943 73 70 30

    ¿Cuánto cuesta?

    El coste es asumido por el Ayuntamiento

    Plazo del procedimiento
    • Plazo mínimo: resolución de haber sido aprobada la lista de espera con comunicación de la aportación económica: 3 meses. Para optar a la plaza: no hay plazo. 
    • Plazo máximo legal: 3 meses
    • Efectos del silencio administrativo: negativo
    Normativa aplicable
    Procedimiento a seguir después de la solicitud
    1. Recoger, escanear y comprobar la documentación aportada. 
    2. Valoración del caso. 
    3. Remitir la solicitud al Departamento de Política Social de la Diputación Foral de Gipuzkoa.
    Documentos auxiliares
    Quién lo aprueba?Departamento de Política Social de la Diputación Foral de Gipuzkoa
    Servicio municipal responsable de la tramitaciónServicios Sociales
    Información válida hastaModificación normativa
    ObservacionesEste servicio es de copago.

    ACOGIMIENTO FAMILIAR DE PERSONAS EN SITUACION DE DEPENDENCIA

    7.16
    CUESTIÓNRESPUESTA
    ¿Qué es? ¿Para qué?El programa de familias de acogida consiste en que unidades familiares o personas solas acojan en sus domicilios a personas mayores dependientes o personas con discapacidad, que así lo soliciten, y con las que no mantienen lazos cercanos de parentesco.
    ¿Quién lo puede solicitar?

    Requisitos:

    1. De la persona acogida:
      • Estar empadronada en cualquier municipio de Gipuzkoa con una antigüedad mínima de 1 año y ser mayor de 18 años.
      • Haber sido considerada persona en situación de dependencia.
      • No presentar problemas graves de comportamiento o de salud que imposibiliten la normal convivencia.
      • No tener lazos de parentesco por consanguinidad, hasta el segundo grado inclusive, con los miembros de la unidad convivencial.
    2. De la familia de acogida:
      • Constituir una unidad convivencial.
      • Disponer de unos recursos económicos suficientes para cubrir sus propias necesidades básicas. Los cálculos se realizarán en función de lo establecido en el artículo 2.Bc) del Decreto Foral  regulador.
      • Aceptación del acogimiento familiar por parte de todos los miembros mayores de edad de la unidad familiar.
      • Disponer de una vivienda adecuada para el acogimiento
      • No existir en la unidad familiar más de dos personas con necesidad de cuidados especiales, incluida la persona acogida.
    Dónde se solicita
    Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

    Euskal Herria plaza, 1 20230

    Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

    Documentación a aportar

    DOCUMENTOS IDENTIFICATIVOS:

    • DNI de la persona solicitante.
    • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la interesada, documento de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia, según proceda, de la persona interesada.
    • En caso de incapacidad, la documentación acreditativa de la representación legal que tenga atribuida la persona que presente la solicitud.
    • Certificado de ingresos de la persona solicitante y de la unidad familiar.
    • Informe médico actualizado con diagnóstico y tratamiento.
    • Nombramiento de la persona que será la responsable de referencia del acogimiento.
    • Documento que aprueba el acogimiento, firmado por todos los miembros que forman la familia de acogida.
    • Documento acreditativo de la idoneidad de la vivienda en los términos recogidos en el artículo 2 del capítulo 2 del Decreto Foral regulador.
    Más información

    Por email:

    haz@legazpi.eus

    Por teléfono:

    Dentro del municipio 010

    Desde fuera del municipio 943 73 71 81 o 943 73 70 30

    ¿Cuánto cuesta?La Diputación Foral de Gipuzkoa remitirá la resolución notificando el coste diario, teniendo en cuenta los ingresos y el patrimonio de cada uno.
    Plazo del procedimiento
    • Plazo previsto: 6 meses
    • Plazo máximo legal: 6 meses
    • Efectos del silencio administrativo: negativo.
    Normativa aplicable
    Procedimiento a seguir después de la solicitud
    1. Recoger, escanear y comprobar la documentación aportada
    2. Valoración del caso. 
    3. Remitir la solicitud al Departamento de Política Social de la Diputación Foral de Gipuzkoa.
    Documentos auxiliares
    Quién lo aprueba?Departamento de Política Social de la Diputación Foral de Gipuzkoa
    Servicio municipal responsable de la tramitaciónServicios Sociales
    Información válida hastaModificación normativa

    TARJETA DE ESTACIONAMIENTO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD

    7.17
    CUESTIÓNRESPUESTA
    ¿Qué es? ¿Para qué?Antes de solicitar la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad para poder aparcar en los sitios señalados al efecto, es preciso haber obtenido la calificación de la discapacidad de la Diputación Foral de Gipuzkoa.
    ¿Quién lo puede solicitar?

    La persona discapacitada, empadronada en Legazpi, que presenta problemas de movilidad -7 puntos o más en el baremo de movilidad- .

    1. Utiliza necesariamente silla de ruedas.
    2. Necesita 2 muletas para poder andar.
    3. Puede andar pero realiza movimientos difíciles de controlar, como consecuencia de carencias psíquicas graves que impide el uso normalizado de medios de transporte.
    4. Otros problemas de movilidad (mínimo de 7 puntos, según el baremo).
    Dónde se solicita
    Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

    Euskal Herria plaza, 1 20230

    Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

    Documentación a aportar

    DOCUMENTOS IDENTIFICATIVOS:

    • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la interesada, documento de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia, según proceda, de la persona interesada. 
    • En caso de incapacidad, la documentación acreditativa de la representación legal que tenga atribuida la persona que presente la solicitud.
    • Una foto de la persona interesada para la tarjeta.
    Más información

    Por email:

    haz@legazpi.eus

    Por teléfono:

    Dentro del municipio 010

    Desde fuera del municipio 943 73 71 81 o 943 73 70 30

    ¿Cuánto cuesta?

    El coste es asumido por el Ayuntamiento

    Plazo del procedimiento
    • Plazo previsto: 2 días
    • Plazo máximo legal:  no procede
    • Efectos del silencio administrativo: negativo
    Normativa aplicable
    Procedimiento a seguir después de la solicitud
    1. Certificar el cumplimiento de las condiciones para obtener la tarjeta.
    2. Elaborar la tarjeta.
    Quién lo aprueba?Departamento de Política Social de la Diputación Foral de Gipuzkoa
    Servicio municipal responsable de la tramitaciónServicios Sociales
    Información válida hastaMientras esté en vigor el Decreto 256/2000 de 5 de diciembre que regula la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad.
    ObservacionesLa tarjeta deberá renovarse cada 5 años, en el ayuntamiento correspondiente; aún así, si hay cambios en la valoración de la discapacidad de la persona solicitante, puede extinguirse la validez de la tarjeta.

    SERVICIO DE AYUDA DOMICILIARIA

    7.18
    CUESTIÓNRESPUESTA
    ¿Qué es? ¿Para qué?Es un servicio dirigido a personas con dificultades para valerse por sí mismas o familias con problemas para mantener el núcleo familiar completo. Tiene por objeto la permanencia de las personas usuarias en sus domicilios ayudándoles en el cuidado de personas dependientes y en la realización de sus tareas domésticas.
    ¿Quién lo puede solicitar?
    • La persona que como consecuencia de haber perdido autonomía necesita ayuda para realizar las tareas domésticas para seguir viviendo en su casa. La ayuda puede ser temporal o permanente, más concretamente:
    • Persona mayor de 60 años que tenga dificultades en la autonomía personal.
    • L a persona menor de edad que no pueda recibir el cuidado necesario por parte de la familia.
    • La persona o grupo familiar que tenga demasiada carga por problemas como consecuencia de una situación social inestable y/o enfermedad física y/o psíquica.
    Dónde se solicita
    Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

    Euskal Herria plaza, 1 20230

    Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

    Documentación a aportar

    DOCUMENTOS IDENTIFICATIVOS:

    • DNI de la persona solicitante.
    • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la interesada, documento de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia, según proceda, de la persona interesada. 
    • En caso de incapacidad, la documentación acreditativa de la representación legal que tenga atribuida la persona que presente la solicitud.
    • Libro de Familia, si procede.
    • Ultima declaración de renta de las personas físicas e impreso sobre patrimonio o documento justificativo de estar exento de presentar esa declaración.
    Más información

    Por email:

    haz@legazpi.eus

    Por teléfono:

    Dentro del municipio 010

    Desde fuera del municipio 943 73 71 81 o 943 73 70 30

    ¿Cuánto cuesta?

    Hora en día laborable:           19,40€

    Hora en domingos y festivos: 24,00€

    La aportación de cada usuario se teterminará según criterios establecidos en el Reglamento Municipal regulador de la Ayuda domiciliaria aprobado por el Pleno de la Corporación en sesión celebrada el 27 de junio de 2018.

    Plazo del procedimiento
    • Plazo previsto: 15 días         
    • Plazo máximo legal: 2 meses
    • Efectos del silencio administrativo: negativo
    Normativa aplicable
    Procedimiento a seguir después de la solicitud
    1. Recoger, escanear, comprobar y registrar la documentación aportada.
    Resumen de trámites posteriores
    1. Informe técnico. 
    2. Resolución del concejal de Servicios Sociales.
    3. Remisión al departamento de Economía.
    4. Notificación a la persona interesada.
    Documentos auxiliares
    Quién lo aprueba?Servicios Sociales
    Servicio municipal responsable de la tramitaciónServicios Sociales
    Información válida hastaTasa: ordenanza anual
    Modificación normativa

    VIVIENDAS TUTELADAS PARA PERSONAS MAYORES

    7.19
    CUESTIÓNRESPUESTA
    ¿Qué es? ¿Para qué?

    Es un servicio de alojamiento destinado a persona mayores en situación de autonomía o con depencencia de grado I.

    ¿Quién lo puede solicitar?
    • La persona mayor de 60 años.
    • La persona que en función del baremo de valoración de la dependencia sea autónoma o tenga una dependencia mínima (I. Grado-1. Nivel).
    Dónde se solicita
    Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

    Euskal Herria plaza, 1 20230

    Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

    Documentación a aportar

    DOCUMENTOS IDENTIFICATIVOS: 

    •  DNI de la persona solicitante.
    • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la interesada, documento de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia, según proceda, de la persona interesada. 
    • En caso de incapacidad, la documentación acreditativa de la representación legal que tenga atribuida la persona que presente la solicitud.
    • Ingresos y certificados de bienes de la persona solicitante y de la unidad familiar.
    • Informe de salud actualizado.
    Más información

    Por email:

    haz@legazpi.eus

    Por teléfono:

    Dentro del municipio 010

    Desde fuera del municipio 943 73 71 81 o 943 73 70 30

    ¿Cuánto cuesta?

    Por persona, al mes 683,00€

    Plazo del procedimiento
    • Plazo previsto: un mes
    • Plazo máximo legal: no procede
    • Efectos del silencio administrativo: negativo
    Normativa aplicable
    Procedimiento a seguir después de la solicitud
    1. Recoger, escanear, comprobar y registrar la documentación aportada.
    Resumen de trámites posteriores
    1. Valoración del caso.
    2. Inclusión en la lista de espera.
    3. Notificación a la persona interesada.
    Documentos auxiliares
    Quién lo aprueba?

    Alcaldía

    Servicio municipal responsable de la tramitación

    Servicios Sociales

    Información válida hastaModificación normativa
    Observaciones

    Cada residente abonará 683€ al año. Puede solicitar ayuda para abonar dicha cantidad siempre que cumpla los requisitos especificados en la Ordenanza.

    APOYO PSICOLÓGICO PARA VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DOMÉSTICA Y ABUSOS SEXUALES

    7.20
    CUESTIÓNRESPUESTA
    ¿Qué es? ¿Para qué?Consiste en tratamientos terapéuticos especializados que se ofrecen a las víctimas que han sufrido malos tratos o posibles delitos contra la libertad sexual en la unidad convivencial –tomando como tal todo espacio de relaciones afectivas− o a aquellas personas agresoras que lo soliciten.
    ¿Quién lo puede solicitar?La víctima que ha sufrido malos tratos o posibles delitos contra la libertad sexual y la persona agresora, siempre que esté empadronada en Legazpi.
    Dónde se solicita
    Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

    Euskal Herria plaza, 1 20230

    Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

    Documentación a aportar

    DOCUMENTOS IDENTIFICATIVOS: 

    •  DNI de la persona solicitante.
    • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la interesada, documento de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia, según proceda, de la persona interesada. 
    • En caso de incapacidad, la documentación acreditativa de la representación legal que tenga atribuida la persona que presente la solicitud.
    • Certificar la interposición de denuncia o disponer de un parte de lesiones, en caso de haberlas.
    Más información

    Por email:

    haz@legazpi.eus

    Por teléfono:

    Dentro del municipio 010

    Desde fuera del municipio 943 73 71 81 o 943 73 70 30

    ¿Cuánto cuesta?

    El coste es asumido por el Ayuntamiento

    Plazo del procedimiento
    • Plazo previsto: 6 meses
    • Plazo máximo legal: 6 meses        
    • Efectos del silencio administrativo: negativo
    Normativa aplicable
    Procedimiento a seguir después de la solicitud
    1. Recoger, escanear, comprobar y registrar la documentación aportada.
    Resumen de trámites posteriores
    1. Valoración del caso. 
    2. Realizar la propuesta de resolución
    3. Remitir la solicitud al Departamento de Política Social de la Diputación Foral de Gipuzkoa.
    Documentos auxiliares
    Quién lo aprueba?Departamento de Política Social de la Diputación Foral de Gipuzkoa
    Servicio municipal responsable de la tramitaciónServicios Sociales
    Información válida hastaModificación normativa

    ATENCION SOCIO JURIDICA PARA VICTIMAS DE VIOLENCIA DOMÉSTICA O VIOLENCIA DE GÉNERO

    7.21
    CUESTIÓNRESPUESTA
    ¿Qué es? ¿Para qué?Consiste en una cita para ofrecer asesoramiento legal que se ofrece a las víctimas que han sufrido malos tratos o posibles delitos contra la libertad sexual en la unidad convivencial –tomando como tal todo espacio de relaciones afectivas− o a aquellas personas agresoras que lo soliciten.
    ¿Quién lo puede solicitar?La víctima que ha sufrido malos tratos o posibles delitos contra la libertad sexual y la persona agresora que así lo solicite.
    Dónde se solicita
    Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

    Euskal Herria plaza, 1 20230

    Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

    Documentación a aportar

    DOCUMENTOS IDENTIFICATIVOS: 

    •  DNI de la persona solicitante.
    • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la interesada, documento de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia, según proceda, de la persona interesada. 
    • En caso de incapacidad, la documentación acreditativa de la representación legal que tenga atribuida la persona que presente la solicitud.
    • Certificar la interposición de denuncia o disponer de un parte de lesiones, en caso de haberlas.
    Más información

    Por email:

    haz@legazpi.eus

    Por teléfono:

    Dentro del municipio 010

    Desde fuera del municipio 943 73 71 81 o 943 73 70 30

    ¿Cuánto cuesta?

    El coste es asumido por el Ayuntamiento

    Plazo del procedimiento
    • Plazo previsto: 6 meses
    • Plazo máximo legal: 6 meses
    • Efectos del silencio administrativo: negativo
    Normativa aplicable
    Procedimiento a seguir después de la solicitud
    1. Recoger, escanear, comprobar y registrar la documentación aportada. 
    Resumen de trámites posteriores
    1. Valoración del caso. 
    2. Realizar la propuesta de resolución.
    3. Remitir la solicitud al Departamento de Política Social de la Diputación Foral de Gipuzkoa.
    Documentos auxiliares
    Quién lo aprueba?Departamento de Política Social de la Diputación Foral de Gipuzkoa
    Servicio municipal responsable de la tramitaciónServicios Sociales
    Información válida hastaModificación normativa
    ObservacionesEl servicio consta de una sola consulta previa

    VALORACIÓN DE LA SITUACIÓN DE MENORES DE EDAD QUE PUEDEN ESTAR EN RIESGO DE SITUACIÓN DE DESPROTECCION

    7.22
    CUESTIÓNRESPUESTA
    ¿Qué es? ¿Para qué?

    Valoración de situaciones de riesgo en que pueden encontrarse menores de edad. Se verifica si ese riesgo puede crear situación de desprotección y, asimismo, se especifica si existe gravedad de la situación, si es necesario intervenir y los pasos que hay que dar con posterioridad.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Si lo solicita la persona interesada:

    • La familia que admite tener dificultades y solicita ayuda.

    De oficio: 

    • Tras tener conocimiento los Servicios Sociales que los menores de edad pueden estar en riesgo o en situación de desamparo. Esa notificación puede venir del individuo o de los diferentes servicios (colegios, centros de salud, policía, juzgados, fiscalía,…) .
    • Cuando el Departamento de Servicios Sociales detecta que pueden existir ese tipo de situaciones.
    Dónde se solicita
    Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

    Euskal Herria plaza, 1 20230

    Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

    Documentación a aportar

    Cuando la solicita la persona interesada, no hay que presentar ningún documento.

    Cuando es de oficio, en función de quien realiza la notificación, la misma notificación y/o informe.

    Más información

    Por email:

    haz@legazpi.eus

    Por teléfono:

    Dentro del municipio 010

    Desde fuera del municipio 943 73 71 81 o 943 73 70 30

    ¿Cuánto cuesta?

    El coste es asumido por el Ayuntamiento

    Plazo del procedimiento
    • Plazo previsto: 3 meses
    • Plazo máximo legal: 3 meses
    • Efectos del silencio administrativo: no procede
    Normativa aplicable
    Procedimiento a seguir después de la solicitud

    Si en la primera valoración del caso no se detecta situación de riesgo o desprotección, se actuarán según las necesidades de la familia: se cierra el expediente, se dirige a otros servicios,….

    Si en la primera valoración se detecta que puede haber un riesgo leve o moderado de desprotección, se realiza un trabajo de investigación;  se recabará información de la familia y de los profesionales y/o instituciones que conocen al menor de edad. A continuación, al tratarse de un caso de competencia municipal, se realiza la propuesta de intervención.

    Si en la primera valoración se detecta que puede haber un riesgo grave de desprotección, se realiza un trabajo de investigación; se recabará información de la familia y de los profesionales y/o instituciones que conocen al menor de edad. A continuación, se envía la propuesta de intervención al equipo zonal de infancia y adolescencia de la Diputación Foral de Gipuzkoa para que certifique si el caso puede ser de competencia foral. 

    Si en la primera valoración se detectan claros indicios de desprotección, se actuará de inmediato y se remitirá directamente el caso al equipo zonal de infancia y adolescencia para que actúen en consecuencia.

    Quién lo aprueba?Departamento de Servicios Sociales del ayuntamiento de Legazpi
    Servicio municipal responsable de la tramitaciónServicios Sociales
    Información válida hastaModificación normativa
    Observaciones

    Definición de riesgo leve de desamparo:

    Niños, niñas y adolescentes que, teniendo sus necesidades básicas satisfechas y no encontrándose sus padres, madres o personas que ejerzan su tutela o guarda incapacitados o imposibilitados para ejercer los deberes de protección, viven y se desenvuelven en entornos familiares o sociales cuyas condiciones pueden provocar un daño significativo a corto, medio y/o largo plazo en su bienestar y desarrollo. El niño, niña o adolescente aún no ha sufrido un daño significativo, pero podría sufrirlo en un futuro próximo.

    El niño, niña o adolescente está en riesgo moderado o grave de desamparo:

    • Cuando tiene necesidades básicas sin satisfacer, que le han provocado o se valora que es probable que le provoquen un daño significativo en su salud y desarrollo. Esa situación puede ser consecuencia de la incapacidad o imposibilidad de su padre, madre o personas que ejercen su tutela o guarda para cumplir los deberes de protección o del inadecuado cumplimiento de dichos deberes.

    O

    • Cuando la incapacidad o imposibilidad de su padre, madre o personas que ejercen su tutela o guarda es de tal gravedad o intensidad que les impide garantizar en el futuro inmediato la satisfacción de las necesidades básicas del niño, niña o adolescente.

    INTERVENCIÓN MUNICIPAL EN FAMILIAS CON MENORES DE EDAD EN SITUACIÓN DE RIESGO

    7.23
    CUESTIÓNRESPUESTA
    ¿Qué es? ¿Para qué?

    Es el programa municipal que ofrece apoyo socio-educativo y psicosocial a familias que tienen a su cargo menores de edad con carencias de habilidades a nivel personal y siempre que esas carencias puedan crear una situación de riesgo leve o moderada de desprotección para los niños, niñas o adolescentes.

    El objetivo del programa es ofrecer ayuda a los padres, madres o tutores legales de los menores de edad para que adquieran habilidades, roles de padres, madres y pautas para educar adecuadamente, haciendo un esfuerzo para cambiar la dinámica de relaciones entre ellos o la dinámica de los hábitos disfuncionales.

    ¿Quién lo puede solicitar?
    • La familia que reside y está empadronada en Legazpi, siempre que en función de la valoración de los Servicios Sociales tengan bajo su custodia menores de edad que están en riesgo de caer en una situación de desprotección leve o moderado.
    • Asimismo, puede tratarse de un caso recibido de la Diputación Foral de Gipuzkoa cuando esa familia ha pasado de estar en una situación de riesgo grave a riesgo moderado y, por tanto, ha pasado de ser competencia de la Diputación Foral a ser competencia del ayuntamiento.
    Dónde se solicita
    Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

    Euskal Herria plaza, 1 20230

    Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

    Más información

    Por email:

    haz@legazpi.eus

    Por teléfono:

    Dentro del municipio 010

    Desde fuera del municipio 943 73 71 81 o 943 73 70 30

    ¿Cuánto cuesta?

    El coste es asumido por el Ayuntamiento

    Plazo del procedimiento
    • Plazo previsto: 6 meses
    • Plazo máximo legal: 6 meses        
    • Efectos del silencio administrativo: no procede
    Normativa aplicable
    Procedimiento a seguir después de la solicitud
    1. Recoger, escanear, verificar y registrar los documentos aportados.
    Resumen de trámites posteriores
    1. Informe técnico.
    2. Resolución por parte del órgano competente.
    3. Comunicación a la familia y firma de la acuerdo de intervención. 
    4. Remisión del informe de investigación al grupo profesional contratado para llevar a cabo la intervención.
    5. Realizar el plan sobre el problema.
    6. Reunión mensual de la comisión de coordinación.
    Documentos auxiliares
    Quién lo aprueba?Departamento de Servicios Sociales
    Servicio municipal responsable de la tramitaciónServicios Sociales
    Información válida hastaModificación normativa
    Observaciones

    Definición de riesgo leve de desamparo:

    Niños, niñas y adolescentes que, teniendo sus necesidades básicas satisfechas y no encontrándose sus padres, madres o personas que ejerzan su tutela o guarda incapacitados o imposibilitados para ejercer los deberes de protección, viven y se desenvuelven en entornos familiares o sociales cuyas condiciones pueden provocar un daño significativo a corto, medio y/o largo plazo en su bienestar y desarrollo. El niño, niña o adolescente aún no ha sufrido un daño significativo, pero podría sufrirlo en un futuro próximo.

    El niño, niña o adolescente está en riesgo moderado o grave de desprotección:

    • Cuando tiene necesidades básicas sin satisfacer, que le han provocado o se valora que es probable que le provoquen un daño significativo en su salud y desarrollo. Esa situación puede ser consecuencia de la incapacidad o imposibilidad de su padre, madre o personas que ejercen su tutela o guarda para cumplir los deberes de protección o del inadecuado cumplimiento de dichos deberes.

    O

    • Cuando la incapacidad o imposibilidad de su padre, madre o personas que ejercen su tutela o guarda es de tal gravedad o intensidad que les impide garantizar en el futuro inmediato la satisfacción de las necesidades básicas del niño, niña o adolescente.

    SERVICIO PUBLICO DE TELE-ASISTENCIA DE EUSKADI (BETION)

    7.25
    CUESTIÓNRESPUESTA
    ¿Qué es? ¿Para qué?Servicio técnico de apoyo que permite, a través de la línea telefónica, disponer de un servicio de atención permanente, las 24 horas del día y todos los días del año, para atender situaciones de emergencia de las personas usuarias.
    ¿Quién lo puede solicitar?
    • La persona que viva sola o permanezca sola la mayor parte del día
    • La persona que forme parte de un núcleo o unidad de convivencia, cuyos integrantes, a juicio de los servicios sociales municipales se encuentren en situación de desprotección, dependencia y/o discapacidad.
      • La persona que no encontrándose en ningún supuesto de los anteriores, se verifica mediante un informe social de los Servicios Sociales de Base que tiene necesidades que pueden atenderse con el servicio de tele-asistencia.
      Y además de eso:
      • Está empadronada en Legazpi.
      • Dispone de línea telefónica en su domicilio.
      • Es capaz de usar correctamente el equipo de tele-asistencia.
    Dónde se solicita
    Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

    Euskal Herria plaza, 1 20230

    Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

    Documentación a aportar

    DOCUMENTOS IDENTIFICATIVOS: 

    • Fotocopia del DNI de la persona solicitante.
    • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la interesada, documento de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia, según proceda, de la persona interesada. 
    • En caso de incapacidad, la documentación acreditativa de la representación legal que tenga atribuida la persona que presente la solicitud.
    • Informe de Salud cumplimentado por el médico de familia.
    • Documento para abonar mediante domiciliación bancaria el precio del servicio de Tele-asistencia.
    • Las personas interesadas que soliciten estar exentos del pago del precio del servicio de Tele-asistencia o soliciten una bonificación deberán presentar la última declaración de la renta, ingresos o bienes inmuebles que tienen a su nombre o deberán dar autorización al departamento correspondiente del Gobierno Vasco para que realice las consultas pertinentes y solicite a las administraciones correspondientes los datos referentes a la situación económica y fiscal de las personas interesadas.
    Más información

    Por email:

    haz@legazpi.eus

    Por teléfono:

    Dentro del municipio 010

    Desde fuera del municipio 943 73 71 81 o 943 73 70 30

    ¿Cuánto cuesta?

    El coste es asumido por el Ayuntamiento

    Plazo del procedimiento
    • Plazo previsto: 2 meses  
    • Plazo máximo legal: 2 meses
    • Efectos del silencio administrativo: positivo
    Normativa aplicable
    Procedimiento a seguir después de la solicitud
    1. Recoger y verificar la solicitud y documentos aportados.
    2. Valoración del caso. 
    3. Enviar la solicitud al Departamento de Empleo y Políticas Sociales del Gobierno Vasco.
    Documentos auxiliares
    Quién lo aprueba?Departamento de Empleo y Políticas Sociales del Gobierno Vasco
    Servicio municipal responsable de la tramitaciónServicios Sociales
    Información válida hastaModificación normativa

    AYUDAS DE EMERGENCIA SOCIAL

    7.26
    CUESTIÓNRESPUESTA
    ¿Qué es? ¿Para qué?Son prestaciones económicas destinadas a aquellas personas cuyos recursos resulten insuficientes para hacer frente a gastos específicos, ordinarios o extraordinarios, necesarios para evitar situaciones de marginación social.
    ¿Quién lo puede solicitar?
    • La persona empadronada y que tenga la residencia efectiva en el municipio con una antigüedad de seis meses. 
    • Que constituya una unidad de convivencia como mínimo con un año de antelación a la fecha de presentación de la solicitud.
    • Que tenga 18 años cumplidos.
    • Toda persona identificada en las excepciones recogidas en el artículo 5º del Decreto 4/2011 , de 18 de enero, sobre ayudas de emergencia social.
    Dónde se solicita
    Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

    Euskal Herria plaza, 1 20230

    Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

    Documentación a aportar

    DOCUMENTOS IDENTIFICATIVOS:

    • DNI de la persona solicitante.
    • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la interesada, documento de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia, según proceda, de la persona interesada. 
    • Libro de Familia y/o, en su caso, documentos que acrediten la guarda y custodia o tutela.
    • Documentación justificativa de estar inscrito o haber realizado la inscripción como solicitante de una vivienda de alquiler en el Servicio Etxebide del Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes del Gobierno Vasco, en los casos en que esa inscripción sea necesaria.
    • Certificados bancarios relativos al estado de las cuentas y títulos bancarios.
    • En caso de tener bienes inmuebles, justificante de pago del último impuesto sobre Bienes Inmuebles expedido por el Registro de la Propiedad.
    • Certificados de los ingresos que se perciben o no se perciben de todos los miembros de la unidad familiar.
      • Certificado de pensión contributiva -INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL-: jubilación, viudedad, orfandad, invalidez permanente, prestación económica por hijos/as a su cargo, pensiones a favor de familiares, pensión de vejez.
      • Certificado de pensión no contributiva: de jubilación o de invalidez o pensiones de vejez o incapacidad del fondo de Bienestar Social.
      • Personas que trabajan por su cuenta (autónomos): Si no está obligado a hacer la declaración de la renta, presentará una declaración jurada de los ingresos netos medios mensuales de los últimos tres meses. 
      • Las personas que trabajan por cuenta ajena presentarán la última nómina (o las últimas  3 nóminas, si las cantidades son muy distintas).
      • Certificado expedido por el SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL sobre si percibe o no la prestación o subsidio por desempleo. 
      • Certificado expedido por  LANBIDE  sobre si percibe o no la renta de garantía de ingresos.
      • En el caso de separación, divorcio o en caso de existir problemas en las relaciones entre padres/madres e hijos/as, la correspondiente sentencia y el recibo justificativo de la pensión.
    • Documentación justificativa manifestando en qué se va a gastar la ayuda de emergencia social (presupuesto, factura, ...)
    • Otros documentos que la persona solicitante considere apropiados para incluir en el expediente. 
    • Otros documentos que la Administración considera apropiados solicitar con el objetivo de verificar que se cumplen los requisitos.
    Más información

    Por email:

    haz@legazpi.eus

    Por teléfono:

    Dentro del municipio 010

    Desde fuera del municipio 943 73 71 81 o 943 73 70 30

    ¿Cuánto cuesta?

    El coste es asumido por el Ayuntamiento

    Plazo del procedimiento
    • Plazo previsto: 15 días
    • Plazo máximo legal: 2 meses
    • Efectos del silencio administrativo: negativo
    Normativa aplicable
    Procedimiento a seguir después de la solicitud
    1. Recoger, escanear, comprobar y registrar la documentación aportada.
    2. Entregar copia sellada a la persona solicitante, como justificante.
    Resumen de trámites posteriores
    1. Informe técnico. 
    2. Remisión al órgano competente para su resolución.
    3. Remisión al Departamento de Economía.
    4. Notificación a la persona interesada.
    Documentos auxiliares
    Quién lo aprueba?Departamento de Servicios Sociales del ayuntamiento de Legazpi
    Servicio municipal responsable de la tramitaciónServicios Sociales
    Información válida hastaModificación normativa

    AYUDAS ECONOMICAS PARA VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO

    7.27
    CUESTIÓNRESPUESTA
    ¿Qué es? ¿Para qué?Son ayudas destinadas a mujeres víctimas de violencia de género que carezcan de recursos económicos y tengan especiales dificultades para obtener un empleo.
    ¿Quién lo puede solicitar?
    • La persona víctima de violencia de género
    • Que esté empadronada y viva efectivamente en un municipio de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
    • Que no tenga una renta superior al 75% del salario mínimo interprofesional vigente.  
    • Que tenga especiales dificultades para encontrar trabajo; dicho requisito se justificará mediante un informe realizado por los Servicios Públicos de Empleo.
    Dónde se solicita
    Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

    Euskal Herria plaza, 1 20230

    Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

    Documentación a aportar

    Impreso de solicitud

    DOCUMENTOS IDENTIFICATIVOS: 

    • DNI de la persona solicitante.
    • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la interesada, documento de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia, según proceda, de la persona interesada. 
    • En caso de incapacidad, la documentación acreditativa de la representación legal que tenga atribuida la persona que presente la solicitud.
    • Sentencia condenatoria suscitada por la violencia de género.
    • Orden de protección de la víctima.
    • Como salvedad, la situación podrá acreditarse con un informe del Ministerio Fiscal. En dicho informe se recogerá que según los indicios se trata de una persona víctima de violencia de género a la que hay que proteger hasta recibir la orden de protección.
    • Declaración del impuesto de renta de la personas físicas y de patrimonio o, en su caso, certificado acreditativo de estar exento de realizar dicha declaración.
    • Justificantes de todos los ingresos mensuales de la persona solicitante.
    Más información

    Por email:

    haz@legazpi.eus

    Por teléfono:

    Dentro del municipio 010

    Desde fuera del municipio 943 73 71 81 o 943 73 70 30

    ¿Cuánto cuesta?

    El coste es asumido por el Ayuntamiento

    Plazo del procedimiento
    • Plazo previsto: 3 meses
    • Plazo máximo legal: 3 meses
    • Efectos del silencio administrativo: positivo
    Normativa aplicable
    Procedimiento a seguir después de la solicitud
    1. Recoger, verificar y registrar la documentación aportada. 
    2. Remitir la solicitud al Departamento de Políticas Sociales del Gobierno Vasco.
    Documentos auxiliares
    Quién lo aprueba?Departamento de Políticas Sociales del Gobierno Vasco
    Servicio municipal responsable de la tramitaciónServicios Sociales
    Información válida hastaModificación normativa

    ASISTENCIA JURÍDICA GRATUITA

    7.28
    CUESTIÓNRESPUESTA
    ¿Qué es? ¿Para qué?Se trata de la ayuda económica para sufragar el coste del procedimiento judicial donde la persona solicitante es parte. En esta ayuda se incluyen los honorarios del/la abogado/a, procurador/a y perito, además de los anuncios del boletín oficial.
    ¿Quién lo puede solicitar?

    Para recibir la asistencia jurídica gratuita se deben cumplir algunos requisitos económicos y jurídicos.

    Requisitos económicos:

    • La unidad familiar solicitante (cónyuges e hijos/as menores de edad) no debe tener ingresos superiores al doble del salario mínimo interprofesional.
    • No tener signos externos de capacidad económica.

    Requisitos jurídicos:

    • Estar con un procedimiento judicial abierto o a punto de abrir.
    • Asimismo, es necesario que tome parte una persona profesional de la abogacía y/o un procurador o procuradora.
    • Si existen intereses familiares contrapuestos en el procedimiento judicial –una demanda de uno de los cónyuges contra el otro, una demanda de uno de los hijos o hijas contra el padre o madre, ... etc- sólo se tendrán en cuenta los recursos económicos individuales anteriores al procedimiento judicial.
    Dónde se solicita
    Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

    Euskal Herria plaza, 1 20230

    Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

    Documentación a aportar

    DOCUMENTOS IDENTIFICATIVOS:

    • DNI de la persona solicitante.
    • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la interesada, documento de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia, según proceda, de la persona interesada. 
    • En caso de incapacidad, la documentación acreditativa de la representación legal que tenga atribuida la persona que presente la solicitud.
    • Certificado de la Hacienda Foral o de la Agencia Tributaria de la liquidación de la declaración de renta del último ejercicio o certificado de estar exento de presentar dicha declaración. 
    • Certificado de bienes expedido por la Diputación Foral o la Agencia Tributaria. 
    • En cuanto a la propiedad de vehículos, fotocopia del permiso de circulación del vehículo o certificado de la Dirección Territorial de Tráfico.
    • Si se trata de persona trabajadora por cuenta ajena, certificado de la empresa del sueldo que percibe (últimas 3 nóminas) y si no percibe salario, documento de la empresa que manifieste tal cosa o solicitud de la reclamación presentada por esas cantidades. 
    • Si está sin trabajo, certificado expedido por el Servicio de Empleo Estatal, donde se recoja la ayuda que percibe, la cantidad y plazo o, en su caso, donde se plasme que no recibe ayuda alguna. 
    • En caso de percibir pensión, subsidio o alguna ayuda, certificado de la concesión, cantidad y duración de la misma expedido por la institución correspondiente - Instituto Nacional de la Seguridad Social, Bienestar Social, Caritas , etc- .
    • En caso de ser acreedor o deudor de una pensión alimenticia, resolución judicial que ratifique ese derecho o obligación. 
    • En caso de tener cargas u obligaciones familiares consideradas interesantes para la declaración de bienes de la Ley 1/96, se presentarán los siguientes documentos:
      • Certificado de convivencia de la unidad familiar y libro de familia.
      • En cuanto a la familia de hecho, en caso de estar inscrito en el registro de convivencias fuera del matrimonio, el certificado correspondiente. 
      • En cuanto a situaciones de separación o divorcio, la sentencia que reconoce legalmente esa situación y las últimas decisiones tomadas en los procedimientos.
    • En caso de tener en propiedad una vivienda, el título de la misma. 
    • Si reside en una vivienda de alquiler, el contrato de alquiler de la misma y el último recibo abonado. 
    • Cuando corresponda, certificado de la propiedad de lo que se utiliza.
    • En cuanto a otros bienes en propiedad –bienes inmuebles, motos, barcos, joyas,… etc.-, el título de propiedad.
    • En cuanto a títulos de valores, el documento de propiedad y la valoración del día en el que se presenta la solicitud.
    • Certificado de signos exteriores del ayuntamiento de posesión de vivienda. 
    • En función de lo previsto en el artículo 28 de la Ley, en caso de no solicitar el nombramiento de abogado/a y procurador/a, escrito de renuncia del nombramiento de dichos profesionales. 
    • Cuando sólo se quiera el nombramiento de uno de los profesionales,  renuncia expresa del nombrado libremente a cobrar los honorarios del servicio por parte del cliente.
    Más información

    Por email:

    haz@legazpi.eus

    Por teléfono:

    Dentro del municipio 010

    Desde fuera del municipio 943 73 71 81 o 943 73 70 30

    ¿Cuánto cuesta?

    El coste es asumido por el Ayuntamiento

    Plazo del procedimiento
    • Plazo previsto: 15 días        
    • Plazo máximo legal: un mes
    • Efectos del silencio administrativo: positivo.
    Normativa aplicable
    Procedimiento a seguir después de la solicitud
    1. Recoger y verificar la solicitud y documentos aportados.
    2. Remitir la solicitud al Departamento de Administración Pública y Justicia del Gobierno Vasco.
    Documentos auxiliares
    Quién lo aprueba?Los Servicios de Orientación Jurídica. Después debe ser ratificado o denegado por la Comisión de Asistencia jurídica gratuita y esa resolución da por finalizado el servicio de asistencia.
    Servicio municipal responsable de la tramitaciónServicios Sociales
    Información válida hastaModificación normativa

    TÍTULO Y CARNET DE FAMILIA NUMEROSA

    7.29
    CUESTIÓNRESPUESTA
    ¿Qué es? ¿Para qué?Es el título oficial que reconoce dicha condición a las familias numerosas.
    ¿Quién lo puede solicitar?

    Pueden solicitarlo las familias que cuenten con estos miembros:

    • Un ascendiente o dos que tengan tres o más hijos/as, sean comunes o no.
    • Un ascendiente o dos que tengan dos hijos/as, sean comunes o no, cuando uno de ellos sea incapacitado o esté incapacitado para trabajar.
    • Padre o madre separado o divorciado, con tres o más hijos/as, sean comunes o no, aunque estén en unidades familiares diferentes siempre que sean dependientes económicamente de aquel y aunque no vivan en el mismo domicilio.
    • Padre viudo o madre viuda que tenga dos hijos/as. 
    • Dos o más hijos/as huérfanos/as que estén bajo tutela, acogida o custodia y que vivan con la persona tutora, de acogida o cuidadora, pero que no dependan de ella.
    Dónde se solicita
    Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

    Euskal Herria plaza, 1 20230

    Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

    Documentación a aportar
    1. Impreso de solicitud

    DOCUMENTOS IDENTIFICATIVOS:

    • Fotocopia del DNI de todos los miembros de la familia (en caso de tener DNI)
    • Fotocopia compulsada del libro de Familia.
    • Certificado de convivencia, donde aparezcan todas las personas que están recogidas en el título de familia numerosa.
    • Documento acreditativo de dependencia económica de los hijos/as que aparecen en la solicitud del título con respecto a los padres/madres o ascendientes (declaración de la renta, nóminas, tarjeta de desempleo,…)
    • En caso de hijos/as de entre 21 y 25 años, edad y documentación acreditativa de estar cursando estudios de alguna titulación o para obtener un puesto de trabajo.
    • Personas incluidas en el título y con una incapacidad o estar incapacitados para trabajar: certificado de minusvalía del Departamento de Política Social de la Diputación Foral de Gipuzkoa (en su caso se especificará cuándo hay que renovar) o documentación acreditativa de la invalidez permanente. 
    • En caso necesario, documentación que acredite la situación de tutoría, adopción definitiva o acogida anterior a la adopción, viudedad, separación o divorcio.
    • En caso de separación o divorcio, copia de la sentencia y del convenio regulador. Si se quiere incluir en el título los descendientes que han vivido con el anterior: acuerdo de los padres/madres separados o divorciados y resolución de la sentencia que especifique la manutención.

    Para solicitantes de otros territorios países, además de lo anterior:

    a) Si es una persona ciudadana de la Comunidad Europea ( o de dentro del Tratado Económico  Europeo): 

    • Documento acreditativo de residir en Gipuzkoa o en caso de residir en un país de la Comunidad Europea o de dentro del Tratado Económico Europeo, al menos uno de los ascendientes debe trabajar en Gipuzkoa.

    b) Nacionalidades de otros países:

    • Permiso de residencia.
    • En caso de no tener libro de Familia, certificado de nacimiento de los hijos/as. 

    PARA RENOVAR EL TITULO:

    • Se presentará el título anterior.
    • En caso de situación especial o cambios, se presentarán los documentos que especifiquen aquellos: minusvalía, estudiante, dependencia económica, viudedad, separación o divorcio, tutoría, acogida, ...
    Más información

    Por email:

    haz@legazpi.eus

    Por teléfono:

    Dentro del municipio 010

    Desde fuera del municipio 943 73 71 81 o 943 73 70 30

    ¿Cuánto cuesta?

    El coste es asumido por el Ayuntamiento

    Plazo del procedimiento
    • Plazo previsto: 3 meses
    • Plazo máximo legal: 3 meses
    • Efectos del silencio administrativo: negativo
    Normativa aplicable
    Procedimiento a seguir después de la solicitud
    1. Recoger, escanear, verificar y registrar la solicitud y documentos aportados.
    2. Entregar copia sellada a la persona solicitante, como justificante.
    Resumen de trámites posteriores
    1. Valoración del caso. 
    2. Remitir la solicitud al Departamento de Política Social de la Diputación Foral de Gipuzkoa.
    Documentos auxiliares
    Quién lo aprueba?Departamento de Política Social de la Diputación Foral de Gipuzkoa
    Servicio municipal responsable de la tramitaciónServicios Sociales
    Información válida hastaModificación normativa

    ABONO SOCIAL

    7.30
    CUESTIÓNRESPUESTA
    ¿Qué es? ¿Para qué?Es la solicitud para que pensionistas y personas jubiladas disfruten de una reducción al darse de alta en la compañía Movistar y en la cuota mensual. Al darse de alta en la línea de teléfono se puede obtener una reducción del 70% y en el caso de la cuota mensual un 95%.
    ¿Quién lo puede solicitar?
    • La persona pensionista.
    • Cuando los ingresos de la unidad familiar son inferiores a 8.964,14 €, es decir, 14 pagas de 639,01 €.
    Dónde se solicita
    Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

    Euskal Herria plaza, 1 20230

    Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

    Documentación a aportar
    • Impreso de solicitud, especificando nombre, apellido y número de DNI de la persona solicitante. 
    • La compañía Movistar, después de recibir la solicitud envía una carta a la persona solicitante, comunicando la documentación que se debe presentar y los requisitos que deben cumplirse. 

    DOCUMENTOS IDENTIFICATIVOS

    • Fotocopia del DNI de todos los miembros de la unidad familiar.
    • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la interesada, documento de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia, según proceda, de la persona interesada.
    • En caso de incapacidad, la documentación acreditativa de la representación legal que tenga atribuida la persona que presente la solicitud.
    • Libro de familia.
    • Certificado de convivencia.
    • Fotocopia de la declaración de la renta.
    • Las personas pensionistas presentarán un certificado de la pensión que reciben, expedido por el organismo competente.
    • La persona que esté trabajando presentará fotocopia de la última nomina o documento acreditativo de los ingresos y certificado de vida laboral expedido por la Caja de la Seguridad Social.
    • La persona que no trabaje presentará un documento expedido por el Servicio de Empleo Público Estatal y la Caja de la Seguridad Social. 
    • En el caso de ingresos percibidos del extranjero, certificado de la embajada del país de origen. El certificado estará en castellano y en euros.
    Más información

    Por email:

    haz@legazpi.eus

    Por teléfono:

    Dentro del municipio 010

    Desde fuera del municipio 943 73 71 81 o 943 73 70 30

    ¿Cuánto cuesta?

    El coste es asumido por el Ayuntamiento

    Plazo del procedimiento
    • Plazo previsto: 3 días
    • Plazo máximo legal: 3 meses
    • Efectos del silencio administrativo: no procede
    Procedimiento a seguir después de la solicitud
    1. Recoger, verificar y registra la solicitud y documentos aportados.  
    2. Remitir al Departamento de Servicios Sociales.
    Resumen de trámites posteriores
    1. Remitir la solicitud por Fax, correo postal o correo electrónico.
    2. La respuesta la recibirá la persona solicitante.
    Quién lo aprueba?Compañía de teléfono MOVISTAR
    Servicio municipal responsable de la tramitaciónServicios Sociales
    Observaciones
    • No se tendrán en cuenta líneas de teléfono especiales.
    • Una vez al año se pedirá a la persona solicitante la justificación de que sigue cumpliendo los requisitos establecidos para disfrutar del bono social.

    SOLICITUD DE ALIMENTOS

    7.31
    CUESTIÓNRESPUESTA
    ¿Qué es? ¿Para qué?Ayuda dirigía a los y las habitantes con escasos recursos económicos.
    ¿Quién lo puede solicitar?
    • Persona empadronada en Legazpi y que vivan en el municipio.
    • Que tengan unos ingresos mensuales inferiores al máximo aprobado para cobrar la renta de garantía de ingresos:

    Número de miembros

    Límite de ingresos mensuales

    1

    748,30 €

    2

    935,38 €

    3 o más

    1.010,21 €

    • En cuanto a la propiedad de bienes inmuebles, tener vivienda + garaje + trastero y nada más.
    Dónde se solicita
    Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

    Euskal Herria plaza, 1 20230

    Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

    Documentación a aportar
    1. Impreso de solicitud.

    DOCUMENTOS IDENTIFICATIVOS:

    • DNI o Número de Identificación de Extranjero de la persona solicitante.
    • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la interesada, documento de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia, según proceda, de la persona interesada. 
    • Tarjeta de desempleo de todas las personas que forman la unidad familiar y estén sin trabajo  (DARDE)
    • Certificado de estudios de todas las personas mayores de 18 años que formen la unidad convivencial y estén estudiando.
    • Certificados de los ingresos que perciben o no perciben todos los miembros de la unidad convivencial :
      • Certificado de pensión contributiva -INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL-: jubilación, viudedad, orfandad, invalidez permanente, prestación económica por hijos/as a su cargo, pensiones a favor de familiares, pensión de vejez.
      • Certificado de pensión no contributiva: de jubilación o de invalidez o pensiones de vejez o incapacidad del fondo de Bienestar Social.
      • Personas que trabajan por su cuenta (autónomos): Si no está obligado a hacer la declaración de la renta, presentará una declaración jurada de los ingresos netos medios mensuales de los últimos tres meses. 
      • Las personas que trabajan por cuenta ajena presentarán la última nómina (o las últimas  3 nóminas, si las cantidades son muy distintas).
      • Certificado expedido por el SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL sobre si percibe o no la prestación o subsidio por desempleo. 
      • Certificado expedido por  LANBIDE  sobre si percibe o no la renta de garantía de ingresos.
      • En el caso de separación, divorcio o en caso de existir problemas en las relaciones entre padres/madres e hijos/as, la correspondiente sentencia y el recibo justificativo de la pensión.
    • Certificado de bienes inmuebles de todas las personas mayores de 18 años, expedido por el Departamento de Hacienda y Finanzas de la Diputación Foral de Gipuzkoa. 
    • Certificado sobre información fiscal de todas las personas mayores de 18 años, expedido por el Departamento de Hacienda y Finanzas de la Diputación Foral de Gipuzkoa  (lo solicitará el ayuntamiento)
    • Certificado sobre depósitos, libretas, cuentas corrientes, títulos de renta variable, planes de previsión o similares de todos los miembros de la unidad convivencial y saldo actual de todos ellos, expedido por el organismo correspondiente.  
    • Las personas provenientes de otras comunidades autónomas, certificado de bienes inmuebles de todas las personas mayores de 18 años. 
    • Las personas de nacionalidad extranjera, certificado de bienes inmuebles de todas las personas mayores de 18 años, expedido en el país original.
    • Cuando se aleguen situaciones de emergencia, documentos que acrediten tal situación.
    • En el caso que el Departamento de Servicios Sociales lo crea procedente, se solicitará un certificado donde se acredite que los menores de edad van a la escuela o se dirigirá directamente a la escuela para verificar que no hay absentismo escolar.
    Más información

    Por email:

    haz@legazpi.eus

    Por teléfono:

    Dentro del municipio 010

    Desde fuera del municipio 943 73 71 81 o 943 73 70 30

    ¿Cuánto cuesta?

    El coste es asumido por el Ayuntamiento

    Plazo del procedimiento
    • Plazo previsto: 2 meses
    • Plazo máximo legal: 6 meses 
    • Efectos del silencio administrativo: negativo
    Normativa adicionalNormativa de Servicios Sociales del ayuntamiento de Legazpi
    Procedimiento a seguir después de la solicitud
    1. Recoger, escanear, verificar y registrar la solicitud y documentos aportados.
    Resumen de trámites posteriores
    1. Valoración del caso
    2. Resolución
    3. Comunicar a la persona interesada
    Documentos auxiliares
    Quién lo aprueba?Departamento de Servicios Sociales
    Servicio municipal responsable de la tramitaciónDepartamento de Servicios Sociales
    Información válida hastaModificación normativa

    PROGRAMA PARA OPTIMIZAR EL USO DE MEDICINAS ENTRE LAS PERSONAS USUARIAS DEL SERVICIO DE AYUDA DOMICILIARIA

    7.32
    CUESTIÓNRESPUESTA
    ¿Qué es? ¿Para qué?Es un convenio de colaboración firmado entre el ayuntamiento de Legazpi y el Colegio de Farmacéuticos de Gipuzkoa para optimizar el uso de los medicamentos entre las personas usuarias del servicio de ayuda domiciliaria.
    ¿Quién lo puede solicitar?Personas usuarias del servicio de ayuda domiciliaria del ayuntamiento de Legazpi
    Dónde se solicita
    Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

    Euskal Herria plaza, 1 20230

    Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

    Documentación a aportar

    DOCUMENTOS IDENTIFICATIVOS:

    • DNI de la persona solicitante
    • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la interesada, documento de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia, según proceda, de la persona interesada.
    • En caso de incapacidad, la documentación acreditativa de la representación legal que tenga atribuida la persona que presente la solicitud.
    • Documento denominado Consentimiento informado del Paciente. En dicho documento la persona interesada da permiso a una farmacia concreta para que prepare sus medicamentos mediante el sistema de dosificación personalizada.
    Más información

    Por email:

    haz@legazpi.eus

    Por teléfono:

    Dentro del municipio 010

    Desde fuera del municipio 943 73 71 81 o 943 73 70 30

    ¿Cuánto cuesta?

    El coste es asumido por el Ayuntamiento

    Plazo del procedimiento
    • Plazo previsto: al momento        
    • Plazo máximo legal: 6 meses
    • Efectos del silencio administrativo: negativo
    Normativa adicionalConvenio de colaboración firmado entre el ayuntamiento de Legazpi y el Colegio de farmacéuticos de Gipuzkoa
    Procedimiento a seguir después de la solicitud
    1. Certificar que se trata de una persona usuaria del servicio de ayuda domiciliaria.
    2. Entregar a la persona usuaria el Consentimiento informado del Paciente.
    Quién lo aprueba?Servicios Sociales
    Servicio municipal responsable de la tramitaciónServicios Sociales
    Información válida hastaModificación del convenio

    DOCUMENTO ACREDITATIVO DE RECIBIR O NO AYUDAS SOCIALES

    7.33
    CUESTIÓNRESPUESTA
    ¿Qué es? ¿Para qué?Documento que acredita si una persona recibe o no ayudas sociales del ayuntamiento o de la Diputación Foral.
    ¿Quién lo puede solicitar?Toda persona interesada o su representante legal
    Dónde se solicita
    Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

    Euskal Herria plaza, 1 20230

    Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

    Documentación a aportar

    DOCUMENTOS IDENTIFICATIVOS:

    • Fotocopia del DNI de la persona solicitante.
    • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la interesada, documento de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia, según proceda, de la persona interesada.
    • En caso de incapacidad, la documentación acreditativa de la representación legal que tenga atribuida la persona que presente la solicitud.

    Si la solicitud se realiza por teléfono, se tendrán que ofrecer y verificar los siguientes datos: DNI, domicilio, nombre y dos apellidos (el certificado solo se enviará al domicilio que aparezca en el padrón municipal).

    Más información

    Por email:

    haz@legazpi.eus

    Por teléfono:

    Dentro del municipio 010

    Desde fuera del municipio 943 73 71 81 o 943 73 70 30

    ¿Cuánto cuesta?

    El coste es asumido por el Ayuntamiento

    Plazo del procedimiento
    • Plazo previsto: 3 días
    • Plazo máximo legal: 3 meses
    • Efectos del silencio administrativo: no procede
    Procedimiento a seguir después de la solicitud
    1. Recoger, escanear, verificar y registrar la solicitud y documentos acreditativos.
    2. Remitir al Departamento de Servicios Sociales.
    Resumen de trámites posteriores
    1. Realizar el certificado. 
    2. Entregar o mandar el certificado a la persona interesada.
    Documentos auxiliares
    Quién lo aprueba?Trabajadores sociales
    Servicio municipal responsable de la tramitaciónServicios Sociales

    SOLICITUD PARA INCLUIR LA VIVIENDA EN LOS PROGRAMAS BIZIGUNE Y ASAP

    7.34
    CUESTIÓNRESPUESTA
    ¿Qué es? ¿Para qué?Solicitud para incluir en los programas BIZIGUNE y ASAP viviendas de segunda mano y libres de Legazpi, ofreciéndolas en alquiler.
    ¿Quién lo puede solicitar?Toda persona interesada o su representante legal
    Dónde se solicita
    Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

    Euskal Herria plaza, 1 20230

    Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

    En las oficinas de correos mediante correo certificado abierto.

    Documentación a aportar

    DOCUMENTOS DE IDENTIFICACION:

    • DNI de la persona solicitante. 
    • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la persona interesada, impreso de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia. 

    Para incluir la VIVIENDA en el programa: 

    • Impreso de solicitud para incluir la vivienda en el programa. 
    • Fotocopia del DNI de toda persona titular de la vivienda.
    • Fotocopia de las escrituras de la vivienda.
    • Fotocopia del último recibo de los consumos: luz, gas y agua.
    • Documento denominado “nota simple” del registro de la propiedad.

    Más información

    Por email:

    haz@legazpi.eus

    Por teléfono:

    Dentro del municipio 010

    Desde fuera del municipio 943 73 71 81 o 943 73 70 30

    ¿Cuánto cuesta?

    El coste es asumido por el Ayuntamiento

    Plazo del procedimiento

    • Plazo previsto: al momento.
    • Plazo máximo legal: no procede.
    • Efectos del silencio administrativo: no procede.

      Normativa adicional

       Programa Bizigune:

      • Decreto 100/2004, de 1 de junio, de modificación del Decreto por el que se promueve e impulsa el “Programa de vivienda vacía”, se establece su régimen jurídico y se encomienda su gestión a la Sociedad Pública “Vivienda y suelo de Euskadi SA/Euskadiko Etxebizitza eta Lurra SA” (VISESA). (BOPV núm. 110, de 11 de junio de 2004)
      • Decreto 61/2009, de 10 de marzo, de tercera modificación del Decreto 316/2002, de 30 de diciembre, por el que se promueve e impulsa el Programa de vivienda vacía, se establece su régimen jurídico y se encomienda su gestión a la sociedad pública de Gestión de Viviendas de Alquiler / Etxebizitza Alokairuetarako Sozietate Publikoa SA. (BOPV núm. 59, de 26 de marzo de 2009)
      • Decreto 268/2011, de 20 de diciembre, de colaboración financiera entre las entidades de crédito y la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi en materia de vivienda y suelo. (BOPV núm. 247, de 30 de diciembre de 2011)
      • Orden de 26 de noviembre de 2004, del Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales, de modificación de la Orden sobre condiciones y procedimiento de adjudicación del «Programa de Vivienda Vacía». (239 BOPV núm. 239, de 16 de diciembre de 2004).
      • Orden de 4 de noviembre de 2009, del Consejero de Vivienda, Obras Públicas y Transportes, de tercera modificación de la Orden sobre condiciones de  cesión y procedimiento de adjudicación del «Programa de Vivienda Vacía» . (BOPV núm. 225, de 23 de noviembre de 2009)
      • Decreto 466/2013, de 23 de diciembre, por el que se regula el Programa de vivienda vacía «Bizigune». (247 BOPV núm. 247, de 30 de diciembre de 2013)

      Programa ASAP:

      • Decreto 43/2012, de 27 de marzo, por el que se crea el Programa de Intermediación en el mercado de alquiler de vivienda libre ASAP. (BOPV núm. 66, de 30 de marzo de 2012)
      • Decreto 180/2014, de 23 de septiembre de 2014, de modificación del Decreto por el que se crea el Programa de Intermediación en el mercado de alquiler de vivienda libreo ASAP (Alokairu Segurua, Arrazoizko Prezioa). (BOPV núm. 185, de 30 de septiembre de 2014).
      Procedimiento a seguir después de la solicitud
      1. Remitir la solicitud y documentación aportada a ALOKABIDE.
      Resumen de trámites posteriores
      1. Siguiendo las directrices de Alokabide: enseñar la vivienda a la persona arrendataria.
      Documentos auxiliaresImpreso de solicitud de ALOKABIDE
      Servicio municipal responsable de la tramitaciónServicios Sociales
      Información válida hastaModificación normativa
      ObservacionesSerá el Gobierno Vasco quien responda a la persona solicitante.

      SOLICITUD DE INGRESO EN EL SERVICIO DE ATENCION DIURNA DE MEAZTI

      7.35
      CUESTIÓNRESPUESTA
      ¿Qué es? ¿Para qué?

      Servicio de uso temporal o permanente que ofrece atención a personas mayores en riesgo de dependencia.

      ¿Quién lo puede solicitar?

      — Personas mayores que viven solas o viven en situación de vulnerabilidad a pesar de vivir con otras personas mayores.

      — Cuando se trate de personas mayores que convivan con otros miembros de la familia, pero que dichos miembros, requieran asistencia en ese cuidado.

      — Personas mayores con un nivel de autonomía variable, con autonomía para las actividades de vida diaria o con algún pequeño problema para estas actividades, pero con una condición física o psíquica aceptable.

      — Personas mayores que presentan un deterioro personal y/o están aisladas de la sociedad,para mantener, mejorar y/o aumentar la integración y la participación social,así como personas mayores con necesidad de habilidades sociales.

      — Personas que, en riesgo de exclusión social, cumplan las condiciones y tengan el informe favorable de los servicios sociales municipales.

      Dónde se solicita
      Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

      Euskal Herria plaza, 1 20230

      Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

      Documentación a aportar
      • Impreso de solicitud.
      • DNI de la persona que solicita el uso de local.
      • Tarjeta de la Seguridad Social.
      Más información

      Por email:

      haz@legazpi.eus

      Por teléfono:

      Dentro del municipio 010

      Desde fuera del municipio 943 73 71 81 o 943 73 70 30

      ¿Cuánto cuesta?

      Por persona, al mes 683,00€

      Atención diurna, al mes 405,00€

      Plazo del procedimiento

      - Plazo mínimo: Acuerdo de ingreso en la lista de espera.

      - Plazo legal máximo: No procede.

      - Efectos del silencio administrativo: negativo

      Normativa aplicable
      Procedimiento a seguir después de la solicitud

      Recoger, escanear, comprobar y registrar la documentación aportada.

      Resumen de trámites posteriores
      1. Valoración del caso.
      2. Inclusión en la lista de espera.
      3. Notificación a la persona interesada.
      Documentos auxiliares
      Quién lo aprueba?

      Alcaldía

      Servicio municipal responsable de la tramitación

      Servicios Sociales

      Información válida hasta

      Modificación normativa

      ALTA EN EL REGISTRO DE ACOGIMIENTOS CIVILES

      8.1
      CUESTIÓNRESPUESTA
      ¿Qué es? ¿Para qué?Solicitud de alta en el Registro de Acogimientos Civiles realizados en el Ayuntamiento de Legazpi a personas empadronadas en el mismo.
      ¿Quién lo puede solicitar?Personas empadronadas en el Municipio de Legazpi. En caso de menores, cualquier familiar.
      Dónde se solicita
      Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

      Euskal Herria plaza, 1 20230

      Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

      En las oficinas de correos mediante correo certificado abierto.

      Tramita Online

      Requiere identificación electrónica

      Documentación a aportar
      1. Impreso de solicitud.
      2. DNI.
      3. En caso de menores, libro de familia.
      4. Declaración responsable, en su caso, de no figurar inscrito/a en otro Registro Administrativo de Acogimientos Civiles.
      Más información

      Por email:

      haz@legazpi.eus

      Por teléfono:

      Dentro del municipio 010

      Desde fuera del municipio 943 73 70 30

      ¿Cuánto cuesta?

      El coste es asumido por el Ayuntamiento

      Plazo del procedimiento
      • Plazo previsto: 15 días
      • Plazo máximo legal: 3 meses.
      • Efectos del silencio administrativo: positivo.
      Normativa aplicable
      Procedimiento a seguir después de la solicitud
      1. Recoger, escanear, comprobar la documentación aportada y registrar la solicitud. 
      2. Entregar copia sellada a modo de recibo, procediendo en la forma normal de registro de documentos. 
      3. Remitir la solicitud a la Secretaría General.
      Resumen de trámites posteriores
      1. Apertura de expediente administrativo 
      2. En caso de que la solicitud de inscripción no tenga toda la documentación requerida, se concederá un período de 10 días para completarla.
      3. Resolución de Alcaldía
      Documentos auxiliares
      Quién lo aprueba?Alcaldía
      Servicio municipal responsable de la tramitaciónSecretaría General
      Información válida hastaModificación normativa.

      MODIFICACIÓN EN EL REGISTRO DE ACOGIMIENTOS CIVILES

      8.2
      CUESTIÓNRESPUESTA
      ¿Qué es? ¿Para qué?Solicitud de cualquier modificación en los datos recogidos en el Registro de Acogimientos Civiles. Las modificaciones se recogerán mediante notas al margen.
      ¿Quién lo puede solicitar?Personas empadronadas en el Municipio de Legazpi. En caso de menores, cualquier familiar.
      Dónde se solicita
      Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

      Euskal Herria plaza, 1 20230

      Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

      En las oficinas de correos mediante correo certificado abierto.

      Tramita Online

      Requiere identificación electrónica

      Documentación a aportar

      1. Impreso de solicitud.

      Se presentarán documentos que certifiquen dichas modificaciones.

      Más información

      Por email:

      haz@legazpi.eus

      Por teléfono:

      Dentro del municipio 010

      Desde fuera del municipio 943 73 70 30

      ¿Cuánto cuesta?

      El coste es asumido por el Ayuntamiento

      Plazo del procedimiento
      • Plazo previsto: 15 días
      • Plazo máximo legal: tres meses.
      • Efectos del silencio administrativo: positivo.
      Normativa aplicable
      Procedimiento a seguir después de la solicitud
      1. R ecoger, escanear, comprobar la documentación aportada y registrar la solicitud. 
      2. Entregar copia sellada a modo de recibo, procediendo en la forma normal de registro de documentos. 
      3. Remitir la solicitud a la Secretaría General.
      Resumen de trámites posteriores
      1. Apertura de expediente administrativo 
      2. En caso de que la solicitud de inscripción no tenga toda la documentación requerida, se concederá un período de 10 días para completarla.
      3. Resolución de Alcaldía
      Documentos auxiliares
      Quién lo aprueba?Alcaldía
      Servicio municipal responsable de la tramitaciónSecretaría General
      Información válida hastaModificación normativa.

      BAJA EN EL REGISTRO DE ACOGIMIENTOS CIVILES

      8.3
      CUESTIÓNRESPUESTA
      ¿Qué es? ¿Para qué?Solicitud de baja de los datos recogidos en el Registro Municipal de Acogimientos Civiles.
      ¿Quién lo puede solicitar?Personas empadronadas en el Municipio de Legazpi. En caso de menores, cualquier familiar.
      Dónde se solicita
      Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

      Euskal Herria plaza, 1 20230

      Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

      En las oficinas de correos mediante correo certificado abierto.

      Tramita Online

      Requiere identificación electrónica

      Documentación a aportar
      1. Impreso de solicitud.
      2. DNI.
      3. En caso de menores, libro de familia.
      Más información

      Por email:

      haz@legazpi.eus

      Por teléfono:

      Dentro del municipio 010

      Desde fuera del municipio 943 73 70 30

      ¿Cuánto cuesta?

      El coste es asumido por el Ayuntamiento

      Plazo del procedimiento
      • Plazo previsto: 15 días
      • Plazo máximo legal: 3 meses.
      • Efectos del silencio administrativo: positivo.
      Normativa aplicable
      Procedimiento a seguir después de la solicitud
      1. Recoger, escanear, comprobar la documentación aportada y registrar la solicitud. 
      2. Entregar copia sellada a modo de recibo, procediendo en la forma normal de registro de documentos. 
      3. Remitir la solicitud a la Secretaría General.
      Resumen de trámites posteriores
      1. Apertura de expediente administrativo 
      2. En caso de que la solicitud de inscripción no tenga toda la documentación requerida, se concederá un período de 10 días para completarla.
      3. Resolución de Alcaldía
      Documentos auxiliares
      Quién lo aprueba?Alcaldía.
      Servicio municipal responsable de la tramitaciónSecretaría General
      Información válida hastaModificación normativa.
      ObservacionesLa baja de las inscripciones básicas llevará conexa la de las marginales y complementarias.

      USO DE LOCALES MUNICIPALES PARA LA CELEBRACIÓN DE DESPEDIDAS U HOMENAJES CIVILES POR FALLECIMIENTO

      8.4
      CUESTIÓNRESPUESTA
      ¿Qué es? ¿Para qué?Solicitud de autorización para la utilización de locales municipales para la realización de funerales u homenajes civiles por fallecimiento en el término municipal de Legazpi.
      ¿Quién lo puede solicitar?Familiares o cualquier persona.
      Dónde se solicita
      Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

      Euskal Herria plaza, 1 20230

      Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

      En las oficinas de correos mediante correo certificado abierto.

      Tramita Online

      Requiere identificación electrónica

      Documentación a aportar
      1. Impreso de solicitud.
      2. DNI de la persona que solicita la autorización de la celebración
      3. Nombre y apellidos de la persona fallecida y el Certificado de Defunción.
      Más información

      Por email:

      haz@legazpi.eus

      Por teléfono:

      Dentro del municipio 010

      Desde fuera del municipio 943 73 70 30

      ¿Cuánto cuesta?

      El coste es asumido por el Ayuntamiento

      Plazo del procedimiento
      • Plazo previsto: al momento
      • Plazo máximo legal: 3 meses.
      • Efectos del silencio administrativo: positivo.
      Normativa aplicable
      Procedimiento a seguir después de la solicitud
      1. Recoger, escanear, comprobar la documentación aportada y registrar la solicitud. 
      2. Entregar copia sellada a modo de recibo, procediendo en la forma normal de registro de documentos. 
      3. Remitir la solicitud a Alcaldía.
      Resumen de trámites posteriores
      1. Apertura de expediente administrativo 
      2. En caso de que la solicitud de inscripción no tenga toda la documentación requerida, se concederá un período de 10 días para completarla.
      3. Resolución de Alcaldía
      Documentos auxiliares
      Quién lo aprueba?

      Alcaldía

      Servicio municipal responsable de la tramitación

      Departamento de Urbanismo

      Información válida hasta

      Modificación normativa

      Observaciones
      • Con carácter general, estas celebraciones se realizarán en los bajos del Frontón Municipal de Legazpi. 
      • La Administración atenderá en la medida de lo posible la preferencia de la solicitud en cuanto a fecha y hora, ateniéndose al orden de presentación de las solicitudes. Dicho orden podrá ser alterado en casos extraordinarios y siempre que se motive tal alteración.
      • El horario para la celebración de los funerales u homenaje civil será de 9 a 14 horas y de 17 a 21 horas. La duración de la ceremonia será de un máximo de cuarenta y cinco minutos.
      • A fin de garantizar la buena conservación, los asistentes a la ceremonia se abstendrán de realizar cualquier acto que pueda suponer deterioro o menoscabo de las dependencias municipales.
      • Cuando las y los familiares y/o amistades deseen ornamentar en los bajos del Frontón Municipal de Legazpi o acondicionarlo de forma especial, deberán hacerlo saber al responsable municipal con la antelación suficiente para que resuelva lo que proceda, respetando siempre la armonía y características del lugar y siendo a su cargo los gastos que con este motivo se produzcan. Los servicios complementarios para la celebración del acto, los aportará la persona interesada e irán a su cargo sin perjuicio de la supervisión de los mismos por parte del Ayuntamiento de Legazpi.
      • En caso de que la persona solicitante precise la utilización de espacio público para realizar el funeral u homenaje civil se deberá precisar expresamente en la correspondiente solicitud. Así como una breve descripción del evento y el material que se vaya a utilizar (megafonía, mesas, sillas y etc.) El Ayuntamiento acotará el espacio público a utilizar con los derechos y obligaciones anteriormente indicados.

      CEMENTERIO MUNICIPAL: SOLICITUD DE INHUMACIÓN Y, CUANDO PROCEDA, CESIÓN DE NICHO

      8.5
      CUESTIÓNRESPUESTA
      ¿Qué es? ¿Para qué?Solicitud para dar enterramiento a la persona fallecida en el cementerio municipal. En la misma solicitud se pedirá y tramitará la cesión de nicho.
      ¿Quién lo puede solicitar?Toda persona interesada o su representante legal.
      Dónde se solicita
      Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

      Euskal Herria plaza, 1 20230

      Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

      En las oficinas de correos mediante correo certificado abierto.

      Tramita Online

      Requiere identificación electrónica

      Documentación a aportar
      1. Impreso de solicitud.
      2. Permiso de enterramiento concedido por el Registro Civil.
      3. En caso de tratarse de un panteón, título original o copia de aquél.

      DOCUMENTOS DE IDENTIFICACION:

      • DNI de la persona solicitante. 
      • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la persona interesada, impreso de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia. 
      Más información

      Por email:

      haz@legazpi.eus

      Por teléfono:

      Dentro del municipio 010

      Desde fuera del municipio 943 73 70 30

      ¿Cuánto cuesta?
      Concepto Precio
      Por inhumación   160,00 €
      Cesión de nicho para diez años  214,00 €
      Cesión de columbario para diez años   77,00 € 
      Traslado de restos fuera de la población   160,00 €
      Plazo del procedimiento
      • Plazo previsto: al momento
      • Plazo máximo legal: no procede
      • Efectos del silencio administrativo: no procede
      Normativa aplicable
      Procedimiento a seguir después de la solicitud
      1. Recoger la solicitud y verificar la documentación.
      2. Remitir todos los documentos al Departamento de Urbanismo.
      Resumen de trámites posteriores
      1. Cuando la persona interesada presente al documento “Permiso de enterramiento” facilitado por el Registro Civil, se dará la resolución y, cuando proceda, llevará consigo la concesión de nicho. 
      2. Remitir al Departamento de Hacienda, para la liquidación de tasa.
      Documentos auxiliares
      Quién lo aprueba?Alcaldía
      Servicio municipal responsable de la tramitaciónUrbanismo
      Información válida hastaModificación normativa
      ObservacionesLa cesión del nicho será por un periodo de diez años.

      CEMENTERIO MUNICIPAL: SOLICITUD DE EXHUMACIÓN

      8.6
      CUESTIÓNRESPUESTA
      ¿Qué es? ¿Para qué?

      Solicitud para exhumar un cadáver; puede ser de tres tipos:

      1. Exhumación sin traslado.
      2. Exhumación y traslado a otro lugar del mismo cementerio para volver a inhumar.
      3. Exhumación y traslado a otro cementerio municipal.
      ¿Quién lo puede solicitar?Toda persona interesada o su representante legal.
      Dónde se solicita
      Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

      Euskal Herria plaza, 1 20230

      Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

      En las oficinas de correos mediante correo certificado abierto.

      Tramita Online

      Requiere identificación electrónica

      Documentación a aportar
      1. Impreso de solicitud.
      2. Si se ha de proceder a la exhumación para traslado a otro cementerio, será necesario estar en posesión del permiso del Departamento de Salud del Gobierno Vasco.

      DOCUMENTOS DE IDENTIFICACION:

      • DNI de la persona solicitante. 
      • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la persona interesada, impreso de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia. 


      Más información

      Por email:

      haz@legazpi.eus

      Por teléfono:

      Dentro del municipio 010

      Desde fuera del municipio 943 73 70 30

      ¿Cuánto cuesta?
      Concepto  Precio
      Traslado de los restos mortales fuera del municipio   152,00  €


      Plazo del procedimiento
      • Plazo previsto: una semana
      • Plazo máximo legal: no procede
      • Efectos del silencio administrativo: no procede
      Normativa aplicable
      Procedimiento a seguir después de la solicitud
      1. Recoger la solicitud y verificar la documentación.
      2. Remitir todos los documentos al Departamento de Urbanismo.
      Resumen de trámites posteriores
      1. Al presentar la persona interesada el permiso del Departamento de Salud del Gobierno Vasco, se procederá a la resolución del permiso de exhumación.
      2. Remitir al Departamento de Hacienda para la liquidación de la tasa.
      3. Notificación de la liquidación de la tasa y de la resolución sobre el permiso o permisos de de exhumación.
      Documentos auxiliares
      Quién lo aprueba?Alcaldía
      Servicio municipal responsable de la tramitaciónUrbanismo
      Información válida hastaModificación normativa
      Observaciones
      • En caso de volver a inhumar en el cementerio municipal, la solicitud debe contar con todo lo establecido en la ficha “CEMENTERIO MUNICIPAL: SOLICITUD DE INHUMACION Y, CUANDO PROCEDA, CESION DE NICHO”.
      • Para obtener el permiso del Departamento de Salud del Gobierno Vasco sito en Avda. Navarra, 4 de San Sebastián, se necesitan los siguientes documentos:
        • Certificado del ayuntamiento de estar enterrado en el cementerio.
        • Certificado del Registro Civil.
      • Durante los meses de junio, julio, agosto y septiembre no podrán realizarse exhumaciones a excepción de las que deban realizarse por mandato de la autoridad judicial.

      SERVICIO DE TRADUCCIÓN

      9.1
      CUESTIÓNRESPUESTA
      ¿Qué es? ¿Para qué?Ayuda para traducir al euskera textos escritos en castellano.
      ¿Quién lo puede solicitar?Cualquier asociación, comercio, empresa o grupo municipal.
      Dónde se solicita
      Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

      Euskal Herria plaza, 1 20230

      Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

      Documentación a aportar

      1. Textos a traducir.

      Condiciones:

      • Máximo dos hojas
      • Tratarse de textos para una difusión social en el municipio.
      • En el caso de páginas Web, sólo se traducirán conceptos para vínculos y no contenidos de las páginas.
      Más información

      Por email:

      haz@legazpi.eus

      Por teléfono:

      Dentro del municipio 010

      Desde fuera del municipio 943 73 70 30

      ¿Cuánto cuesta?

      El coste es asumido por el Ayuntamiento

      Plazo del procedimientoPlazo previsto: 3/4 días
      Procedimiento a seguir después de la solicitud
      1. Recoger los documentos. 
      2. Remitir al Departamento de Euskera.
      Resumen de trámites posteriores
      1. Realizar la traducción. 
      2. Remitir a la persona interesada al correo indicado.
      Servicio municipal responsable de la tramitaciónDepartamento de Euskera
      ObservacionesPara facilitar el trabajo es conveniente que los textos que se manden para su traducción se envíen al correo electrónico indicado arriba.

      DEVOLUCIÓN DE FIANZAS Y AVALES

      9.2
      CUESTIÓNRESPUESTA
      ¿Qué es? ¿Para qué?Solicitud de devolución de fianzas y avales, depositados para responder de posibles responsabilidades en diversos campos (contratación administrativa, uso especial de caminos públicos, realización de obras de urbanismo, licencias de obras,….).
      ¿Quién lo puede solicitar?Toda persona interesada o su representante legal.
      Dónde se solicita
      Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

      Euskal Herria plaza, 1 20230

      Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

      Tramita Online

      Requiere identificación electrónica

      Documentación a aportar
      1. Impreso de solicitud.

      DOCUMENTOS DE IDENTIFICACION:

      • DNI de la persona solicitante. 
      • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la persona interesada, impreso de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia.
      Más información

      Por email:

      haz@legazpi.eus

      Por teléfono:

      Dentro del municipio 010

      Desde fuera del municipio 943 73 70 30

      ¿Cuánto cuesta?

      El coste es asumido por el Ayuntamiento

      Plazo del procedimiento
      • Plazo previsto: un mes.
      • Plazo máximo legal: 3 meses.
      • Efectos del silencio administrativo: negativo.
      Normativa adicionalNormativa variada según la naturaleza de la fianza o aval.
      Procedimiento a seguir después de la solicitud
      1. Recoger, escanear, comprobar y registrar la solicitud y documentos presentados.
      2. Entregar copia sellada a la persona solicitante, como justificante.
      3. Remitir al departamento encargado de establecer el aval.
      Resumen de trámites posteriores
      1. Informe del personal técnico encargado de establecer el aval. 
      2. Resolución de alcaldía.
      3. En caso de aprobarse la devolución, notificación a la persona interesada de que el departamento de Economía, Hacienda e Innovación devolverá el aval. 
      4. Remisión al departamento de Economía, Hacienda e Innovación.
      Documentos auxiliares
      Quién lo aprueba?Alcaldía.
      Servicio municipal responsable de la tramitaciónEconomía, Hacienda e Innovación.
      Observaciones

      Plazo para realizar la solicitud: 

      Ocupación de vías públicas: una vez acabado el plazo de ocupación de vía pública. 

      Realización de obras: Una vez acabadas las obras. En el caso de licencias mayores para obras de nueva construcción, ampliación o reforma, el ayuntamiento devolverá de oficio el aval junto con el acuerdo de aprobación de la licencia de primera ocupación. 

      Contrataciones administrativas:

      • Aval provisional: se devolverán de oficio después de la adjudicación del contrato. 
      • Avales definitivo: el ayuntamiento devolverá, de oficio, una vez transcurrido el plazo del aval establecido en el pliego de condiciones administrativas.  

      LIQUIDACIÓN DE LA CUOTA DE PARTICIPACIÓN

      9.3
      CUESTIÓNRESPUESTA
      ¿Qué es? ¿Para qué?Solicitud para que el ayuntamiento haga frente las cuotas de participación que le corresponden como copropietario en diferentes inmuebles, siempre en función de la ley de propiedad horizontal.
      ¿Quién lo puede solicitar?Toda persona interesada o su representante legal.
      Dónde se solicita
      Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

      Euskal Herria plaza, 1 20230

      Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

      Tramita Online

      Requiere identificación electrónica

      Documentación a aportar

      1. Impreso de solicitud.
      2. Justificantes de gastos y/o acta de la comunidad que ha aprobado el gasto.

        DOCUMENTOS DE IDENTIFICACION:

        • DNI de la persona solicitante. 
        • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la persona interesada, impreso de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia.
        Más información

        Por email:

        haz@legazpi.eus

        Por teléfono:

        Dentro del municipio 010

        Desde fuera del municipio 943 73 70 30

        ¿Cuánto cuesta?

        El coste es asumido por el Ayuntamiento

        Plazo del procedimiento
        • Plazo previsto: una semana.
        • Plazo máximo legal: no procede.
        • Efectos del silencio administrativo: negativo.
        Procedimiento a seguir después de la solicitud
        1. Recoger, escanear, comprobar y registrar la solicitud y documentos presentados.
        2. Entregar copia sellada a la persona solicitante, como justificante.
        3. Remitir al servicio de Secretaría.
        Resumen de trámites posteriores
        1. Informe técnico.
        2. Realización del pago.
        Documentos auxiliares
        Quién lo aprueba?Alcaldía.
        Servicio municipal responsable de la tramitaciónEconomía, Hacienda e Innovación.
        ObservacionesEl pago se realizará como máximo, en el plazo de un mes.

        CAMBIO DE DOMICILIO EN LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRAFICO

        9.4
        CUESTIÓNRESPUESTA
        ¿Qué es? ¿Para qué?Cambio de domicilio del vehículo o de la persona conductora en la Dirección General de Tráfico. La nueva dirección debe ser una dirección de Legazpi.
        ¿Quién lo puede solicitar?Toda persona interesada o su representante legal con domicilio en Legazpi.
        Dónde se solicita
        Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

        Euskal Herria plaza, 1 20230

        Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

        Tramita Online

        Requiere identificación electrónica

        Documentación a aportar
        1. Carné de conducir.
        2. Permiso de circulación del vehículo.

        DOCUMENTOS DE IDENTIFICACION:

        • DNI de la persona solicitante. 
        • Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la persona interesada, impreso de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia. 
        Más información

        Por email:

        haz@legazpi.eus

        Por teléfono:

        Dentro del municipio 010

        Desde fuera del municipio 943 73 70 30

        ¿Cuánto cuesta?

        El coste es asumido por el Ayuntamiento

        Plazo del procedimiento
        • Plazo previsto: al momento.
        • Plazo máximo legal: no procede.
        • Efectos del silencio administrativo: no procede.
        Normativa adicional

        Protocolo de adhesión al convenio 

        (Registro de entrada núm. 2556 del 03-07-2014)

        Procedimiento a seguir después de la solicitud
        1. Verificar que la persona interesada está en el padrón municipal.
        2. Remitir a la Dirección General de Tráfico la lista de los cambios solicitados.
        Resumen de trámites posteriores
        1. Al recibo del nuevo permiso remitido por Tráfico, se avisa a la persona interesada para que se persona en el ayuntamiento para recoger el nuevo permiso y entregar el anterior.
        2. Entregar el nuevo permiso a la persona interesada a la entrega del anterior.
        3. Remitir el permiso anterior a Tráfico.
        Documentos auxiliares
        Quién lo aprueba?Dirección General de Tráfico
        Servicio municipal responsable de la tramitaciónPolicía municipal
        Información válida hastaModificación normativa

        SUSTITUCIÓN DE PENAS DE PRISIÓN POR TRABAJOS EN BENEFICIO DE LA COMUNIDAD DE LEGAZPI

        9.5
        CUESTIÓNRESPUESTA
        ¿Qué es? ¿Para qué?Solicitud para la sustitución de penas de prisión por trabajos en beneficio de la comunidad de Legazpi.
        ¿Quién lo puede solicitar?Cualquier persona empadronada en Legazpi.
        Dónde se solicita
        Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

        Euskal Herria plaza, 1 20230

        Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

        En las oficinas de correos mediante correo certificado abierto.

        Tramita Online

        Requiere identificación electrónica

        Documentación a aportar
        1. Impreso de solicitud
        2. Documento de identidad del solicitante (DNI, NIE o pasaporte).
        3. Copia de la sentencia por la que se impone la pena de prisión (donde deberá constar el delito por el que ha sido penado).
        4. Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad o limitación física o psíquica que impida el normal desempeño de las funciones propias del puesto.
        Más información

        Por email:

        haz@legazpi.eus

        Por teléfono:

        Dentro del municipio 010

        Desde fuera del municipio 943 73 70 30

        ¿Cuánto cuesta?

        El coste es asumido por el Ayuntamiento

        Plazo del procedimiento
        • Plazo previsto: un mes.
        • Plazo máximo legal: 2 meses.
        • Efectos del silencio administrativo: negativo.
        Normativa adicionalConvenio de colaboración entre la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco (a través del Departamento de Justicia y Administración Pública), la Administración General del Estado (a través de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias) y EUDEL para el cumplimiento de penas de trabajos en beneficio de la comunidad.
        Normativa aplicable
        Procedimiento a seguir después de la solicitud
        1. Recoger, escanear, comprobar la documentación aportada y registrar la solicitud. 
        2. Entregar copia sellada a modo de recibo, procediendo en la forma normal de registro de documentos. 
        3. Remitir la solicitud al/la técnico de Personal.
        Resumen de trámites posteriores
        1. Apertura de expediente administrativo 
        2. Una vez analizada y valorada la solicitud, el Departamento de Personal trasladará su propuesta de aprobación o desestimación a la Alcaldía que, dictará la correspondiente resolución.
        3. Resolución de Alcaldía
        Documentos auxiliares
        Quién lo aprueba?Alcaldía
        Servicio municipal responsable de la tramitaciónDepartamento de Personal
        Información válida hastaModificación normativa.
        Observaciones
        • No se admitirán casos de penas derivadas de:
          • Delitos contra menores.
          • Delitos calificados como violencia de género.
          • En cualquier caso, el Ayuntamiento de Legazpi analizará individualmente cada solicitud y podrá desestimar la de quienes han sido penados por determinados tipos de delito, exponiendo en cada caso sus razones.
        • La sesión de trabajo tendrá una duración mínima de 2 horas. Cada día se podrán realizar 2 sesiones de 2 horas cada una, debiendo cumplir cada semana 2 días de trabajo como mínimo. 
          No obstante, en caso de incompatibilidad entre la jornada y/o horario planteado por el solicitante y los intereses del Ayuntamiento, tendrá prioridad este último, pudiendo constituir causa de desestimación de la solicitud.
        • En materia de protección de Seguridad Social de los sentenciados a la pena de trabajo en beneficio de la comunidad, tal y como establece el Real Decreto 2131/2008, de 26 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 782/2001 de 6 de julio, únicamente estarán incluidos en la acción protectora de la Seguridad Social a efectos de las contingencias de accidente de  trabajo y enfermedad profesional. 
        • Las obligaciones respecto a la seguridad social del penado corresponden al Ministerio del Interior y al INSS.

        PRÁCTICAS EN LOS DIFERENTES DEPARTAMENTOS DEL AYUNTAMIENTO DE LEGAZPI

        9.6
        CUESTIÓNRESPUESTA
        ¿Qué es? ¿Para qué?Realizar la solicitud para hacer prácticas en los diferentes Departamentos del Ayuntamiento de Legazpi.
        ¿Quién lo puede solicitar?Representantes de los centros educativos.
        Dónde se solicita
        Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

        Euskal Herria plaza, 1 20230

        Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

        En las oficinas de correos mediante correo certificado abierto.

        Tramita Online

        Requiere identificación electrónica

        Documentación a aportar
        1. Impreso de solicitud.
        Más información

        Por email:

        haz@legazpi.eus

        Por teléfono:

        Dentro del municipio 010

        Desde fuera del municipio 943 73 70 30

        ¿Cuánto cuesta?

        El coste es asumido por el Ayuntamiento

        Plazo del procedimiento
        • Plazo previsto: 7 días.
        • Plazo máximo legal: 15 días.
        • Efectos del silencio administrativo: positivo.
        Normativa aplicable
        Procedimiento a seguir después de la solicitud
        1. Recoger, escanear, comprobar la documentación aportada y registrar la solicitud. 
        2. Entregar copia sellada a modo de recibo, procediendo en la forma normal de registro de documentos. 
        3. Remitir la solicitud al/la técnico de Personal.
        Resumen de trámites posterioresEl Departamento de Personal en función del perfil formativo del/a alumno/a, le remitirá la solicitud a la persona técnica responsable del Departamento que corresponda que será quien, en última instancia, tomará la decisión de aceptar o no la solicitud presentada, previa fiscalización del Departamento de Intervención.
        Documentos auxiliares
        Quién lo aprueba?Alcaldía.
        Servicio municipal responsable de la tramitaciónDepartamento de Personal.
        Información válida hastaModificación normativa.
        Observaciones
        • Los/as alumnos/as no tendrán, en ningún caso, vinculación o relación laboral con el Ayuntamiento de Legazpi. En ese sentido, cualquier eventualidad o accidente que pudiera producirse en el centro de trabajo o desplazamientos al mismo deberá ser cubierto por el Seguro Escolar correspondiente.
        • Será requisito indispensable que previamente el Ayuntamiento y la entidad educativa de la que provenga el alumno o la alumna hayan firmado un convenio de colaboración.
        • En caso de que exista más de una solicitud de realización de prácticas para un mismo puesto y no se pueda atender a todas, se dará prioridad a los y las alumnas empadronados/as en Legazpi.

        PRÁCTICAS EN EL AYUNTAMIENTO DE LEGAZPI PARA OBTENER EL TÍTULO DE MONITOR/A DE TIEMPO LIBRE

        9.7
        CUESTIÓNRESPUESTA
        ¿Qué es? ¿Para qué?El Ayuntamiento de Legazpi ofrece la posibilidad de realizar prácticas para obtener el título de monitor/a de tiempo libre.
        ¿Quién lo puede solicitar?El alumno que desee obtener el título de educador/a de tiempo libre o su representante legal.
        Dónde se solicita
        Ayuntamiento, Servicio de Atención a la Ciudadanía

        Euskal Herria plaza, 1 20230

        Horario oficina: de lunes a viernes, de 07:30 a 15:00.

        Tramita Online

        Requiere identificación electrónica

        Documentación a aportar
        1. Impreso de solicitud.
        2. Un certificado de la escuela de tiempo libre que justifique la realización de la parte teórica en el cual conste la cantidad de horas de la parte teórica, lugar e idioma en el cual se haya realizado el curso.
        3. Si el trámite lo solicita o firma una persona distinta a la interesada, documento de representación acompañado de la fotocopia del DNI, pasaporte, carné de conducir o permiso de residencia, según proceda, de la persona interesada.
        Más información

        Por email:

        haz@legazpi.eus

        Por teléfono:

        Dentro del municipio 010

        Desde fuera del municipio 943 73 70 30

        ¿Cuánto cuesta?

        El coste es asumido por el Ayuntamiento

        Plazo del procedimiento
        • Plazo previsto: 7 días.
        • Plazo máximo legal: 15 días.
        • Efectos del silencio administrativo: positivo.
        Normativa aplicable
        Procedimiento a seguir después de la solicitud
        1. Recoger, escanear, comprobar la documentación aportada y registrar la solicitud. 
        2. Entregar copia sellada a modo de recibo, procediendo en la forma normal de registro de documentos. 
        3. Remitir la solicitud al Departamento de Euskera.
        Resumen de trámites posterioresEs el Departamento de Euskera quien analiza y acepta las solicitudes, según reglamento.
        Documentos auxiliares
        Quién lo aprueba?Alcaldía
        Servicio municipal responsable de la tramitaciónDepartamento de Euskera
        Información válida hastaModificación normativa
        ObservacionesLos/as alumnos/as no tendrán, en ningún caso, vinculación o relación laboral con el Ayuntamiento de Legazpi. No obstante, los/as alumnos/as que realicen las prácticas contarán con un seguro de accidentes individual por cuenta del Ayuntamiento, a modo de protección tanto en el trabajo, como en el tránsito.